PROCESO SELECTIVO
Convocatorias a las que se aplica:
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| OP1/308 |
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Suhiltzaile sarjentua | Sargento de Bomberos |
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* TL: Txanda librea / Turno libre.
* BS: Barne sustapeneko txanda / Turno de promoción interna.
* Min.: Minusbaliatuentzako
txanda / Turno para personas con minusvalía.
1.Oposición.
1.1.Primer ejercicio: Teórico.
•Obligatorio y eliminatorio.
Constará de dos apartados, siendo necesaria la superación de cada uno de ellos por separado.
A)Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas de respuesta alternativa, referido a las materias que se especifican en el Temario General de la convocatoria.
Este apartado se valorará con la calificación de apto o no apto.
Quedan exentos de la realización de este apartado A)los aspirantes admitidos que opten por el turno de promoción interna.
B)Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas de respuesta alternativa, referido al Temario Específico de la convocatoria.
Este apartado B)se valorará
sobre un máximo de 25 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 12,5 puntos para superarlo.
1.2.Segundo ejercicio: Práctico.
•Obligatorio y eliminatorio.
Consistirá en resolver los supuestos prácticos que plantee el Tribunal relacionados con los contenidos del Temario Específico de la convocatoria.
Este ejercicio se valorará
sobre un máximo de 30 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 15 puntos para superarlo.
1.3.Tercer ejercicio: Pruebas Psicotécnicas.
•Obligatorio y eliminatorio.
Consistirá en la realización de pruebas destinadas a evaluar la adecuación de los aspirantes en relación a las especificaciones técnico-humanas de las plazas a cubrir.
Este ejercicio se valorará hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.
1.4.Cuarto ejercicio: Prueba física.
•Obligatorio y eliminatorio.
Consistirá en la realización de la siguiente prueba de natación y buceo:
Descripción: El aspirante
debe completar nadando y buceando un recorrido de ida y vuelta en una piscina
de 25 metros y en cuyo centro están instaladas dos corcheras, separadas
dos metros entre sí y que cruzan sus calles (tramo de buceo).
Características de la prueba:
-Hombres: 50 metros en 55 segundos.
-Mujeres: 50 metros en 60 segundos.
Observaciones:
-El estilo a emplear será libre.
No se permitirá el uso de útiles de buceo, aunque sí el uso de gafas de natación.
Calificación: "Apto" o "No Apto".
Se considerará intento nulo siendo causa de eliminación cuando el aspirante:
-Se apoye o impulse en las corcheras o en el borde de la piscina.
-Se cambie de calle.
-Respire en la zona de buceo.
-Supere el tiempo indicado.
2.Euskera.
Plazas con perfil lingüístico
preceptivo. La acreditación del perfil lingüístico requerido
constituye un requisito, al tener carácter preceptivo, por lo que
la calificación de este apartado será de APTO o NO APTO.
3.Concurso de méritos.
3.1.Servicios prestados en Administraciones Públicas.
Los servicios prestados en la Administración Pública, se valorarán a razón de 0,15 puntos por mes completo, hasta un máximo de 6 puntos.
No será objeto de valoración en este apartado el tiempo de servicios en puestos de trabajo de personal eventual prevista en el art. 96.1 de la LFPV, ni los contratos administrativos de trabajos específicos y concretos no habituales de la Administración, los de arrendamiento de servicios civiles o mercantiles, las becas y las prácticas formativas.
Se contabilizarán solamente los períodos anteriores a la fecha de fin del plazo de presentación de instancias.
Este mérito se acreditará,
en el plazo dispuesto por el Tribunal, mediante certificado expedido por
la Administración Pública correspondiente. Si ha sido en
la propia Diputación Foral de Gipuzkoa bastará su alegación
en el citado plazo.
3.2.Experiencia profesional.
Se valorará el desempeño de puestos de trabajo en plazas de Sargento de Bomberos, Cabo o bombero. Se valorará hasta un máximo de 8 puntos, conforme al siguiente criterio:
— Como Sargento: 0,25 puntos por mes completo.
— Como Cabo de Bomberos: 0,15 puntos por mes completo.
— Como Bombero Profesional: 0,10 puntos por mes completo.
— Como Bombero Voluntario: 0,05 puntos por mes completo.
3.3.Experiencia.
Experiencia Profesional en trabajos u oficios con responsabilidades de coordinación y supervisión de equipos de trabajo que, a juicio del Tribunal Calificador, redunde directamente en un mejor desempeño de las plazas. Se valorará a razón de 0,25 puntos por semestre completo, hasta un máximo de 5 puntos.
