Boletín Oficial de Gipuzkoa

Número 120 Fecha 27-06-2002 Página 11901

4 ADMINISTRACION DEL T.H. DE GIPUZKOA

DIPUTACION-PRESIDENCIA
Bases generales y específicas correspondientes a las convocatorias de la oferta de empleo público aprobadas por el Consejo de Diputados celebrado el 18 de junio de 2002

Bases Generales y Específicas correspondientes a las Convocatorias de la Oferta de Empleo Público aprobadas por el Consejo de Diputados celebrado el 18 de junio de 2002.

Se procede a la publicación de manera conjunta de los anexos correspondientes a las convocatorias realizadas mediante acuerdos del Consejo de Diputados adoptados en la sesión de 18 de junio de 2002.

Donostia-San Sebastián, a 20 de junio de 2002.—El Secretario Técnico del Departamento, Jorge Balerdi. (6897)

SUMARIO

BASES GENERALES

TEMARIOS GENERALES

INSTANCIA

RELACION DE CONVOCATORIAS

 

DEIALDIEN ZERRENDA

RELACIÓN DE CONVOCATORIAS

A - GOI MAILAKO UNIBERTSITATE TITULAZIOA

A - TITULACIÓN UNIVERSITARIA SUPERIOR

Erref.
Ref.

Kop.

Lanpostua

Plaza

Eranskina
Anexo

OP1/117

24

Ogasuneko goi mailako teknikaria

Técnico Superior de Hacienda

I

OP1/118

1

Katalogazioko goi mailako teknikaria

Técnico Superior de Catalogación

II

OP1/119

1

Psikologoa

Psicólogo

II

OP1/120

1

Ekonomiako goi mailako teknikaria

Técnico Superior Economista

II

OP1/121

1

Artxiboko goi mailako teknikaria

Técnico Superior de Archivo

II

 

 

B - ERDI MAILAKO UNIBERTSITATE TITULAZIOA

B - TÍTULACIÓN UNIVERSITARIA MEDIA

Erref.
Ref.

Kop.

Lanpostua

Plaza

Eranskina
Anexo

OP1/222

38

Ogasuneko erdi mailako teknikaria

Técnico Medio de Hacienda

I

OP1/223

3

Kudeaketako erdi mailako teknikaria

Técnico Medio de Gestión

II

OP1/224

1

Osasun Kudeaketako erdi mailako teknikaria

Técnico Medio de Gestión Sanitaria

II

 

 

C - ERDI MAILAKO IKASKETAK: BATXILERRA,
LH2 EDO BALIOKIDEA

C - ENSEÑANZAS MEDIAS: BACHILLER,
FP2 O EQUIVALENTE

Erref.
Ref.

Kop.

Lanpostua

Plaza

Eranskina
Anexo

OP1/309

9

Administraria

Administrativo

III

OP1/310

2

Fotokonposizioko teknikari laguntzailea

Técnico Auxiliar de Fotocomposición

III

 

 

D - ESKOLAKO GRADUATUA, LH1 EDO BALIOKIDEA

D - GRADUADO ESCOLAR, FP1, O EQUIVALENTE

Erref.
Ref.

Kop.

Lanpostua

Plaza

Eranskina
Anexo

OP1/414

1

Irratiko operadorea

Operador Radioemisora

III

 

 

Bases Generales de los procesos selectivos de personal al servicio de la Diputación Foral de Gipuzkoa convocados mediante Acuerdo del Consejo de Diputados de fecha 18 de junio de 2002.

1.Objeto.

1.1.Es objeto de las presentes bases establecer las normas generales para la provisión de las plazas que se indican en las bases específicas pertenecientes a la plantilla de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

1.2.En las referidas bases específicas se establecen aquellas plazas que se reservan para su provisión por el turno libre, por el turno para personas con minusvalía y por el turno de promoción interna.

Las plazas reservadas al turno de promoción interna o al turno de personas con minusvalía que fueran declaradas desiertas, por falta de concurrencia o por no cumplir los aspirantes las condiciones exigidas para la superación de los correspondientes procesos selectivos, se acumularán a las ofertadas en el turno libre, siempre y cuando no correspondan a plazas de las incluidas en el apartado 1.3.

1.3.En los artículos 3 de los Decretos Forales 42/2001, de 29 de mayo, y 32/2002 de 11 de junio se contempla la realización de procesos de promoción interna en convocatorias independientes de las de ingreso como consecuencia de la planificación general de los recursos humanos de la Diputación Foral. En las bases específicas se recogen las incluidas por este sistema. Estas plazas en caso de declararse desiertas, no se acumulan en ningún caso a las ofertadas por el turno libre.

1.4.Los puestos que tuvieran establecido un determinado requisito para su provisión, no podrán ser provistos, en ningún caso, por aspirantes que no hubieran acreditado su cumplimiento.

2.Condiciones generales.

2.1.Las plazas se integran en la plantilla unitaria de la Excma. Diputación Foral de Gipuzkoa y no conllevan derecho a prestar servicios en un destino ni Departamento determinado, pudiendo las personas que las desempeñen ser trasladadas a otros.

El destino en el que se prestará el servicio vendrá determinado por las vacantes que existan en el momento de la finalización del proceso selectivo, correspondientes a la plaza convocada.

2.2.Las plazas tienen asignado el perfil lingüístico indicado en las bases específicas. En los casos en los que dicho perfil tenga carácter preceptivo su acreditación será requisito obligatorio. En aquellos otros en los que el perfil lingüístico no sea preceptivo, su acreditación se valorará como mérito.

2.3.La jornada y restantes condiciones de trabajo será la establecida para los puestos a los que se adjudique el destino.

3.Requisitos de participación.

3.1.Para poder tomar parte en los procesos selectivos correspondientes a las plazas de las bases específicas, los aspirantes deberán reunir con anterioridad al cierre del plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

a)Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o ser nacional de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado Español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no esté separado de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre, asimismo, que ambos cónyuges no estén separados de derecho, sean estos descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b)Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.

c)No padecer enfermedad o limitación física o psíquica que impida el normal desempeño de las funciones correspondientes, sin perjuicio de la aplicación de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de minusválidos.

Este extremo habrá de acreditarse en su momento, tras unas pruebas y un reconocimiento a que serán sometidos sólo los aspirantes aprobados por el Tribunal, con carácter previo al nombramiento como funcionario en prácticas, cuando esté prevista como tal, la realización del período de prácticas y/o formación, o con carácter previo al nombramiento como funcionario de carrera, en los demás casos. Dicho reconocimiento se llevará a efecto en los servicios determinados por la Diputación Foral de Gipuzkoa. En el caso de convocatorias de personal laboral, dicho reconocimiento será previo a la contratación.

Si en el desarrollo del proceso selectivo el Tribunal lo considera necesario, podrá recabar del Departamento de Presidencia la realización de las pruebas y reconocimiento médico precisas a los aspirantes que concurren por el turno de personal minusválido para la comprobación del cumplimiento de este requisito en lo relativo al desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas en las plazas de la convocatoria a la que opta, sin necesidad de esperar a la finalización del proceso selectivo.

d)Estar en posesión, o haber abonado los derechos para su expedición, del título oficial u homologado señalado en las bases específicas. En el caso de las titulaciones extranjeras deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

e)No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los extranjeros deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su estado, el acceso a la función pública.

f)Cualesquiera otros requisitos que se exijan en las bases específicas.

3.2.Turno de personas con minusvalía:

Quienes concurran a plazas reservadas a personas con minusvalía deberán tener reconocida la condición de tales, con discapacidad de grado igual o superior al 33%, por el órgano competente de la Administración (Departamento competente de las Diputaciones Forales, IMSERSO, o equivalente).

3.3.Turno de promoción interna:

Quienes concurran a las plazas de promoción interna, además de cumplir los requisitos generales a los que se refiere la base 3.1., deberán cumplir los siguientes:

a)Ser funcionario de carrera de la Diputación Foral de Gipuzkoa del Grupo de titulación indicado en cada convocatoria específica y haber completado dos años de servicio en la Escala de procedencia como funcionario de carrera.

b)Hallarse en situación de servicio activo o asimilada, o servicios especiales en la Escala de procedencia.

En la promoción interna del grupo D al C, se podrá ajustar el requisito de titulación a lo previsto en la Disposición Adicional Decimosexta de la Ley de la Función Pública Vasca, si así se prevé expresamente en la correspondiente base específica.

3.4.Los aspirantes sólo podrán participar en cada convocatoria específica en un único turno, bien en el de promoción interna, bien en el de turno libre o bien en el turno de personas con minusvalía, haciéndolo constar en la correspondiente solicitud.

En el caso de que no constara expresamente la opción deseada, o constara más de una opción válidamente formulada para la misma convocatoria o bien el aspirante no cumpla los requisitos del turno restringido al que opta, su solicitud se entenderá de oficio como presentada por el turno libre.

4.Presentación de instancias.

4.1.Plazo:

Las instancias normalizadas solicitando ser admitido a cada una de las convocatorias específicas se dirigirán al Ilmo. Diputado Foral del Departamento de Presidencia y podrán presentarse a partir del día siguiente al de la publicación de estas Bases en el Boletin Oficial de Gipuzkoa y hasta un plazo máximo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del Anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

4.2.Requisitos de la instancia:

a)Deberá cumplimentarse el modelo de instancia normalizada, que podrá obtenerse en la planta baja de la Diputación Foral de Gipuzkoa, ubicada, en Plaza de Gipuzkoa s/n 20004 de Donostia-San Sebastián. También podrá obtenerse en cualquiera de los Registros establecidos en el apartado 4.3.b), así como por Internet, en la siguiente dirección: www.gipuzkoa.net/ope2001.

