Normativa Vigente La Norma Foral 5/1995, de 24 de Marzo, expresa claramente en su preambulo la necesidad de estimular la iniciativa privada en la realización de actividades de interés general, entre otras razones por la dificultad de que tienen los poderes públicos para atender a todo lo que la sociedad reclama.

Por ello dicha norma, además de regular el régimen fiscal peculiar y propio de las fundaciones y de las asociaciones declaradas de utilidad pública, contempla una serie de beneficios fiscales para quienes realicen aportaciones a actividades de interés general, entre las que se encuentran las de índole deportiva

Si a esto le añadimos el tratamiento tributario que tiene el patrocinio publicitario en el Impuesto de Sociedades, obtendríamos el siguiente cuadro de medidas fiscales:

  • Patrocinio Publicitario.

  • Donativos Efectuados a fundaciones, entidades de interés general o instituciones públicas.

  • Convenios de colaboración empresarial con entidades sin fin de lucro o instituciones públicas.

  • Gastos realizados en la organización de actividades de interés general.

  • Gastos realizados en programas o actividades declarados prioritarias.