Plan para el Fomento del Sector Artesanal

Objetivo del Plan
Es objeto del presente Programa aprobar las bases reguladoras del Plan para la promoción del sector artesano del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

De conformidad con el artículo 2º del Decreto Foral 75/1996 de 10 de Septiembre 28/2005 de 10 de mayo regulador de la Artesanía de Gipuzkoa ( BOG nº 183 de 23.09.96) la consideración de artesanía toda actividad de creación, producción, transformación, reparación y restauración de bienes o prestación de servicios realizada mediante un proceso en el que la intervención personal constituye un factor predominante, supervisando y controlando la totalidad del proceso de producción, del que se obtiene un resultado final de factura individualizada y distinta de la propiamente industrial.


Beneficiari@s
Tendrán la condición de beneficiarios de las ayudas establecidas en el presente Decreto Foral las personas que se dediquen a la Artesanía, talleres artesanales y Empresas artesanas y sus organizaciones representativas.

Tipos de Ayudas
Inversiones en inmovilizado material y gastos de lanzamiento de la nueva actividad que realicen los talleres y empresas artesanales de nueva creación.
Inversiones en inmovilizado material y asistencia a ferias de fuera de la C.A.P.V. que realicen Talleres y empresas artesanas existentes.
Proyectos específicamente dirigidos a la mejora en áreas de gestión, comercialización o innovación acometidas por organizaciones representativas del sector artesanal.

Criterios de Seleccion entre Proyectos

 

 
Criterios
Puntos
Criterios vinculados a los Tipos de Ayudas de los apartados a y b :
100
Carácter tradicional de la actividad o valor artístico del producto elaborado.
50
Generación de empleo previsto.
20
Inversión y/o gasto de lanzamiento previsto.
10
Experiencia/Trayectoria anterior de la persona o entidad solicitante. 10
Implicación financiera de la persona o entidad solicitante.
10
Criterios vinculados a los Tipos de Ayudas del apartado c
100
Número de empresas artesanas participantes inscritas en el Registro General de la artesanía Tradicional y Popular de Gipuzkoa.
40
Número de empresas artesanas participantes inscritas en el Registro General de la artesanía Tradicional y Popular de Gipuzkoa, en su sección primera.
20
Experiencia/Trayectoria anterior de la entidad solicitante.
20
Novedad de la iniciativa.
10
Implicación financiera de la entidad solicitante.
10

Cuantía de las Ayudas
Apoyo a creación de nuevos talleres y empresas artesanales: La subvención podrá alcanzar el 60% de los costes elegibles, no pudiendo superar los 6.000,00 euros por empleo creado, con un máximo de 15.000,00 euros por nueva empresa.
Apoyo a la inversión de equipamiento de empresas artesanas existentes y asistencia a ferias fuera de la C.A.P.V.. Hasta un 40%, con un máximo de 4.500,00 euros por taller artesanal. En el caso de asistencia a ferias, solamente se considerará como coste subvencionable la factura correspondiente al alquiler del stand emitido por la entidad organizadora de la misma.
En el caso de organización de ferias o certámenes artesanales: Hasta un 40% de los costes con un máximo de 180,00 euros/día por cada artesano gipuzkoano inscrito en el Registro General de la Artesanía Tradicional y Popular de Gipuzkoa y un máximo de 15.000,00 euros.
Otros proyectos de apoyo a la mejora de la gestión, comercialización o innovación acometidas por asociaciones o entidades que actúen a favor de la artesanía: hasta el 60% con un máximo de 15.000,00 euros.

En el caso de solicitudes presentadas por Internet, los porcentajes seņalados en los apartados anteriores se ampliarán hasta en un 10% adicional.

Requisitos de los Solicitantes
Deberán justificar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Los beneficiarios de las ayudas establecidas en el presente Decreto Foral, deberán tener su domicilio social y fiscal en el territorio de Gipuzkoa.
En el caso de profesionales de la Artesanía deberán contar con inscripción en el Registro General de la Artesanía Tradicional y Popular de Gipuzkoa.
SECCION PRIMERA


Fechas a tener en cuenta
INICIO de PROYECTOS:
1 de enero de 2006.
PRESENTACIÓN de las SOLICITUDES:
hasta el 15 de Septiembre de 2006.

PLAZO MÁXIMO de JUSTIFICACIÓN de PROYECTOS:
8 de diciembre de 2006 para proyectos financiados con presupuesto 2006. 15 de noviembre de 2007 para proyectos financiados con presupuesto 2007.


Presentación de Solicitudes
Plazo para la presentación de las solicitudes: 16 de Septiembre de 2006.
Las solicitudes podrán presentarse tanto en la forma tradicional como por vía telemática, si bien en tanto no se implante el sistema de firma electrónica, será necesario remitir copia firmada al Departamento para la Innovación y Sociedad del Conocimiento.

Presupuesto
PRESUPUESTO: 210.250 €

Responsables
Nombre
Cargo
Teléfono
E-mail
Elena Echart
Técnico
943112287
elenaechart@gipuzkoa.net
Xabier Eleizegi
J.Sección
943112215
xeleizegi@gipuzkoa.net
Joseba Amondarain
J.Servicio
943112216
jamondarain@gipuzkoa.net