No será objeto de
valoración en este apartado la prestación de servicios en
puestos de personal eventual prevista en el art. 96.1 de la LFPV, ni las
becas y las prácticas formativas.
Se contabilizarán solamente los períodos anteriores a la fecha de fin del plazo de presentación de instancias.
La experiencia profesional en la empresa privada se acreditará, en el plazo dispuesto por el Tribunal, con justificantes expedidos por la Seguridad Social y los correspondientes certificados de empresa.
Si la experiencia ha sido en alguna Administración Pública será suficiente la presentación del certificado expedido por la misma. Si ha sido en la propia Diputación Foral de Gipuzkoa bastará su alegación en el citado plazo.
3.4.Formación.
Se valorará la posesión de otras titulaciones académicas de carácter oficial, de igual o superior nivel académico, distintas de la establecida como requisito de participación.
No serán valoradas aquellas titulaciones necesarias para obtener otra superior alegada como mérito.
Asimismo, se valorará en este apartado la realización de cursos de postgrado o de máster impartidos por universidades que estén directamente relacionados con las funciones de la plaza a la que se opta.
Este mérito se valorará sobre un máximo de 3 puntos, conforme al siguiente baremo:
— Títulación
media o superior: 1 punto por título.
— Título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 0,50 puntos por título.
— Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente: 0,25 puntos por título.
— Postgrado o Máster de duración igual o superior a 500 horas: 1 punto por título.
— Postgrado o Máster
de duración igual o superior a 250 horas y menor de 500: 0,50 puntos
por título.
4.Periodo de prácticas y formación.
Se realizará un periodo de prácticas y formación que tendrá una duración máxima de 12 meses.
Acreditado documentalmente el cumplimiento de los requisitos de participación exigidos en estas Bases, el Consejo de Diputados nombrará funcionarios en prácticas a los aspirantes propuestos por el Tribunal.
A continuación iniciarán un curso de formación de una duración máxima de 3 meses, que tendrá como objeto el estudio y el adiestramiento en materias tanto generales como especiales relacionadas con la profesión de Sargento.
Finalizado el curso de formación se iniciará la realización de prácticas de Sargento, hasta completar el periodo.
El curso de formación y período de prácticas serán objeto de evaluación y se efectuará mediante la realización de pruebas de conocimientos teóricos referidos a las materias impartidas en el curso y de ejercicios prácticos relacionados con las prácticas realizadas durante este período. Dichas pruebas podrán realizarse mediante evaluaciones parciales durante el proceso o bien a la finalización del mismo.
La calificación del curso de formación y período de prácticas se valorará cada uno con la calificación de "Apto" o "No Apto", siendo necesario haber obtenido el "Apto" en cada uno de ellos para considerar superado el período de prácticas y de formación.
Aquellos aspirantes que no alcancen la puntuación mínima exigida en alguna de dichas pruebas, tendrán derecho a realizar una nueva prueba de contraste en el momento que establezca la Comisión Evaluadora dentro del periodo de prácticas. Esta prueba de contraste será calificada como "Apto" o "No apto".
A fin de valorar el desarrollo del periodo de prácticas y de formación se constituirá una Comisión Evaluadora, cuyos miembros serán los siguientes:
— Presidente:
*El Director General de Función Pública o persona en quien delegue.
— Vocales:
*El Jefe del Servicio de Función Pública o persona en quien delegue.
*El Jefe del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos o persona en quien delegue.
*Un Técnico del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos o persona en quien delegue.
*Un representante del Personal designado por la representación sindical o persona en quien delegue.
— Secretario:
*El Secretario del Tribunal Calificador o persona en quien delegue.
La Comisión Evaluadora se regirá por las mismas reglas de funcionamiento establecidas para el Tribunal Calificador.
La Comisión Evaluadora remitirá al Diputado Foral de Presidencia la relación definitiva de aquellos aspirantes que hayan superado el periodo de prácticas y formación para que se elabore la correspondiente propuesta de nombramiento como funcionario de carrera, que deberá ser aprobada por el Consejo de Diputados.
La no superación de
este periodo supondrá el cese como funcionario en prácticas
y la pérdida por el aspirante de todos los derechos a su nombramiento
como funcionario de carrera, mediante Acuerdo motivado del Consejo de Diputados.
SARGENTO DE BOMBEROS - 2 PLAZAS
(Ref.: OP1/308 - Bases Específicas)
I.CONVOCATORIA.
