Características del acogimiento

Las dos características principales del acogimiento son:

La temporalidad, ya que el objetivo final es la vuelta del menor a su hogar una vez superadas las dificultades de su familia.

El contacto con la familia natural a través de las visitas. Siendo la Diputación Foral de Gipuzkoa la entidad encargada de la protección de menores, es ésta quien, de acuerdo con el Juzgado, regulará las visitas teniendo en cuenta el beneficio del menor.

A diferencia de la adopción, que es fija e irreversible, el acogimiento familiar es temporal, con el objetivo final de retornar a su familia, para lo que es necesario mantener el contacto mediante las visitas.

Los acogimientos se definen en base a las necesidades específicas de cada menor, y los que responden a las necesidades actuales son de 2 tipos:

Acogimiento simple: el menor es acogido por una persona o familia que pueda complementar su entorno familiar durante un período de tiempo que inicialmente no debe superar los dos años de duración.

Acogimiento permanente: el menor va a convivir con una persona o familia sin que se pueda determinar de antemano la duración de la estancia en la familia, aunque previsiblemente será superior a 2 años.