A la instancia deberá acompañarse necesariamente la fotocopia del D.N.I. o documento equivalente en caso de ser extranjero (sin compulsar).

b)Los aspirantes deberán cumplimentar la solicitud en todos sus apartados. Deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

Para ello, en los apartados correspondientes de la solicitud, los aspirantes deberán señalar:

—Datos personales solicitados.

—Convocatoria a la que concurre.

—Turno por el que desean participar: A) libre, b) promoción interna o c) turno para personas con minusvalía, de acuerdo con lo establecido en la bases específicas. Los aspirantes sólo podrán participar en un turno por convocatoria.

—Las personas afectadas por discapacidades deberán hacer constar en su solicitud este hecho y las adaptaciones técnicas que, en su caso, consideren necesarias para la realización de las pruebas selectivas.

—Idioma oficial, euskera o castellano, en que desea realizar los ejercicios de la fase de oposición.

—Titulación alegada, como requisito de participación, y código de la misma.

4.3.Lugares de presentación:

Las instancias se presentarán debidamente cumplimentadas en alguno de los siguientes lugares:

a)En el Registro Central de la Diputación Foral de Gipuzkoa, ubicado en la planta baja de la Diputación Foral de Gipuzkoa, Plaza de Gipuzkoa s/n, 20004 de Donostia-San Sebastián.

b)En cualquiera de los Registros de los Ayuntamientos y entidades de Gipuzkoa que tienen concertado convenio con la Diputación Foral: Alegia, Altzo, Aretxabaleta, Deba, Eskoriatza, Ezkio-Itsaso, Gabiria, Gaintza, Hernialde, Idiazabal, Irun, Irura, Larraul, Legazpi, Legorreta, Universidad de Lezo, Mendaro, Olaberria, Ormaiztegi, Segura, Urretxu, Zaldibia, Zegama, Zumaia, Zumarraga y Mancomunidad del Alto Deba.

c)En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en concreto:

—En los Registros de la Comunidad Autónoma Vasca, o cualquier otra Comunidad Autónoma, así como en los Registros de la Administración del Estado.

—En las Oficinas de Correos. En este supuesto se presentarán en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el Funcionario de Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de presentación de instancias. Sólo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro Central de la Diputación Foral de Gipuzkoa en la fecha que fueron entregadas. Es la instancia la que debe estar sellada.

—En cualquiera de las restantes formas previstas en la normativa aplicable.

5.Documentación a aportar.

5.1.Documentación a presentar con la instancia:

—Fotocopia del DNI o documento equivalente en caso de ser extranjero (sin compulsar).

5.2Documentación a presentar durante el proceso selectivo:

a)Méritos:

El Tribunal, abrirá un plazo durante el proceso selectivo para la alegación y acreditación de los méritos. La alegación de méritos se realizará en el impreso que se facilitará al efecto. No será preciso aportar los documentos que ya obren en el Expediente de Personal de la Diputación Foral de Gipuzkoa, en cuyo caso bastará su alegación para ser tenidos en cuenta.

b)Euskera:

El Tribunal con anterioridad a la realización de las pruebas de euskera, abrirá un plazo durante el proceso selectivo para que los aspirantes que tengan previamente acreditado el perfíl lingüístico correspondiente a la plaza aporten la documentación justificativa, conforme a lo previsto en la base 9.3.

Los aspirantes que acrediten estar en posesión del perfíl lingüístico correspondiente a la plaza que optan, quedan exentos de realizar el examen de Euskera. No será preciso aportar el documento, si el mismo ya obra en el Expediente de Personal de la Diputación Foral de Gipuzkoa, en cuyo caso bastará su alegación para ser tenido en cuenta.

5.3.Documentación a presentar al finalizar el proceso selectivo:

La documentación acreditativa de los requisitos de participación indicados en la Base 3.ª se entregará a la finalización del proceso selectivo, por quienes sean propuestos para el nombramiento o contratación, de conformidad con lo previsto en la Base 10.ª

No será preciso aportar los documentos, si los mismos ya obran en el Expediente de Personal de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

5.4.Compulsa de documentos:

La acreditación documental de las condiciones de participación en la convocatoria así como de los méritos, se realizará mediante la presentación de originales o copias compulsadas, a excepción de la copia del DNI a adjuntar con la instancia.

La compulsa de copias podrá realizarse en el Registro Central de la Diputación Foral de Gipuzkoa, ubicado en Plaza de Gipuzkoa s/n o por fedatario público competente. Para ello será necesario presentar la documentación original y su copia.

6.Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Diputado Foral de Presidencia aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Boletin Oficial de Gipuzkoa, y será expuesta en el tablón de anuncios de la Diputación Foral de Gipuzkoa, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de defectos u omisiones que hubieran motivado la exclusión, o para plantear reclamaciones contra las listas.

La lista provisional se entenderá automáticamente elevada a definitiva si no se presentaran reclamaciones, o no se apreciaran errores de oficio. Si hubiera reclamaciones, serán estimadas o desestimadas, en su caso, en una nueva resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que se hará pública, asimismo, en la forma indicada.

Aquellos aspirantes que, habiendo sido excluídos en las listas provisionales, hubieran presentado reclamación en plazo contra dichas listas, podrán presentarse de forma cautelar a la realización de las pruebas, si para dicha fecha no se ha resuelto la reclamación planteada.

Asimismo, los excluídos en las listas definitivas, podrán presentarse a la realización de las pruebas con carácter cautelar, siempre y cuando acrediten haber presentado el oportuno recurso contra su exclusión, y si para dicha fecha no se ha resuelto el mismo.

7.Tribunal calificador.

Por Orden Foral del Diputado Foral de Presidencia se nombrará a los miembros de los Tribunales que hayan de calificar las pruebas selectivas. Los nombramientos se publicarán en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.

Los Tribunales Calificadores estarán constituídos de la forma siguiente:

Presidente:

—Un Diputado Foral o Director General de la Diputación Foral de Gipuzkoa o un Técnico Superior funcionario de carrera del Departamento de Presidencia.

Vocales:

—Un funcionario de carrera del Departamento de Presidencia.

—Dos funcionarios de carrera al servicio de las Administraciones Públicas.

—Un representante del Instituto Vasco de Administración Pública.

—Un representante de personal, funcionario de carrera, designado por la representación sindical.

—A los solos efectos de la valoración de los conocimientos de Euskera se nombrará un representante del Instituto Vasco de Administración Pública.

Secretario:

—Actuará como secretario un Secretario Técnico de la Diputación Foral de Gipuzkoa como titular y un funcionario de carrera de la Diputación Foral de Gipuzkoa, como suplente.

En los Tribunales para convocatorias de personal laboral, no será preciso que sus miembros tengan la condición de funcionario de carrera, siendo suficiente ser personal del órgano o Administración indicado en cada caso.

Los Tribunales podrán disponer, si lo consideran conveniente, la incorporación de asesores especialistas que colaboren con sus miembros. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas.

Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de actuar, notificándolo al Diputado Foral de Presidencia, y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias contempladas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los Tribunales ajustarán su actuación a las reglas determinadas en los artículos 22 a 27 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. En todo caso, se reunirán, previa convocatoria de su Secretario, por orden de su Presidente, con antelación suficiente al inicio de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su válida constitución la asistencia del Presidente y Secretario, o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros.

Los acuerdos serán adoptados por mayoría de votos de los presentes. Todos los miembros de los Tribunales tendrán voz y voto, con excepción del Secretario, que carecerá de esta última cualidad. Los empates se resolverán por el voto de calidad del Presidente.

En caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal el Presidente y su suplente, serán sustituidos por el vocal de mayor edad entre los miembros de los Tribunales.

La sustitución del Secretario, en los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal que afecte a éste y su suplente, recaerá en cualquier otro de los miembros de cada Tribunal elegido por acuerdo mayoritario de éste.

Los Tribunales actuarán con plena autonomía funcional, velando por la legalidad del procedimiento y siendo responsables de garantizar su objetividad.

Asimismo, de acuerdo con el ordenamiento jurídico resolverán todas las dudas que surjan en la aplicación de las presentes bases, y tomarán los acuerdos necesarios para el buen orden en el desarrollo de cada convocatoria, estableciendo los criterios que deban adoptarse en relación con los supuestos no previstos en ellas.

En cualquier momento del proceso selectivo, si el correspondiente Tribunal tuviere conocimiento de la existencia de aspirantes que no cumplen alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al órgano competente, comunicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud.

Los Tribunales adoptarán las oportunas medidas para garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios escritos de la fase de oposición, así como que sean corregidos procurando que no se conozca la identidad de los aspirantes.

A los efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales Calificadores tendrán su domicilio en:

Servicio de Función Pública.

Diputación Foral de Gipuzkoa.

Plaza Gipuzkoa s/n.

20004 Donostia-San Sebastián.

8.Convocatorias, notificaciones e información.

La convocatoria para la realización del primer ejercicio se efectuará mediante su publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa. Las restantes comunicaciones y notificaciones derivadas de este procedimiento se publicarán en el Tablón de Anuncios de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Asimismo, se pondrá a disposición de los interesados
información en la siguiente dirección de internet:
www.gipuzkoa.net/ope2001. Dicha página web tiene carácter meramente informativo, siendo los medios oficiales de notificación los reseñados en el párrafo anterior. También se remitirá información a los centros periféricos de la Diputación Foral de Gipuzkoa que tengan especial vinculación con las plazas convocadas.

En la página web se podrá consultar, entre otros extremos, las bases; listas de admitidos; fechas de ejercicios, así como las calificaciones obtenidas.

La información general de la convocatoria estará a disposición de los interesados en:

Atari: Centro de información de la oferta de empleo público.

Diputación Foral de Gipuzkoa - planta baja.

