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1ª EL TROFEO A LA DEPORTIVIDAD DIPUTACION FORAL DE GIPUZKOA tiene carácter anual, de forma que la proclamación de los premiados en el presente ejercicio se realizará en el mes de diciembre de 1999.

2ª.- El periodo de valoración de los méritos para optar al TROFEO en su edición de 1999 comenzar en el mes de mayo.

3ª.- Podrán optar al TROFEO , por un lado, las entidades deportivas legalmente contituidas con sede en el Territorio Histórico de Gipuzkoa y, por otro, las personas físicas a título individual que practiquen alguna actividad deportiva reglamentada, ya sea como participante , árbitro, juez, auxiliar y/o directivo.

4ª.- Las entidades con capacidad para presentar candidatos serán las federaciones deportivas guipuzcoanas, la propia Dirección General de Juventud y Deportes y cualquier otra entidad deportiva cuya propuesta sea aceptada por el Jurado calificador.

5ª.- Cada dos meses, las entidades señaladas en la base anterior podrán presentar ante el Jurado contituido al efecto en el Departamento de Juventud y Deportes de la Diputación Foral de Gipuzkoa, candidatura/s para el TROFEO a entidades deportivas cuando a su juicio y de forma razonada, se haya/n destacado por : 6ª.- Cada dos meses, las entidades con capacidad para presentar candidatos que así lo consideren oportuno podrán presentar ante el Jurado constituido al efecto en el Departamento de Juventud y Deportes de la Diputación Foral de Gipuzkoa, candidatura/s para el TROFEO a personas físicas de quienes, a su juicio y de forma razonada, se haya/n destacada por : 7ª.- Cada dos meses, el Jurado calificador hará pública una relación de aspirantes al TROFEO analizando todas las memorias recibidas de las distintas modalidades deportivas. Otorgará 25 puntos al primero, 15 al segundo y 10 al tercero, en ambas variantes del TROFEO.

8ª.- Las federaciones deportivas y el resto de las entidades podrán repetir la inclusión de los aspirantes en las relaciones bimensuales tantas veces como consideren que las mismas merecen tal distinción.

9ª.- Tras la presentación de la última relación de 1999, el Jurado procederá a proclamar la entidad y la persona física premiados en el año, concediéndose una mención especial para los segundos y terceros en la clasificación final.

10ª.- La entidad que resulte premiada, recibirá un TROFEO especialmente diseñado para la ocasión, además de un premio en material deportivo.

11ª.- La persona física que resulte premiada, recibirá un TROFEO especialmente diseñado para la ocasión, además de un premio consistente en la financiación de un stage deportivo, técnico o de formación.

12ª.- El Jurado calificador estará compuesto por : Nota: Las deliberaciones del Jurado serán secretas y sus decisiones serán inapelables.