1.Denominación.
Sargento de Bomberos. Funcionario del Grupo de clasificación C. Escala de Administración Especial. Subescala. Servicios Especiales, clase Servicio de Extinción de Incendios.
2.Plazas y turnos.
— Turno libre:
1 plaza con perfil lingüístico 2 preceptivo.
— Turno de promoción interna:
1 plaza con perfil lingüístico 2 preceptivo.
La plaza de promoción interna acrecerá el turno libre en caso de quedar desierta.
3.Sistema selectivo.
Concurso-oposición.
4.Requisitos.
— Titulación requerida: Bachiller Superior, Formación Profesional de segundo grado, o equivalente.
— Otros requisitos: Estar en posesión del carnet de conducir B.
Además será obligatorio estar en posesión del carnet de conducir C con anterioridad al nombramiento como funcionario en prácticas.
5.Turno de promoción interna.
Los aspirantes que opten por promoción interna deberán reunir los siguientes requisitos, además de los requisitos generales:
a)Ser funcionario de carrera al servicio de la Excma. Diputación Foral de Gipuzkoa con la categoría de Cabo, encuadrado en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios, y perteneciente al Grupo de Clasificación D.
b)Encontrarse en situación de servicio activo o en servicios especiales, y haber completado 3 años de servicio efectivo con la categoría de Cabo.
c)No haber sido sancionado por la comisión de falta grave o muy grave, salvo que se hubiera obtenido la cancelación de la sanción impuesta.
d)En el supuesto de carecer de la titulación indicada como requisito, también podrán participar en esta convocatoria quienes tengan reconocida una antigüedad de 10 años en el grupo de clasificación "D", en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, clase Servicio de Extinción de Incendios.
6.Requerimientos médicos.
No padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico que impida el normal desempeño de las funciones propias de la plaza, de acuerdo con el cuadro de requerimientos y exclusiones que se acompaña a las presentes bases específicas.
El Tribunal, una vez finalizadas las pruebas eliminatorias de la oposición, elevará al Diputado Foral de Presidencia el acta con la lista de aspirantes que las han superado, a fin de que se lleven a cabo las pruebas y reconocimiento médico en los servicios establecidos a tal efecto por la Diputación que acrediten el cumplimiento de los requerimientos médicos. Se emitirá un informe valorándose como "Apto" o "No Apto".
7.Información adicional.
La adscripción a un Parque de Bomberos conlleva la obligación de establecer la residencia a menos de 15 Km. por carretera del mismo.
8.Funciones de la plaza:
•Funciones del Sargento de Parque:
— Dirigir y controlar el personal de los grupos que forman la dotación total del parque.
— Inspeccionar periódicamente el estado de edificios, instalaciones y equipos.
— Participar en los tribunales de selección de personal del servicio.
— Proponer y participar en la planificación de los servicios del parque.
— Proponer ayudas personales y materiales, adecuadas a cada paso para un mejor desarrollo de los cursos.
— Dirigir las intervenciones que requieran su presencia; así como en ausencia del Jefe de Guardia, asumir sus funciones en todo aquello que se refiera a las intervenciones en que participe.
— Hacer cumplir las actividades señaladas en la programación horaria del parque, así como llevar a efecto en el ámbito de actuación del parque los programas establecidos en materia de prevención por las áreas funcionales del Servicio.
— Participar en misiones de guardia de ámbito superior al del parque. Efectuarán, además de las descritas, cuantas funciones les sean encomendadas por sus superiores, dentro de la categoría a la que pertenecen.
•Funciones del Sargento-Adjunto:
Además de las genéricas de los Cabos y Bomberos del Servicio, serán las siguientes:
— Bajo la jerarquía del Sargento Jefe de Parque, ejecutar funciones de mando técnico y operativo sobre los Cabos y Bomberos de su parque.
— Sustituir en sus funciones al Sargento Jefe de Parque en los casos de ausencia de éste.
— Cumplir funciones de guardia operativa de ámbito comarcal, zonal o provincial con los demás Sargentos y Sargentos Adjuntos.
— Trabajar en horarios a
turnos con los Cabos de Parque.
— Formar con el Sargento
Jefe de Parque y con los Cabos de Parque equipo de dirección del
mismo, siendo en concreto responsable de una o varias áreas funcionales
(mantenimiento, formación, prácticas, labores administrativas,
voluntariado).
II.PROCESO SELECTIVO.
Según se detalla en el anexo VIII
III.TEMARIO.