Pza. Gipuzkoa, s/n.

20004 Donostia-San Sebastián.

Teléfono: 943.483.344.

Internet: www.gipuzkoa.net/ope2001

9.Procedimiento de selección.

9.1.El procedimiento de selección será el que se determine para cada convocatoria específica, con sus correspondientes turnos.

9.2.Oposición:

La fase de oposición estará constituida por los ejercicios que se indican para cada convocatoria específica.

Las pruebas selectivas no darán comienzo antes de dos meses contados a partir de la finalización del plazo de presentación de instancias. El lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio, será publicado en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único. Las situaciones excepcionales deberán estar justificadas y serán evaluadas por el Tribunal. A efectos de identificación, acudirán a las pruebas provistos de D.N.I. o documento equivalente en caso de ser extranjero.

Los Tribunales calificadores adaptarán el tiempo y los medios de realización de los ejercicios a aquellos aspirantes discapacitados que precisen adaptación y la hubieran solicitado en la instancia, de forma que gocen de igualdad de oportunidades con el resto de los participantes, siempre que con ello no se desvirtúe el contenido de la prueba, ni se reduzca o menoscabe el nivel de aptitud exigido.

Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

El orden de actuación de los aspirantes será el resultado del sorteo a que se refiere el artículo 17 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, y que para el año 2002 comienza en la letra «S».

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «S», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «T», y así sucesivamente.

Los ejercicios de carácter teórico y práctico versarán sobre materias incluídas en los temarios correspondientes a cada convocatoria específica según se detalla en ellas.

Cada convocatoria tendrá dos temarios, uno de carácter general, correspondiente al nivel de titulación de la plaza, que se acompaña a estas Bases, y otro de carácter específico, incorporado en cada convocatoria.

9.3.Euskera:

Las plazas tienen asignado un perfíl lingüístico que se detalla en cada convocatoria específica.

Se realizarán pruebas para la acreditación de los conocimientos de Euskera.

No obstante, con anterioridad a la realización de las pruebas acreditativas de perfil, el Tribunal abrirá un plazo a fín de que los aspirantes que tengan previamente acreditado el perfil lingüístico correspondiente a la plaza que optan, aporten el documento justificativo de tal acreditación, quedando en tal caso exentos de realizar el examen de Euskera.

Los perfiles lingüísticos se podrán acreditar mediante la siguiente documentación:

—Para el Perfil Lingüístico 4:

*  Certificado del Instituto Vasco de Administración Pública de haber acreditado el perfil lingüístico 4.

—Para el Perfil Lingüístico 3:

*  Certificado del Instituto Vasco de Administración Pública de haber acreditado el perfil lingüístico 3 o alguno superior.

*  Certificado de Aptitud del Conocimiento del Euskera-EGA (o certificados o diplomas equivalentes).

*  Certificado del grado de Aptitud de la Escuela Oficial de Idiomas.

*  Certificado de haber acreditado el perfil lingüístico 2 del sector docente.

—Para el Perfil Lingüístico 2:

*  Certificado del Instituto Vasco de Administración Pública de haber acreditado el perfil lingüístico 2 o alguno superior, así como sus equivalentes.

*  Superación del 4.º curso de la Escuela Oficial de Idiomas.

*  Certificado de haber acreditado el perfil lingüístico 1 del sector docente.

—Para el Perfil Lingüístico 1:

*  Certificado del Instituto Vasco de Administración Pública de haber acreditado el perfil lingüístico 1 o alguno superior, así como sus equivalentes. El certificado del perfil linguístico 1 deberá mantener su vigencia a la fecha de realización del correspondiente ejercicio de Euskera.

En caso de no acreditar documentalmente la posesión del perfil lingüístico de la plaza a la que se opta, constituye una fase más del procedimiento la realización de las pruebas encaminadas a su acreditación.

El Tribunal decidirá el momento en el que se realizará este ejercicio dentro del desarrollo de la fase de oposición.

9.4.Concurso:

En las convocatorias específicas donde se prevea la existencia de la fase de concurso, el Tribunal Calificador abrirá un plazo para la alegación y acreditación, en su caso, de los méritos a valorar, establecidos en cada convocatoria específica.

También deberán presentar la alegación y acreditación de méritos en el plazo requerido quienes pese a estar inicialmente excluídos del proceso selectivo hayan presentado reclamación contra dicha exclusión y se encuentre la misma pendiente de resolución definitiva.

En ningún caso podrán valorarse los méritos que no hubieran sido debidamente alegados y acreditados en el plazo establecido para su presentación. Asimismo, sólo se valorarán los méritos referidos a circunstancias previas al cierre del plazo de presentación de instancias.

No obstante lo anterior, los méritos derivados de la realización de ejercicios de idiomas, se computarán en atención a la fecha del ejercicio de que se trate, y la documentación acreditativa del conocimiento de aquéllos se podrá presentar dentro del plazo otorgado por el Tribunal para la acreditación de méritos.

Aquellos méritos que se valoren en función del tiempo transcurrido por períodos de años, semestres o meses, se computarán realizando la suma en días de los períodos alegados, y una vez realizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores al período de referencia. A estos efectos se entenderá por año, la suma de 365 días naturales; semestre, la suma de 180 días naturales y mes, la suma de 30 días naturales.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, ni las puntuaciones obtenidas en la misma podrán tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Dichas puntuaciones en ningún caso superarán el 45% de la puntuación de la fase de oposición por cada turno.

10.Propuesta de tribunal.

Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán conforme a lo que se disponga en cada convocatoria específica.

La valoración de los méritos de la fase de concurso, en aquellos casos en los que esté prevista, vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos, con arreglo a los baremos contenidos en cada convocatoria específica.

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas, según se detalle para cada convocatoria específica. Terminada la calificación de los ejercicios y de los méritos en su caso, el Tribunal hará públicos con carácter provisional los nombres de los aspirantes propuestos, según el orden de puntuación alcanzado y el orden de preferencia manifestado de entre los puestos ofertados, siempre y cuando cumplan con el requisito del perfil lingüístico exigido en el turno por el que concurra, y con los restantes requisitos previstos en la Relación de Puestos de Trabajo. No obstante, tendrán preferencia los provenientes del turno de promoción interna sobre los del turno libre, y dentro de cada uno de ellos se seguirá el orden de puntuación final.

A tal efecto, se requerirá de los aspirantes, en el momento del proceso selectivo que por el Departamento de Presidencia se considere oportuno, que manifiesten el orden de preferencia de los puestos ofertados.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo, sucesivamente, a los siguientes criterios:

1.º  A favor de quien hubiera obtenido mayor puntuación en el ejercicio práctico de la fase de oposición.

2.º  A favor de quien hubiera obtenido mayor puntuación en el cómputo total de la fase de oposición.

3.º  A favor de quien hubiera obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición.

4.º  A favor de quien hubiera obtenido mayor puntuación en los méritos enumerados en las bases del concurso-oposición de la convocatoria específica por el orden expresado en aquéllas.

5.º  Realización de una prueba de desempate relativa al temario específico de la convocatoria.

A partir del día siguiente al de la publicación de las citadas relaciones provisionales de aprobados, los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles para formular las reclamaciones que consideren oportunas.

El Tribunal una vez resueltas, en su caso, las reclamaciones, elevará su propuesta al órgano competente de la Diputación Foral para que se elaboren las correspondientes propuestas de nombramiento como funcionarios en prácticas, cuando así esté previsto en la correspondiente convocatoria, o funcionario de carrera, cuando no se haya previsto tal período. En las convocatorias de plazas de personal laboral, el Tribunal efectuará propuesta de contratación.

El Tribunal en ningún caso propondrá mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas.

Los aspirantes propuestos presentarán en el plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de las relaciones de aprobados, los documentos acreditativos de los requisitos de participación establecidos en la Base 3.ª

Si dentro del plazo señalado, y salvo causas de fuerza mayor, los aspirantes no presentasen su documentación o no acreditasen reunir todos los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados o en su caso contratados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la instancia. En este caso el órgano competente formulará propuesta de nombramiento o contratación en favor de quien, habiendo superado el proceso selectivo, ocupase el siguiente lugar en el orden de puntuación final.

11.  Periodo de prácticas y formación.

En aquellas convocatorias específicas que así lo establezcan se realizará un periodo de prácticas y/o formación que tendrá la duración máxima indicada en cada Base Específica.

En tal caso, el Consejo de Diputados nombrará funcionarios en prácticas a los aspirantes propuestos por el Tribunal.

En el caso del personal laboral, dicho período tendrá la consideración de período de prueba, y se ajustará a lo establecido en el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores.

En las restantes convocatorias, el período de prácticas y/o formación será objeto de evaluación y calificación valorándose las siguientes variables:

*  Cumplimiento de tareas y obligaciones.

*  Calidad en el trabajo.

*  Conductas de aprendizaje.

*  Iniciativa.

*  Responsabilidad y adaptación.

*  Conductas de colaboración.

*  Relaciones con clientes y colaboradores.

A fin de valorar el período de prácticas y/o formación, se constituirá una Comisión Evaluadora cuyos miembros serán:

Presidente:

—El Director General de Función Pública, o persona en quien delegue.

Vocales:

—El Jefe del Servicio de Función Pública, o persona en quien delegue.

—El Jefe del Servicio en el que se haya desarrollado el período de prácticas, o persona en quien delegue.

—Un representante del Personal designado por la representación sindical, o persona en quien delegue.

Secretario:

—Un Técnico del Departamento de Presidencia, o persona en quien delegue.

La Comisión Evaluadora se regirá por las mismas reglas de funcionamiento establecidas para el Tribunal Calificador, y valorará el período de prácticas y/o formación con la calificación de «Apto» o «No Apto».

