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Normativa Vigente
La Norma Foral 5/1995, de 24 de Marzo, expresa claramente en su preambulo la necesidad de
estimular la iniciativa privada en la
realización de actividades de interés general,
entre otras razones por la
dificultad de que tienen los poderes públicos para atender
a todo lo que la sociedad reclama.
Por ello dicha norma, además de regular el régimen fiscal peculiar y propio de las
fundaciones y de las asociaciones declaradas de utilidad pública,
contempla una serie de beneficios fiscales para quienes realicen aportaciones
a actividades de interés general,
entre las que se encuentran las de índole deportiva
Si a esto le añadimos el tratamiento tributario que tiene el patrocinio publicitario
en el Impuesto de Sociedades, obtendríamos el siguiente cuadro de medidas
fiscales:
- Patrocinio Publicitario.
- Donativos Efectuados a fundaciones, entidades de interés general o instituciones públicas.
- Convenios de colaboración empresarial con entidades sin fin de lucro o instituciones públicas.
- Gastos realizados en la organización de actividades de interés general.
- Gastos realizados en programas o actividades declarados prioritarias.
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