Boletín Oficial de Gipuzkoa

Número 78 Fecha 27-04-2005 Página 8988

4 ADMINISTRACION DEL T.H. DE GIPUZKOA

DFG-DCHOS.HUMANOS,EMPLEO E INSERCION SOC
Convocatoria de ayudas del "Plan Sarbide" para la inserción en el mundo laboral de personas con graves dificultades de carácter social, año 2005

DIPUTACION FORAL DE GIPUZKOA

DEPARTAMENTO PARA LOS DERECHOS HUMANOS, EL EMPLEO Y LA INSERCION SOCIAL

Dirección General de Inserción Social y Empleo

Convocatoria de las ayudas del «Plan Sarbide» para la inserción en el mundo laboral de personas con graves dificultades de carácter social, correspondiente al año 2005.

El Consejo de Diputados, en su reunión de 19 de abril de 2005, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Convocatoria de las ayudas del «Plan Sarbide» para la inserción en el mundo laboral de personas con graves dificultades de carácter social, correspondiente al año 2005.

Por Decreto Foral 53/2004, de 1 de junio, se reguló el «Plan Sarbide», mediante el cual se establecieron las condiciones generales y criterios mínimos para la concesión de subvenciones destinadas a la inserción en el mundo laboral de personas con graves dificultades de carácter social para encontrar empleo.

Teniendo dicha regulación carácter atemporal, el artículo 2 del citado Decreto prevé la realización de una convocatoria anual para el otorgamiento de las ayudas contempladas en el mismo, en la que se establecerá el gasto autorizado y su imputación presupuestaria, el plazo de presentación de solicitudes, la fecha de inicio de los proyectos y la cuantía de las ayudas. La realización de dicha convocatoria constituye el objeto del presente Acuerdo.

En su virtud, el Consejo de Diputados, a propuesta de la Diputada Foral del Departamento para los Derechos Humanos, el Empleo y la Inserción Social, y previa deliberación,

ACUERDA

Primero.  Aprobar la convocatoria correspondiente al ejercicio 2005 de las ayudas del «Plan Sarbide», para la inserción en el mundo laboral de personas con graves dificultades de carácter social, regulado por el Decreto Foral 53/2004, de 1 de junio (Boletin Oficial de Gipuzkoa n.º 110, de 11 de junio de 2004), convocatoria que se acompaña como Anexo al presente Acuerdo.

Segundo.  El presente Acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa, pudiendo los interesados interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Donostia-San Sebastián, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación. Con carácter previo a la utilización de dicha vía los particulares podrán interponer recurso de reposición ante este Consejo de Diputados en el plazo de un mes desde la fecha antes citada, todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que se estime oportuno.

Lo que se publica para general conocimiento.

Donostia-San Sebastián, a 21 de abril de 2005.—El Secretario Técnico del Departamento, Juan Elustondo Alustiza.

(1337) (3857)

ANEXO

Convocatoria de las ayudas del «Plan Sarbide» para la inserción en el mundo laboral de personas con graves dificultades de carácter social, correspondiente al año 2005.

Primero.Presupuesto, programa y partida.

Las subvenciones a conceder a través del Decreto Foral 53/2004, de 1 de junio, se financiarán a través de fondos procedentes del programa presupuestario «Inserción Social y Empleo» del Departamento para los Derechos Humanos, el Empleo y la Inserción Social, autorizándose un gasto de 315.531,00 euros con cargo a la partida 1.0820.200. 470.00.02.2005, importe que podrá ser incrementado o disminuido por el órgano que tenga atribuida la competencia por razón de la cuantía de la modificación.

Segundo.Presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes al presente plan finalizará el 18 de setiembre de 2005.

Tercero.Fecha de inicio de los proyectos.

Los proyectos subvencionables a través del Decreto Foral 53/2004, de 1 de junio, deberán haberse iniciado a partir del 18 de setiembre de 2004; no obstante, dichos proyectos habrán de ejecutarse, de forma parcial o total, en el año 2005.

Cuarto.Resolución.

Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter general en el artículo 10.2 del Decreto Foral 53/2004, de 1 de junio, para el presente ejercicio 2005 el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses, contados desde la fecha límite para la presentación de solicitudes.

Quinto.Cuantía de las ayudas.

5.1.  La determinación final de los porcentajes de subvención se realizará en función de los criterios de selección expuestos en el artículo 6 del Decreto Foral 53/2004, de 1 de junio, considerándose los porcentajes y cantidades siguientes:

a)  Planes de viabilidad de proyectos empresariales: El 100% del coste del estudio, con una cuantía máxima de 3.100 euros por proyecto.

b)  Apoyo directo a proyectos empresariales y gastos derivados de la implantación de los mismos: En este supuesto la subvención a conceder no podrá superar la cuantía de 6.100 euros por puesto de trabajo estable creado.

c)  Tutoría y seguimiento de proyectos: El 100% del coste de esta actividad de tutoría y seguimiento, con una cuantía máxima de 3.100 euros por proyecto.

5.2.  En ningún caso la suma de las ayudas a conceder a un mismo proyecto por los diferentes conceptos citados superará los 30.000 euros.