Durante el transcurso del período de prácticas, con carácter previo a su finalización, la Comisión Evaluadora realizará una evaluación provisional relativa al desarrollo de dicho período, cuyo resultado será comunicado al interesado, en caso de ser negativo. A la terminación del proceso del período de prácticas, se realizará la evaluación final.

La Comisión Evaluadora remitirá al Diputado Foral de Presidencia la relación definitiva por orden de puntuación para que se elabore la correspondiente propuesta de nombramiento como funcionario de carrera, que deberá ser aprobada por el Consejo de Diputados.

En caso de no superar el período de prácticas y/o formación, mediante Acuerdo motivado del Consejo de Diputados, el aspirante perderá todos los derechos a su nombramiento como funcionario de carrera, o en caso de ser laboral, supondrá el desistimiento en el contrato.

12.Adjudicación de destinos y nombramiento o contratación.

Los aspirantes propuestos para el nombramiento como funcionarios de carrera o los laborales para su contratación, obtendrán como destino aquel que les corresponda según el orden de puntuación final y el orden de preferencia manifestado, tal y como se indica en la Base 10.ª

Asimismo, a la vista de las preferencias manifestadas, se podrá requerir por el Departamento de Presidencia la emisión de dictamen médico respecto de aspirantes provenientes del turno de personas con minusvalía relativo a su compatibilidad con el puesto de trabajo o sobre las adaptaciones precisas para este último.

El Consejo de Diputados efectuará el nombramiento de los funcionarios de carrera propuestos, quienes deberán tomar posesión de su plaza en el término de 30 días hábiles, a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación del nombramiento.

Para las plazas de personal laboral, el Consejo de Diputados autorizará la contratación de los aspirantes propuestos, quienes deberán firmar el contrato en el término de 30 días hábiles, a contar desde el siguiente a la fecha de notificación del Acuerdo del Consejo de Diputados.

13.Incidencias.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de aquellas y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, en los plazos y forma previstos en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

14.  Bolsas de trabajo temporal.

Una vez resueltas las convocatorias, las listas de aspirantes que excedan del número de plazas convocadas y que hubieran superado los ejercicios de la fase de oposición serán utilizadas para la cobertura de necesidades temporales de personal en puestos idénticos o similares y se gestionarán de acuerdo con la normativa que la Diputación Foral de Gipuzkoa tenga establecida.

Asimismo, a partir de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición, la Diputación podrá utilizar como bolsa de trabajo las listas de aprobados por el orden de puntuación resultante de la suma de la obtenida en las pruebas ya evaluadas, teniendo carácter supletorio respecto de otras listas correspondientes a procesos selectivos ya finalizados. A partir de la realización del segundo ejercicio, las listas resultantes tendrán carácter prioritario sobre las bolsas de trabajo temporal convocadas con anterioridad y supletorio respecto de listas derivadas de Ofertas de Empleo Público ya finalizadas. Se podrá complementar la selección mediante la evaluación de los méritos y/o la realización de una prueba específica restringida a los 10 aspirantes con mayor puntuación, ampliable sucesivamente por grupos de 10.

TEMARIOS GENERALES

GRUPO A

Tema 1. La Constitución de 1978. Los principios constitucionales: El Estado social y democrático de derecho. Los valores superiores de la Constitución.

Tema 2. La regulación de los derechos y libertades en la Constitución. Régimen de protección y garantía de los derechos fundamentales. Suspensión.

Tema 3. Derecho constitucional a la intimidad. El régimen jurídico de la protección de datos de carácter personal. Regulación estatal.

Tema 4. Los poderes en la Constitución de 1978. Poder legislativo, Poder judicial, Poder ejecutivo.

Tema 5. Las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas. La organización política y administrativa de las Comunidades Autónomas.

Tema 6. El Estatuto de Autonomía del País Vasco. Las competencias del País Vasco. Los poderes del País Vasco.

Tema 7. El Gobierno Vasco: Composición y funcionamiento. El Lehendakari: Su estatuto, nombramiento, competencias, cese y sustitución.

Tema 8. La Unión Europea y el derecho comunitario. Instituciones. Fondos estructurales.

Tema 9. Los Territorios Históricos. Las Juntas Generales.

Tema 10. La Diputación Foral de Gipuzkoa. Norma Foral 3/1984, de 30 de mayo.

Tema 11. El régimen local español. La administración local en la Constitución. El principio de autonomía: Significado y alcance.

Tema 12. El acto administrativo: Producción, contenido, motivación y forma. La presunción de legitimidad de los actos administrativos. La eficacia del acto administrativo. Nulidad de pleno derecho, anulabilidad, revocación de los actos administrativos. Silencio administrativo.

Tema 13. La ley. Concepto y caracteres. Tipos de leyes. Ley Orgánica y Ley Ordinaria. Leyes estatales y autonómicas. El Reglamento: La potestad reglamentaria. Las relaciones entre la ley y el reglamento. El principio de legalidad.

Tema 14. El procedimiento administrativo: La Ley 30/1992, de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común y sus modificaciones: Principios generales. Interesados. Los derechos de los ciudadanos. Procedimiento administrativo: Fases del procedimiento.

Tema 15. El personal al servicio de las administraciones públicas: Tipología. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Normalización lingüística del uso del euskera en la administración pública: Principios generales, el perfil lingüístico, la preceptividad de los perfiles lingüísticos.

Tema 16. La responsabilidad de las administraciones públicas. Responsabilidad patrimonial. La acción de responsabilidad. La responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las administraciones públicas.

Tema 17. El Ordenamiento tributario español. Principios constitucionales. Aplicación de las normas tributarias. Los Tributos y sus clases. Norma Foral presupuestaria.

Tema 18. La Hacienda de las Administraciones Públicas. La distribución de recursos. El concierto económico.

GRUPO B

Tema 1. La Constitución de 1978. Los principios constitucionales: El Estado social y democrático de derecho. Los valores superiores de la Constitución.

Tema 2. La regulación de los derechos y libertades en la Constitución. Régimen de protección y garantía de los derechos fundamentales. Suspensión.

Tema 3. Derecho constitucional a la intimidad. El régimen jurídico de la protección de datos de carácter personal. Regulación estatal.

Tema 4. Los poderes en la Constitución de 1978. Poder legislativo, Poder judicial, Poder ejecutivo.

Tema 5. La Unión Europea y el derecho comunitario. Instituciones. Fondos estructurales.

Tema 6. El Estatuto de Autonomía del País Vasco. Las competencias del País Vasco. Los poderes del País Vasco.

Tema 7. Los Territorios Históricos. Las Juntas Generales. La Diputación Foral de Gipuzkoa.

Tema 8. El régimen local español. La administración local en la Constitución. El principio de autonomía: Significado y alcance.

Tema 9. El procedimiento administrativo: La Ley 30/1992, de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común y sus modificaciones: Principios generales. Interesados. Los derechos de los ciudadanos. Procedimiento administrativo: Fases del procedimiento.

Tema 10. La ley. Concepto y caracteres. Tipos de leyes. Ley Orgánica y Ley Ordinaria. El Reglamento. La potestad reglamentaria. Principio de legalidad.

Tema 11. El personal al servicio de las administraciones públicas: Tipología. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Normalización lingüística del uso del euskera en la administración pública: Principios generales, el perfil lingüístico, la preceptividad de los perfiles lingüísticos.

Tema 12. El Ordenamiento tributario español. Principios constitucionales. Aplicación de las normas tributarias. Los Tributos y sus clases.

GRUPO C

Tema 1. La Constitución de 1978. Los principios constitucionales: El Estado social y democrático de derecho. Los valores superiores de la Constitución.

Tema 2. Los poderes en la Constitución de 1978. Poder legislativo, Poder judicial, Poder ejecutivo.

Tema 3. Derecho constitucional a la intimidad. El régimen jurídico de la protección de datos de carácter personal. Regulación estatal.

Tema 4. Las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas. La organización política y administrativa de las Comunidades Autónomas.

Tema 5. El Estatuto de Autonomía del País Vasco. Las competencias del País Vasco. Los poderes del País Vasco.

Tema 6. Los Territorios Históricos. Las Juntas Generales. La Diputación Foral de Gipuzkoa.

Tema 7. El régimen local español. La administración local en la Constitución. El principio de autonomía: Significado y alcance.

Tema 8. El procedimiento administrativo: Concepto y naturaleza. Iniciación, instrucción y terminación.

GRUPO D

Tema 1. La Constitución de 1978. Los principios constitucionales: El Estado social y democrático de derecho. Los valores superiores de la Constitución.

Tema 2. El Estatuto de Autonomía del País vasco. Las competencias del País Vasco. Los poderes del PaísVasco. El euskera en el Estatuto.

Tema 3. Los Territorios Históricos. Las Juntas Generales. La Diputación Foral de Gipuzkoa.

Tema 4. El procedimiento administrativo: Concepto y naturaleza. Iniciación, instrucción y terminación.