1.Temario General.
Tema 1: La Constitución de 1978. Los principios constitucionales: el Estado social y democrático de derecho. Los valores superiores de la Constitución.
Tema 2: Los poderes en la Constitución de 1978. Poder legislativo, Poder judicial, Poder ejecutivo.
Tema 3: Derecho constitucional a la intimidad. El régimen jurídico de la protección de datos de carácter personal. Regulación estatal.
Tema 4: Las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas. La organización política y administrativa de las Comunidades Autónomas.
Tema 5: El Estatuto de Autonomía del País Vasco. Las competencias del País Vasco. Los poderes del País Vasco.
Tema 6: Los Territorios Históricos. Las Juntas Generales. La Diputación Foral de Gipuzkoa.
Tema 7: El régimen local español. La administración local en la Constitución. El principio de autonomía: significado y alcance.
Tema 8: El procedimiento administrativo: concepto y naturaleza. Iniciación, instrucción y terminación.
2.Temario Específico.
Tema 2: Geografía humana de Gipuzkoa. La industria: Evolución y localización. El sector terciario: Educación, sanidad, turismo, comercio, etc. Red de comunicaciones.
Tema 3: Geomorfología y geografía de Gipuzkoa. La costa. Los valles y los ríos. Las montañas guipuzcoanas.
Tema 4: La Protección Civil. Legislación estatal básica sobre Protección Civil. Competencias a nivel estatal, autonómico, territorial y municipal. La Ley 1/1996 del Parlamento Vasco, de 3 de abril, de Gestión de Emergencias. El Decreto 153/1997, de 24 de junio, sobre el Plan de Protección Civil de Euskadi. Servicios de Protección Civil: Servicios de orden, servicios de bomberos, servicios sanitarios, voluntarios.
Tema 5: Régimen competencial en materia de extinción de incendios: Competencias municipales y de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Tema 6: Organización del Servicio Foral de Bomberos de Gipuzkoa. Dependencia orgánica y relación con otros servicios de Diputación. Organigrama. Funciones por áreas. Los Parques de Bomberos: Tipos. Estructura jerárquica y operativa. Bomberos funcionarios y bomberos voluntarios. Dependencia de servicios: Foral, municipal, de empresas, convenios con ayuntamientos y mancomunidades.
Tema 7: Conocimientos de aritmética y geometría aplicadas al oficio de bombero.
Tema 8: Sistemas constructivos. Tipos de edificios según uso, emplazamiento, procedimiento constructivo, altura. Materiales de construcción: Clasificación, comportamiento, propiedades, resistencia. Partes de un edificio: cimentación, muros y pilares, forjados, escaleras, cubiertas.
Tema 9: La Norma Básica NBE-CPI-96, R.D. 2177/1996, de 4 de octubre, de Condiciones de Protección contra Incendios en los Edificios. Reacción al fuego de los materiales. Comportamiento general de los edificios frente al fuego. Problemas de evacuación.
Tema 10: Conocimientos de oficios en relación con intervención en incidentes: Entibaciones; apuntalamientos; acometidas, protecciones y corte de suministro de agua, gas y electricidad; ascensores; evacuación de aguas.
Tema 11: Equipamientos: Los parques. Edificios. Instalaciones propias del edificio. Dependencias: Garaje, oficinas, gimnasio, almacenes. Usos y organización de espacios.
Tema 12: Equipamientos: Los vehículos de intervención. Categorías y tipos. Características: Mecánicas y superestructuras. Usos. Utillaje de los vehículos.
Tema 13: Equipamientos: Vehículos de transporte, de carga y especiales. Categorías y tipos. Características: Mecánicas y superestructuras. Usos. Utillaje de los vehículos.
Tema 14: Equipamientos: Utiles
y herramientas utilizados en intervención. Clasificación,
características y usos.
Tema 15: Equipamientos: Equipos de protección respiratoria. Características técnicas. Modo de empleo. Llenado de botellas. Mantenimiento y puesta a punto. Despiece, limpieza y montaje de equipos.
Tema 16: Las transmisiones radioeléctricas. Tipos de redes. Repetidores. Frecuencias, canales. Coberturas. Equipos fijos, de vehículos y portátiles.
Tema 17: Equipos de protección personal: Vestuario. Equipos especiales.
Tema 18: La preparación física del bombero. El programa de preparación física del Servicio: Tablas para iniciación, mantenimiento y perfeccionamiento.