 

INSTANCIA

 

LISTADO DE TITULACIONES

599 Licenciado en Medicina (especialidad en medicina del trabajo)

549 Arquitecto

548 Ingeniero de Telecomunicación

547 Ingeniero en Organización Industrial

546 Ingeniero de Montes

545 Ingeniero en Informática

544 Ingeniero Industrial

543 Ingeniero en Electrónica

542 Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos

541 Ingeniero Agrónomo

540 Ingenierías Superiores

539 Licenciado en Documentación

538 Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte

537 Licenciado en Periodismo

536 Licenciado en Psicología

535 Licenciado en Pedagogía

534 Licenciado en Sociología

533 Licenciado en Ciencias Políticas y Administración

532 Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, o en Economía

531 Licenciado en Derecho

530 Licenciatura del área de ciencias sociales y jurídicas

529 Licenciado en Matemáticas

528 Licenciado en Química

527 Licenciado en Física

526 Licenciado en Bioquímica

525 Licenciado en Biología

524 Licenciado en Farmacia

523 Licenciado en Geología

522 Licenciado en Medicina

521 Licenciado en Veterinaria

520 Licenciaturas del área de ciencias experimentales y de la salud

519 Licenciado en Traducción e Interpretación

518 Licenciado en Lingüística

517 Licenciado en Humanidades

516 Licenciado en Antropología Social y Cultural

515 Licenciado en Filología

514 Licenciado en Historia

513 Licenciado en Geografía

512 Licenciado en Bellas Artes

511 Licenciado en Filosofía

510 Licenciaturas del área de humanidades

495 Ingeniero Técnico Agrícola o 3 cursos completos de Ingeniero Superior Agrónomo

449 Arquitecto Técnico

448 Ingeniero Técnico en Topografía

447 Ingeniero Técnico de Telecomunicación

446 Ingeniero Técnico de Obras Públicas

445 Ingeniero Técnico de Informática de Gestión-Sistemas o 3 cursos de la licenciatura en Informática

444 Ingeniero Técnico Industrial

443 Ingeniero Técnico Forestal

442 Ingeniero Técnico Agrícola

441 Ingeniero Técnico Aeronáutico

440 Ingenierías técnicas

438 Diplomado en Gestión y Administración Pública

437 Diplomado en Educación Social

436 Diplomado en Biblioteconomía y Documentación

435 Tres cursos completos de la Licenciatura de Derecho

434 Maestro

433 Diplomado en Relaciones Laborales

432 Diplomado en Trabajo Social

431 Diplomado en Ciencias Empresariales

430 Diplomaturas del area de ciencias sociales y jurídicas

428 Tres cursos completos de Licenciatura de Química o Ingeniero Técnico Industrial (especialidad química)

423 Diplomado en Estadística

422 Diplomado en Fisioterapia

421 Diplomado en Enfermería

420 Diplomaturas del área de ciencias experimentales y de la salud

332 Puericultor

331 Formación Profesional de segundo grado (FP-2),
Rama: Metal-Mecánica

329 Formación Profesional de segundo grado (FP-2),
Rama: Sanitaria

328 Formación Profesional de segundo grado (FP-2),
Rama: Química

327 Formación Profesional de segundo grado (FP-2),
Rama: Hostelería y Turismo

326 Formación Profesional de segundo grado (FP-2),
Rama: Electricidad y Electrónica

325 Formación Profesional de segundo grado (FP-2),
Rama: Delineación

324 Formación Profesional de segundo grado (FP-2),
Rama: Construcción y Obras

323 Formación Profesional de segundo grado (FP-2),
Rama: Artes Gráficas

322 Formación Profesional de segundo grado (FP-2),
Rama: Agraria

321 Formación Profesional de segundo grado (FP-2),
Rama: Administrativo y Comercial

320 Formación Profesional de segundo grado (FP-2)

310 Bachillerato Unificado Polivalente (BUP)

300 Bachiller Superior, Formación Profesional de segundo grado, o equivalente

231 Formación Profesional de primer grado (FP-1),
Rama: Metal-Mecánica

229 Formación Profesional de primer grado (FP-1),
Rama: Sanitaria

228 Formación Profesional de primer grado (FP-1),
Rama: Química

227 Formación Profesional de primer grado (FP-1),
Rama: Hostelería y Turismo

226 Formación Profesional de primer grado (FP-1),
Rama: Electricidad y Electrónica

225 Formación Profesional de primer grado (FP-1),
Rama: Delineación

224 Formación Profesional de primer grado (FP-1),
Rama: Construcción y Obras

223 Formación Profesional de primer grado (FP-1),
Rama: Artes Gráficas

222 Formación Profesional de primer grado (FP-1),
Rama: Agraria

221 Formación Profesional de primer grado (FP-1),
Rama: Administrativo y Comercial

220 Formación Profesional de primer grado (FP-1)

210 Graduado escolar (EGB)

200 Graduado escolar (EGB), Bachiller Elemental, Formación Profesional de primer grado (FP-1), o equivalente

100 Certificado de escolaridad

 

I ERANSKINA

HAUTAPEN PROZESUA

 

Deialdiak:

ANEXO I

PROCESO SELECTIVO

 

Convocatorias a las que se aplica:

Erref.
Ref.

Kop.
N.º

Lanpostua

Plaza

TL.*

BS*

Min.*

OP1/117

24

Ogasuneko goi mailako teknikaria

Técnico Superior de Hacienda

14

8

2

OP1/222

38

Ogasuneko erdi mailako teknikaria

Técnico Medio de Hacienda

21

14

3

* TL: Txanda librea / Turno libre

* BS: Barne sustapeneko txanda / Turno de promoción interna

* Min: Minusbaliatuentzako txanda / Turno para personas con minusvalía

 

 

1.Oposición.

1.1.Primer ejercicio. Teórico.

·  Obligatorio y eliminatorio.

Constará de dos apartados, siendo necesaria la superación de cada uno de ellos por separado:

—Apartado A) Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas de respuesta alternativa, referido a las materias que se especifican en el Temario General de la convocatoria. Este apartado A) se valorará sobre un máximo de 5 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 2,5 puntos para superarlo.

—Apartado B) Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas de respuesta alternativa, referido a los Apartados 1 y 2 del Temario Específico.

Este apartado B) se valorará sobre un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

1.2.  Segundo ejercicio. Práctico.

·  Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en resolver los supuestos teórico/prácticos que plantee el Tribunal relacionados con las materias que se indican en el Temario Específico de la convocatoria.

Constará de dos apartados. El ejercicio en su conjunto se valorará hasta un máximo de 30 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 15 para superarlo, sin perjuicio de la puntuación mínima establecida para la superación de cada uno de los apartados.

—Apartado A) Consistirá en resolver los supuestos prácticos que se planteen al efecto. Este apartado A) se valorará sobre un máximo de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 8 puntos para superarlo.

En concreto se realizarán los siguientes ejercicios prácticos:

A.1.  Uno o varios ejercicios de Contabilidad y matemáticas financieras, relativo al Apartado 3 del Temario Específico, que se valorará sobre un máximo de 8 puntos.

A.2.  Consistirá en la resolución práctica de uno o varios supuestos de liquidaciones tributarias, que se valorarán sobre un máximo de 12 puntos.

—Apartado B) Consistirá en desarrollar por escrito las cuestiones de carácter teórico-práctico relacionadas directamente con los temas del Apartado 1 del Temario Específico de la convocatoria (Derecho Tributario y Hacienda Pública).

Se procederá a sortear un máximo de 20 temas de dicho temario de entre los que el Tribunal seleccionará libremente 15 temas, acerca de los cuales procederá a realizar las preguntas de carácter teorico-práctico que entienda adecuadas.

Este apartado B) se valorará sobre un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 4 puntos para superarlo.

Para la calificación de este ejercicio en sus dos apartados se tendrá en cuenta la exactitud de las respuestas, la capacidad de síntesis y análisis, la riqueza de las ideas desarrolladas, así como la claridad y corrección de la exposición de las mismas.

1.3.  Tercer ejercicio. Pruebas Psicotécnicas.

·  Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en la realización de pruebas destinadas a evaluar la adecuación de los aspirantes en relación a las especificaciones técnico-humanas de las plazas a cubrir.

Se valorará hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

2.Euskera.

—Plazas con perfil lingüístico preceptivo. La acreditación del perfil lingüístico requerido constituye un requisito, al tener caracter preceptivo, por lo que la calificación de este apartado será de Apto o No Apto.

—Plazas con perfil lingüístico no preceptivo. La acreditación de perfiles lingüísticos se puntúa como mérito. Se asignarán los siguientes puntos conforme al perfil lingüístico acreditado:

—Plazas con perfil lingüístico 3 no preceptivo:

Perfil lingüístico 3 o superior: 12 puntos.

Perfil lingüístico 2: 7,9 puntos.

Perfil lingüístico 1: 4 puntos.

3.Concurso de méritos.

3.1.  Experiencia.

Se valorará el desempeño de puestos de trabajo que guarden similitud con el contenido de las funciones de la plaza a la que se opta.

Este mérito se valorará sobre un máximo de 12 puntos, conforme al siguiente baremo:

—Hasta un máximo de 12 puntos, a razón de 0,15 puntos por mes completo la experiencia en un puesto de trabajo de contenido igual al de las funciones de la plaza a la que se opta.

—Hasta un máximo de 8 puntos a razón de 0,10 puntos por mes completo la experiencia en un puesto de trabajo de contenido similar al de las funciones de la plaza a la que se opta.

No será objeto de valoración en este apartado la prestación de servicios en puestos de personal eventual prevista en el art. 96.1 de la LFPV, ni las becas y las prácticas formativas.

Se contabilizarán solamente los períodos anteriores a la fecha de fin del plazo de presentación de instancias.

La experiencia profesional en la empresa privada se acreditará, en el plazo dispuesto por el Tribunal, con justificantes expedidos por la Seguridad Social y los correspondientes certificados de empresa.

Si la experiencia ha sido en alguna Administración Pública será suficiente la presentación del certificado expedido por la misma. Si ha sido en la propia Diputación Foral de Gipuzkoa bastará su alegación en el citado plazo.

3.2.  Servicios prestados en Administraciones Públicas.

Los servicios prestados en las Administraciones Públicas se valorarán hasta un máximo de 6 puntos, a razón de 0,05 puntos por mes completo.

No será objeto de valoración en este apartado el tiempo de servicios en puestos de trabajo de personal eventual prevista en el art. 96.1 de la LFPV, ni los contratos administrativos de trabajos específicos y concretos no habituales de la Administración, los de arrendamiento de servicios civiles o mercantiles, las becas y las prácticas formativas.

Se contabilizarán solamente los períodos anteriores a la fecha de fin del plazo de presentación de instancias.

Este mérito se acreditará, en el plazo dispuesto por el Tribunal, mediante certificado expedido por la Administración Pública correspondiente. Si ha sido en la propia Diputación Foral de Gipuzkoa bastará su alegación en el citado plazo.

3.3.  Formación.

Se valorará la posesión de otras titulaciones académicas de carácter oficial, de igual o superior nivel académico, distintas de la establecida como requisito de participación.

No serán valoradas aquellas titulaciones necesarias para obtener otra superior alegada como mérito.

Asimismo se valorará en este apartado la realización de cursos de postgrado o de máster impartidos por universidades que estén directamente relacionados con las funciones de la plaza a la que se opta.

Este mérito se valorará sobre un máximo de 3 puntos, conforme al siguiente baremo:

—Título de Doctor: 1,5 puntos.

—Título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero: 1,5 puntos.

—Título de Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico: 0,75 puntos por título.

—Postgrado o Máster de duración igual o superior a 500 horas: 1 punto por título.

—Postgrado o Máster de duración igual o superior a 250 horas y menor de 500: 0,50 puntos por título.

3.4.  Idiomas.

Se valorarán con un máximo de 3 puntos, conforme al siguiente baremo:

—Conocimiento de Francés o Inglés a nivel de 3.º de la Escuela Oficial de Idiomas: 1 punto por cada idioma.

—Conocimiento de Francés o Inglés a nivel de 4.º de la Escuela Oficial de Idiomas: 2 puntos por cada idioma.

Para determinar el grado de conocimiento de los idiomas, los aspirantes deberán superar la prueba que al efecto se establezca, no valorándose, en ningún caso, un nivel de conocimiento inferior al de 3.º de la Escuela Oficial de Idiomas.

Obtendrán la puntuación indicada, sin necesidad de realizar la prueba los aspirantes que hubieran aportado en el plazo establecido para la acreditación de los méritos el correspondiente certificado de la Escuela Oficial de Idiomas.

4.Periodo de prácticas.

Se realizará un periodo de prácticas con una duración máxima de 6 meses, de conformidad con lo establecido en las Bases generales.

TECNICO SUPERIOR DE HACIENDA - 24 PLAZAS

(Ref.: OP1/117 - Bases Específicas)

I.  CONVOCATORIA.

1.Denominación.

Técnico Superior de Hacienda. Funcionario del Grupo de clasificación A. Escala de Administración Especial. Subescala Servicios Especiales, clase Cometidos Especiales, Especialidad Hacienda.

2.Plazas y turnos.

—Turno libre:

14 plazas con perfil lingüístico 3 preceptivo.

—Turno para personas con minusvalías:

2 plazas con perfil lingüístico 3 preceptivo.

—Turno de promoción interna:

8 plazas con perfil lingüístico 3 preceptivo.

Las plazas reservadas a minusválidos y a promoción interna acrecerán el turno libre, en caso de quedar desiertas.

3.Sistema selectivo.

Concurso-oposición.

4.Requisitos.

Titulación requerida: Doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente.

Otros requisitos: De las plazas convocadas 5 tienen como requisito ser Licenciado en Derecho y 2 ser Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, o en Economía.

5.Opción de preferencia de temario específico.

En apartado «Especialidad» de la instancia deberá señalarse el grupo de materias por el que se opta: A) Materia Económica, B) Materia jurídica.

Las pruebas referidas al apartado 2 del temario específico versarán sobre el grupo de materias elegido por el aspirante en la instancia.

6.Turno de promoción interna.

Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán proceder de cualquiera de las Escalas y Subescalas del Grupo A o B.

Quedan exentos de la realización del Primer ejercicio, Apartado A) de la fase de oposición los aspirantes del turno de promoción interna.

Los aspirantes del turno de promoción interna que provengan de plazas del grupo de clasificación B, Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase de Cometidos Especiales, de la especialidad de Hacienda están además exentos, si así lo desean, de la realización de los siguientes ejercicios de la fase de oposición:

—Primer ejercicio, Apartado B). En este caso, se les otorgará 5 puntos por este apartado. Si optan por realizar el ejercicio obtendrán la puntuación que les otorgue el Tribunal Calificador, sin que en tal caso se les garantice dicha puntuación.

—Segundo Ejercicio, Apartado A). Ejercicio práctico A-1, relativo a Contabilidad y Matemáticas Financieras. En este caso, se les otorgará 4 puntos por este ejercicio. Si optan por realizar el ejercicio obtendrán la puntuación que les otorgue el Tribunal Calificador, sin que en tal caso se les garantice dicha puntuación.

II.  PROCESO SELECTIVO.

Según se detalla en el ANEXO I.

III.  TEMARIO.

1.Temario General.

Temario correspondiente al grupo A.

2.Temario Específico.

APARTADO 1

SISTEMA TRIBUTARIO Y HACIENDA PUBLICA
(ComUn para todos los aspirantes)

Tema 1. El ordenamiento tributario español. Principios constitucionales. Aplicación de las normas tributarias. Los tributos y sus clases.

Tema 2. El Concierto Económico entre el Estado y el País Vasco (I): Antecedentes y evolución histórica. Naturaleza jurídica y fundamento legal en la Constitución de 1978. Competencias de los Territorios Históricos y competencias del Estado. Principios generales. Reglas de armonización y principios de colaboración. Normas de gestión y procedimiento.

Tema 3. El Concierto Económico entre el Estado y el País Vasco (II): Normativa aplicable, competencia exaccionadora y puntos de conexión en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre el Patrimonio.

Tema 4. El Concierto Económico entre el Estado y el País vasco (III): Normativa aplicable, exacción e inspección del Impuesto sobre Sociedades Impuesto sobre Sociedades. Tributación de los Grupos de Sociedades.

Tema 5. El Concierto Económico entre el Estado y el País Vasco (IV): Normativa aplicable, competencia exaccionadora y puntos de conexión en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Normativa aplicable y puntos de conexión en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Tema 6. El Concierto Económico entre el Estado y el País Vasco (V): Normativa aplicable, exacción e inspección del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Tema 7. El Concierto Económico entre el Estado y el País Vasco (VI): Normativa aplicable y puntos de conexión en los Impuestos Especiales de Fabricación, en el Impuesto sobre las Primas de Seguros, en el Impuesto sobre determinados medios de transporte, en el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, y en la Tasa fiscal sobre el juego. Tributos locales; normativa aplicable y puntos de conexión. Exacción de las Tasas y Precios Públicos.

Tema 8. Norma Foral General Tributaria del Territorio de Gipuzkoa: Principios generales del orden tributario. Clases de tributos.

Tema 9. La Ley 3/1989 del Parlamento Vasco, de Armonización, Coordinación y Colaboración Fiscal. El marco de armonización del régimen tributario de los Territorios Históricos. Coordinación y colaboración entre Administraciones Tributarias. El Organo de Coordinación Tributaria de Euskadi.

Tema 10. Armonización fiscal en la Unión Europea.

Tema 11. El Derecho Tributario: Concepto y contenido. Las fuentes del Derecho Tributario. Los principios generales del ordenamiento tributario. Los principios generales de las normas tributarias. Reserva de regulación por Norma Foral.

Tema 12. La aplicación y la interpretación de las normas tributarias. Ambito temporal y ámbito espacial. El fraude de la Ley. La analogía en el Derecho Tributario. La simulación.

Tema 13. Los Tributos: Impuestos, tasas y contribuciones especiales. La relación jurídico-tributaria. El hecho imponible y el devengo. Exenciones objetivas.

Tema 14. Base imponible y base liquidable. Regímenes de determinación o estimación de la base imponible. El tipo de gravamen, la cuota y la deuda tributaria. El error de salto y la reducción de oficio. Garantía del crédito tributario.

Tema 15. El contribuyente: Posición jurídica. Conceptos de sujeto pasivo, contribuyente, sustituto y retenedor. Derechos y garantías. Exenciones subjetivas. Residencia, domicilio fiscal, capacidad de obrar, representación.

Tema 16. Los responsables solidarios y subsidiarios. El adquirente de explotaciones económicas. El retenedor y el obligado a ingresar a cuenta. Otros obligados tributarios. Procedimientos en los supuestos de responsabilidad subsidiaria y solidaria.

Tema 17. La gestión tributaria (I). Concepto y características. Los Organismos Administrativos. El deber de colaboración con la Administración Tributaria.

Tema 18. La gestión tributaria (II). El procedimiento de gestión tributaria: Iniciación. La declaración tributaria. Las autoliquidaciones. La denuncia pública. Instrucción: El trámite de audiencia. La prueba.

Tema 19. La gestión tributaria (III). Las actuaciones de comprobación en fase de gestión. Naturaleza y límites: Especial referencia al artículo 123 de la Norma Foral General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa. Requerimientos de datos, informes o antecedentes con trascendencia tributaria. La comprobación de valores. Las liquidaciones tributarias: Naturaleza y clases.

Tema 20. La gestión tributaria (IV). La consulta tributaria: Naturaleza y efectos. Consultas vinculantes y no vinculantes. El número de identificación fiscal. La gestión censal.

Tema 21. La gestión tributaria (V). El procedimiento de devolución de ingresos tributarios. La devolución de ingresos indebidos.

Tema 22. La gestión recaudatoria (I). Características y régimen legal. Diferencias entre periodo voluntario y periodo ejecutivo. Providencia de apremio. Medidas cautelares. Competencias de comprobación e investigación de los órganos de recaudación.