Tema 19: La coordinación en las intervenciones. Criterios generales. Coordinación de medios propios: Funciones de "Bai Esan". Coordinación con medios ajenos: Funciones de "SOS Deiak".
Tema 20: Condiciones específicas del personal de los servicios de bomberos. Condiciones para el acceso al cuerpo. Los mandos. Funciones de los distintos tipos de personal operativo.
Tema 21: La intervención en incendios. Dotaciones y medios a utilizar en función de la magnitud, clase y emplazamiento del incendio. Planificación de operaciones y distribución de tareas. Trabajos de extinción. Trabajos posteriores.
Tema 22: La intervención
en salvamentos y asistencias técnicas. Dotaciones y medios a utilizar
en función del suceso a resolver. Planificación de operaciones
y distribución de tareas. Ayudas de otros servicios. Coordinación.
Tema 23: Los riesgos químicos. Problemática. Intervenciones. Equipos especiales de detección y protección.
Tema 24: Conocimientos de informática. Proceso de textos y bases de datos.
Tema 25: Conocimientos generales aplicables a mantenimiento de edificios e instalaciones de los parques.
Tema 26: Conocimientos generales aplicables a mantenimiento de vehículos.
Tema 27: Conocimientos generales aplicables a mantenimiento de equipos portátiles a motor utilizados para intervención.
Tema 28: Conocimientos generales aplicables a recepción de materiales, almacenes, inventarios, talleres, reparaciones y repuestos.
Tema 29: Organización de trabajos en el Parque. Programación de actividades. Horarios. Criterios de formación permanente: Cursos de reciclaje. Programas. Tácticas y maniobras programadas.
Tema 30: Los bomberos voluntarios de cada comarca. Funciones de los voluntarios. La selección y formación de bomberos voluntarios. Organización de sus trabajos de prácticas e intervenciones. Los grupos.
Tema 31: Los órganos de representación del personal. Condiciones de empleo de los funcionarios. Normas internas. Vacaciones, licencias y permisos. Régimen disciplinario.
Tema 32: Procedimientos administrativos.
Informes. Partes. Estadísticas.
•Requerimientos:
1.Antropometría.
-No se admite exceso de peso superior al 15% de la fórmula de Broca.
-Indice ponderal superior a 75.
-Indice de Pignet entre 1 y -34.
2.Dinamometrías (requerimientos).
-Manual: Superior a 40.
-Escapular: Superior a 50.
-Lumbar: Superior a 125.
3.Capacidad vital superior al 85% del valor teórico según edad y talla. Indice de Tiffeneau superior a 85% (requerimientos).
4.Superación de una prueba de esfuerzo. Requisitos mínimos que deberá cumplir el aspirante:
-3,0 W/Kgs. obtenidos en una prueba máxima de cicloergómetro.
-Una tensión arterial (T.A.) máxima que no supere los 230 sistólicos o los 100 diastólicos.
-Que no se aprecie patología alguna en esfuerzo que contraindique la actividad física.
-Un VO2 máx./kg de
peso superior a 38 ml/kg/min.
•Exclusiones:
1.Enfermedades generales.
-Colagenosis y conectivopatías.
-Artritis reumatoide.
-Neoplasias.
2.Sentido de la vista.
-Requisitos oculares: Visión binocular y monoculares 20/20 sin corrección. No se admiten los portadores de lentes de cualquier tipo así como cualquier forma o grado de astigmatismo o miopía.
-Campo visual: Se admite hasta el 90% del campo visual normal global.
-No debe existir hemeralopía.
-No debe existir diplopia.
-No deben existir lagoftalmias ni ptosis palpebrales.
-Reflejos pupilares: No deben
existir anormalidades.
-No debe existir afaquia.
-Adaptación al deslumbramiento
no superior a 50 sf.
-No deben existir conjuntivitis, queratitis o iritis crónicas.
-No padecer alteraciones de visión cromática.
-Todo tipo de patología retiniana.
-Cirugía ocular incompatible con las servidumbres del puesto.
3.Audición y ORL.
-Hipoacusias que supongan más de un 25% de pérdida global o en escala de agudos.
-Enfermedades crónicas
del oído medio o interno.
-Patologías de la membrana timpánica.
-Sinusitis crónica. Rinitis alérgica.
-Patología de la trompa de Eustaquio.
-Malformaciones y deformidades congénitas o adquiridas que dificulten la respiración nasal.
-Vértigos y cualquier trastorno del equilibrio apreciado en las pruebas de la serie vestibular.
-Tartamudez y disfonías orgánicas.