Tema 23. La gestión recaudatoria (II). Extinción de las deudas. Pago de la deuda tributaria. Prescripción. Insolvencias. Otras formas de extinción. Derecho de prelación para el cobro de los créditos tributarios.

Tema 24. La gestión recaudatoria (III). Fórmulas especiales para arbitrar el pago. Aplazamientos y fraccionamientos. El procedimiento de compensación.

Tema 25. Procedimiento de recaudación en vía de apremio. Motivos de oposición. Procedimiento de embargo, depósito y enajenación. Responsabilidad tributaria en la fase de recaudación ejecutiva.

Tema 26. Privilegios para el cobro de deudas tributarias. La Hacienda Pública y los procesos concursales. Las Tercerías de dominio y de mejor derecho. Acciones civiles y judiciales.

Tema 27. La Inspección de los tributos; órganos, funciones y facultades. El procedimiento de inspección tributaria. La documentación de las actuaciones inspectoras.

Tema 28. Infracciones y sanciones tributarias (I). Concepto. Normativa reguladora. Sujetos infractores. Infracciones simples y graves. Sanciones tributarias. Criterios de graduación de las sanciones tributarias. Extinción de la responsabilidad derivada de infracciones tributarias.

Tema 29. Infracciones y sanciones tributarias (II). El procedimiento para la imposición de sanciones tributarias. Organos competentes para la imposición de sanciones. Suspensión de la ejecución y condonación de las sanciones tributarias.

Tema 30. Revisión de actos en vía administrativa. Procedimientos especiales de revisión. El recurso de reposición. El procedimiento económico-administrativo. El Tribunal Económico Administrativo Foral de Gipuzkoa. Los interesados en el procedimiento: Capacidad, legitimación y representación.

Tema 31. Actos impugnables en la vía económico-administrativa. Extensión de la revisión. Requisitos de las actuaciones. Suspensión del acto impugnable.

Tema 32. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I). Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Sujeción al Impuesto: Aspectos materiales, personales y temporales. Determinación de la base imponible y liquidable. Rendimientos del trabajo. Rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario.

Tema 33. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (II). Rendimientos de actividades económicas: Estimación Directa Normal, Estimación Directa Simplificada (procedimientos ordinario, especial y sectorial) y estimación Objetiva. Ganancias y pérdidas patrimoniales: Concepto, importe de las ganancias o pérdidas patrimoniales, normas específicas de valoración, ganancias patrimoniales no justificadas.

Tema 34. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (III). Imputaciones en el régimen de transparencia fiscal. Reglas especiales de valoración. Integración y compensación de rentas. Reducciones de la base imponible y base liquidable. Base liquidable general y base liquidable especial.

Tema 35. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IV). Cuota íntegra y cuota líquida. Deducciones familiares y personales. Deducciones por vivienda habitual. Deducciones para el fomento de las actividades económicas. Deducciones por donativos. Deducciones por doble imposición. Otras deducciones. Cuota diferencial y deuda tributaria

Tema 36. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (V). Imputación de rentas en el régimen de transparencia fiscal internacional. Imputación de rentas por la cesión de derechos de imagen. Gestión del impuesto: Declaraciones. Pagos a cuenta. Liquidaciones provisionales. Obligaciones formales. Régimen sancionador. Orden jurisdiccional.

Tema 37. Impuesto sobre la Renta de no residentes (I): Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Elementos personales: Contribuyentes, residencia en territorio español, individualización de rentas, responsables, representantes, domicilio fiscal. Sujeción al impuesto: Hecho imponible, rentas obtenidas en el territorio guipuzcoano, rentas exentas, formas de sujeción.

Tema 38. Impuesto sobre la Renta de no residentes (II): Rentas obtenidas mediante establecimiento permanente. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Gravamen Especial sobre bienes inmuebles de Entidades no Residentes. Convenios de doble imposición.

Tema 39. El impuesto sobre el Patrimonio de las Personas Físicas. Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Hecho imponible y bienes exentos. Sujeto pasivo. Base imponible y liquidable. Devengo. Determinación de la deuda tributaria. Gestión del Impuesto.

Tema 40. El Impuesto sobre Sociedades (I). Naturaleza y ámbito de aplicación. Puntos de conexión. El hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. La base imponible: Concepto y determinación. Las amortizaciones: Métodos de determinación de la depreciación efectiva.

Tema 41. El Impuesto sobre Sociedades (II). Pérdida de valor de los elementos patrimoniales. Provisión de riesgos y gastos. Gastos no deducibles. Reglas de valoración en los supuestos de transmisiones lucrativas y operaciones societarias.

Tema 42. El Impuesto sobre Sociedades (III). Reglas de valoración: Operaciones vinculadas, cambios de residencia, operaciones realizadas con o para personas o entidades residentes en paraísos fiscales y cantidades sujetas a retención. Efectos de la sustitución del valor contable por el de mercado. Tratamiento de la doble imposición internacional de dividendos y participación en beneficios. Reglas de imputación temporal.

Tema 43. El Impuesto sobre Sociedades (IV). Subcapitalización. Reversión de beneficios extraordinarios. Compensación de bases imponibles negativas. La base liquidable. Período impositivo y devengo. Tipo impositivo. Cuota íntegra, líquida y efectiva.

Tema 44. El Impuesto sobre Sociedades (V). Deducciones: Doble imposición, bonificaciones para incentivar la inversión, para incentivar la financiación de las empresas y la realización de determinadas actividades.

Tema 45. El Impuesto sobre Sociedades (VI). Regímenes tributarios especiales: Pequeñas y medianas empresas. Agrupaciones de interés económico. Uniones temporales de empresas. Sociedades y Fondos de capital-riesgo. Sociedades de promoción de empresas y de desarrollo industrial y regional. Instituciones de inversión colectiva. Transparencia fiscal. Grupos de sociedades.

Tema 46. El Impuesto sobre Sociedades (VII). Regímenes tributarios especiales: Grupos de sociedades. Fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cesiones globales de activos y pasivos. Minería. Hidrocarburos. Transparencia fiscal internacional. Determinados contratos de arrendamiento financiero. Entidades de tenencia de valores extranjeros. Entidades parcialmente exentas.

Tema 47. El Impuesto sobre Sociedades (VIII). Gestión del impuesto. Indice de entidades. Obligaciones contables. Revalorizaciones voluntarias. Bienes y derechos no contabilizados. Declaración. Devoluciones. Obligación de retener e ingresar a cuenta. Facultades de la Administración para determinar la base imponible.

Tema 48. Impuesto sobre el Valor Añadido (I). Naturaleza y ámbito de aplicación. Entrega de bienes y prestaciones de servicios. Deslinde del I.V.A. con el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Operaciones no sujetas.

Tema 49. Impuesto sobre el Valor Añadido (II). Adquisiciones intracomunitarias de bienes: Hecho imponible, no sujeción exenciones, lugar de realización, devengo, base imponible, y sujeto pasivo. Importaciones de bienes: Hecho imponible, exenciones, devengo, base imponible, y sujeto pasivo.

Tema 50. Impuesto sobre el Valor Añadido (III). Exenciones: Interiores, relativas a exportaciones, a operaciones asimiladas a exportaciones, a las áreas exentas y a los regímenes suspensivos. Lugar de realización del hecho imponible.

Tema 51. Impuesto sobre el Valor Añadido (IV). Devengo del impuesto. Base imponible: Regla general y especiales. Sujeto pasivo. Repercusión del impuesto y tipos impositivos.

Tema 52. Impuesto sobre el Valor Añadido (V). Deducciones: Requisitos y limitaciones del derecho a deducir. Régimen de deducción en sectores de actividad diferenciada. Regla de prorrata. Regularización de deducciones. Deducciones anteriores al comienzo de las actividades empresariales o profesionales. Devoluciones.

Tema 53. Impuesto sobre el Valor Añadido (VI). Regímenes especiales. Normas generales. Régimen simplificado. Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca. Régimen especial de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.

Tema 54. Impuesto sobre el Valor Añadido (VII). Régimen especial aplicable a las operaciones con oro de inversión. Régimen especial de las Agencias de Viajes. Régimen especial del recargo de equivalencia. Obligaciones de los sujetos pasivos. Gestión del Impuesto. Suspensión del ingreso. Infracciones y sanciones.

Tema 55. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (I). Naturaleza y ámbito de aplicación. Transmisiones Patrimoniales Onerosas. Hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible, cuota tributaria y reglas especiales. Operaciones societarias: Hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible, cuota tributaria y reglas especiales.

Tema 56. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (II). Actos Jurídicos Documentados: Tributación. Disposiciones Comunes a los tres gravámenes. Exenciones, comprobación de valores. Obligaciones formales. Gestión y liquidación del impuesto.

Tema 57. Los Impuestos Especiales (I). Naturaleza. Los Impuestos Especiales de fabricación: Clasificación. Ambito territorial de aplicación. Conceptos. Hecho imponible. Supuestos de no sujeción. Devengo. Sujetos pasivos y responsables. Exenciones. Devoluciones. Depósitos y almacenes. Régimen suspensivo. Bases y tipos impositivos. Repercusión.

Tema 58. Los Impuestos Especiales (II). Los Impuestos especiales de fabricación: Fabricación, transformación y tenencia. Circulación: Régimen general, documentos de circulación, marcas fiscales, ventas en ruta, obligaciones de expedidores y receptores, modalidades de circulación. Normas generales de gestión: Inscripción en el Registro Territorial, código de actividad y establecimiento, garantías. Control de actividades y locales. Infracciones y sanciones.