4.Aparato locomotor.
-Pérdida anatómica o cualquier limitación funcional de las extremidades superiores o inferiores.
-Acortamiento de miembro inferior que provoque asimetría de las articulaciones coxofemorales en bipedestación.
-Discopatías o uncartrosis de la columna vertebral.
-Cualquier patología que impida la normal rotación o flexión de la columna vertebral.
-Patología del pie que dificulte su normal funcionamiento.
-Anomalías craneo-faciales que dificulten el uso de los medios de protección individual propios de la profesión.
5.Aparato respiratorio.
-Tuberculosis pulmonar en cualquier grado y forma clínica.
-Asma bronquial.
-Insuficiencias ventilatorias obstructivas, restrictivas o mixtas.
-Bullas y neumatoceles.
-Enfisema pulmonar.
-Bronquitis crónica. Fibrosis pulmonar.
-Todas las neumoconiosis.
6.Aparato cardiovascular.
-Hipertensión arterial en cualquier grado.
-Hipotonía marcada. Hipotensión ortostática.
-Bloqueos de la conducción cardíaca de cualquier tipo.
-Arritmias supraventriculares y ventriculares excepto extrasistolia auricular aislada.
-Síndromes de preexcitación, en especial W.P.W.
-Cardiopatías congénitas.
-Insuficiencia cardíaca.
-Valvulopatías adquiridas.
-Cardiopatía isquémica en cualquier grado.
-Pericarditis, miocarditis y endocarditis.
-Insuficiencia arterial periférica.
-Insuficiencia venosa periférica importante.
-Malformaciones arteriovenosas, shunts arteriovenosos y aneurismas arteriales.
7.Aparato digestivo.
-Los incisivos superiores o inferiores estarán presentes y serán capaces de sujetar la boquilla respiratoria de los aparatos de buceo autónomo.
-Diarrea crónica y síndromes de mala absorción de cualquier etiología.
-Enfermedad ulcerosa gastroduodenal. Cirugía del ulcus gastroduodenal.
-Pancreatopatías crónicas. Quistes y pseudoquistes pancreáticos.
-Hepatopatías crónicas de cualquier etiología y grado evolutivo.
-Resecciones de colon. Colostomía.
-Resecciones de otros tramos intestinales.
-Colitis ulcerosa.
-Colitis granulomatosa.
-Herniaciones abdominales no corregidas.
8.Aparato urinario.
-Malformaciones congénitas
renales, excepto méduloespongiosis, quistes renales solitarios y
riñón doble.
-Nefrectomía.
-Glomérulonefritis de cualquier etiología.
-Tubulopatías renales.
-Hidronefrosis.
-Insuficiencia renal y nefroesclerosis de cualquier grado.
-Pielonefritis. Nefrosis.
9.Piel.
-Enfermedades infecciosas crónicas.
-Enfermedades eritematosas, ampollosas, eccematosas y vesiculosas crónicas. Psoriasis.
10.Sistema hematopoiético.
-Anemias megaloblásticas.
-Anemias hemolíticas.
-Leucosis y enfermedades
del sistema retículohistiocitario.
-Alteraciones de la hemostasia de cualquier tipo.
-Enfermedades del bazo.
-Enfermedades ganglionares.
-Gammapatías monoclonales.
-Disproteinemias de todo tipo.
11.Enfermedades endocrinas y metabólicas.
-Diabetes mélitus. Porfirias.
-Hipo o hiperfunción tiroidea, suprarenal, hipofisaria y paratiroidea.
-Disfunciones y enfermedades gonadales.
12.Sistema nervioso.
-Encefalopatías de cualquier etiología. Hidrocefalia.
-Síndrome de hipertensión intracraneal.
-Todo tipo de secuelas derivadas
de lesiones craneales.
-Enfermedades medulares y del sistema nervioso periférico.
-Todo tipo de temblores y discinesias.
-Epilepsia en todas sus formas y cuadros convulsivos de cualquier otra etiología.
-Cerebelopatías de todo tipo.
13.Estado mental.
-Psicosis esquizofrénicas. Otras psicosis descritas en el DSM-IV.
-Todos los trastornos efectivos
descritos en el DSM-IV.
-Todos los trastornos por ansiedad descritos en el DSM-IV.
-Trastorno obsesivo compulsivo.
-Todo tipo de retraso mental.
-Todo tipo de toxicomanía con especial mención del alcoholismo.
-Todos los trastornos de
la personalidad descritos en el DSM-IV.