Tema 59. Los Impuestos Especiales (III). Disposiciones comunes a los Impuestos Especiales sobre el alcohol y bebidas alcohólicas: Definiciones. Exenciones. Devoluciones. Norma sobre la fabricación de los productos gravados. Impuesto sobre la Cerveza: Ambito y control de operaciones. Impuesto sobre el Vino y Bebidas Fermentadas: Ambito objetivo; devengo, base imponible; tipos impositivos. Normas de instalación y circulación. Obligaciones específicas de los fabricantes.

Tema 60. Los Impuestos Especiales (IV). Impuesto sobre Productos Intermedios: Ambito objetivo, supuestos de no sujeción; base imponible; tipo impositivo; infracciones y sanciones. Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas: Ambito objetivo; base imponible; tipo impositivo. Régimen de destilación artesanal. Régimen de cosechero. Exenciones. Devoluciones. Normas de fabricación de alcohol. Normas de fabricación de bebidas derivadas y de extractos concentrados alcohólicos. Normas especiales de circulación. Infracciones y sanciones.

Tema 61. Los Impuestos Especiales (V). Impuesto sobre Hidrocarburos: Conceptos. Ambito objetivo de aplicación. Supuestos de no sujeción. Base y tipos impositivos. Exenciones y tipos reducidos. Devoluciones. Normas particulares de gestión. Infracciones y sanciones. El Impuesto sobre la Electricidad: Nacimiento en el ordenamiento tributario español. Ambito objetivo. Concepto. Base y tipo impositivo. Exenciones. Disposiciones especiales en relación con los intercambios intracomunitarios de energía eléctrica. Normas de gestión. El nuevo Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.

Tema 62. Los Impuestos Especiales (VI). Impuesto sobre las Labores del Tabaco: Concepto. Ambito objetivo. Supuesto de no sujeción. Base y tipos impositivos. Exenciones. Devoluciones. Normas particulares de gestión. Impuesto sobre determinados medios de transporte: Hecho imponible, exenciones, devoluciones, sujetos pasivos, devengo, base y tipo impositivo, liquidación y pago.

Tema 63. Impuesto sobre las primas de seguros. Naturaleza, ámbito espacial y competencias exaccionadoras del impuesto. Sujeto pasivo, hecho imponible, exenciones, devengo del impuesto, base imponible y tipo impositivo. Gestión del impuesto. Nombramiento de representante fiscal y comunicación a la Administración Tributaria.

Tema 64. Tasa fiscal sobre las máquinas o aparatos automáticos aptos para la realización de juegos de azar. Tasa fiscal sobre el juego del bingo. Tasa fiscal del juego mediante boletos.

Tema 65. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Naturaleza y hecho imponible. Exenciones. Sujeto pasivo. Base imponible. Cuota, devengo, y período impositivo. Gestión del Impuesto.

Tema 66. El Impuesto sobre Actividades Económicas. Naturaleza y hecho imponible. Exenciones. Sujeto pasivo. Cuota tributaria. Tipos de Tarifas y recargos. Período impositivo y devengo del Impuesto. Gestión del Impuesto.

Tema 67. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Naturaleza y hecho imponible. Tema Exenciones y bonificaciones. Sujetos pasivos. Cuota Tributaria. Período impositivo y devengo. Gestión del Impuesto.

Tema 68. El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Naturaleza y hecho imponible. Sujetos pasivos. Base imponible y cuota del Impuesto. Gestión del Impuesto.

Tema 69. El Impuesto sobre el Incremento del valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Naturaleza y hecho imponible. Exenciones. Sujeto Pasivo. Base imponible y Cuota. Devengo del impuesto. Gestión del Impuesto.

Tema 70. El Catastro Inmobiliario. Procedimiento para la determinación del valor catastral de los bienes inmuebles sitos en el territorio Histórico de Gipuzkoa. El Decreto Foral 6/1999 de 26 de enero, y el Decreto Foral 15/2000 de 7 de marzo.

Tema 71. El Derecho Financiero: Concepto, autonomía y cometido. La Hacienda Pública en la Constitución Española. Concepto y contenido del derecho presupuestario; principios presupuestarios.

Tema 72. La Norma Foral 17/1990 de Régimen Financiero y Presupuestario del Territorio Histórico de Gipuzkoa: Estructura y principios generales. Los derechos y obligaciones de la Hacienda Foral de Gipuzkoa.

Tema 73. Los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa (I): Concepto. Contenido. Regulación jurídica. Clasificaciones presupuestarias según la legislación vigente; la estructura presupuestaria. Elaboración, aprobación.

Tema 74. Los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa (II): Régimen General de los créditos presupuestarios y régimen de modificaciones.

Tema 75. La ejecución del presupuesto. La ejecución del presupuesto de gastos. El procedimiento administrativo de ejecución del gasto público. El acto administrativo de ordenación de gastos y pagos. Competencia, principios y procedimientos establecidos legalmente para la ejecución del mismo. La ejecución del presupuesto de ingresos. Principios y procedimientos establecidos para el registro de los ingresos.

Tema 76. La Tesorería Foral de Gipuzkoa: Funciones y competencias. Las operaciones financieras de financiación y endeudamiento, de los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa. Régimen jurídico del endeudamiento del sector público y de los avales de la Tesorería Foral de Gipuzkoa.

Tema 77. Principios contables aplicables al Sector Público. El Plan de Contabilidad Pública del Territorio Histórico de Gipuzkoa. La Cuenta General del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Tema 78. El Control de la actividad económico-financiera (I): Concepto. Clases. Organos que lo realizan. El control externo. El Tribunal Vasco de Cuentas Públicas. El control político: Juntas Generales.

Tema 79. El Control de la actividad económico-financiera (II): El control interno. Legislación aplicable. Control de legalidad. Control financiero. Régimen de responsabilidad en la gestión financiera pública.

Tema 80. La Norma Foral 11/ 1989 reguladora de las Haciendas Locales de Gipuzkoa. Tributos propios. Participación en los Tributos Concertados y demás ingresos públicos. Subvenciones. Precios Públicos. Operaciones de crédito. Entidades Supramunicipales, y de ámbito inferior al Municipio.

Tema 81. La Norma Foral 15/1984 de 23 de noviembre, reguladora del Fondo Foral de Financiación Municipal del Territorio Histórico de Gipuzkoa. Concepto, dotación y distribución del Fondo. El esfuerzo fiscal y la base estadística. Entregas a cuenta, anticipos y liquidaciones del Fondo.

Tema 82. La Ley 18/2001 de 12 de diciembre, General de Estabilidad Presupuestaria. Ambito de aplicación. Principios Generales. Equilibrio presupuestario en el Sector Público. Equilibrio presupuestario de las Entidades Locales.

Tema 83. La Ley quinquenal de Cupo 2002/2006. Régimen jurídico y vigencia de la metodología. Determinación del cupo líquido del año base. El cupo de los años siguientes del quinquenio. Ajustes en el IVA y en Impuestos Especiales.

Tema 84. La Norma Foral 8/1996 de Patrimonio del Territorio Histórico de Gipuzkoa. Concepto, régimen y organización. Prerrogativas, protección y defensa del patrimonio. Afectación y adscripción de bienes y derechos. Inventario y régimen aplicable. El régimen de los bienes de dominio privado. El régimen de los bienes de dominio público. Régimen de responsabilidades y sanciones.

APARTADO 2

TEMARIO BASICO PARA LOS PUESTOS

Los aspirantes deberán optar entre uno de los dos tipos de temario, denominados:

A)  Preferencia económica, y

B)  Preferencia jurídica.

A)  Preferencia económica: Economía de la Empresa, Teoría Económica y Derecho Mercantil.

Tema 1. Economía de la Empresa. Concepto, objeto y contenido. La Empresa como realidad económica. Funciones y elementos de la Empresa. Clases de Empresa.

Tema 2. La Empresa y su marco institucional. La Empresa y el mercado: La actividad comercial en la Empresa y el sistema económico. El mercado y la competencia. La demanda.

Tema 3. El empresario: Su concepto en la economía moderna. Expectativas, estrategias y política. El entorno, límites y metas.

Tema 4. La estructura económico-financiera de la Empresa. Las fuentes de financiación de la Empresa. Equilibrio entre inversiones y financiaciones. El concepto de fondo de rotación.

Tema 5. La inversión en la Empresa: Concepto. Clases de inversión. Métodos clásicos de valoración y selección de proyectos de inversión. El período de maduración: Concepto y cálculo.

Tema 6. Selección de inversiones: Método del valor capital. Método de la tasa de retorno. Similitud entre ambos métodos. El problema de las tasas de retorno múltiples.

Tema 7. Las decisiones de inversión secuenciales. Los árboles de decisión. El análisis Bayesiano.

Tema 8. La inversión en bienes de equipo. Determinación de la duración óptima. Decisiones de renovación de equipos.

Tema 9. La inversión en activo circulante. La inversión en inventarios. La inversión en efectivo. El saldo óptimo de la tesorería. Determinación del activo circulante.

Tema 10. La financiación interna o autofinanciación. La amortización: Causas de la depreciación. La función financiera de las amortizaciones. Métodos de amortización. Efecto expansivo de la amortización.

Tema 11. La autofinanciación propiamente dicha. La autofinanciación en el balance. El efecto multiplicador de la misma. Ventajas e inconvenientes. El coste de la autofinanciación.

Tema 12. La financiación de la Empresa: Mercado primario y secundario de valores. La emisión de valores. El derecho de suscripción. Valoración de acciones y obligaciones. Crédito a largo, medio y corto plazo. El endeudamiento permanente.

Tema 13. La financiación externa de la Empresa: Contratos de «leasing». «Factoring». «Renting». Otras formas de financiación externa.

Tema 14. Financiaciones especiales de inmovilizado. El «leasing»: Concepto, formas. Consecuencias.

Tema 15. El coste del capital. El coste efectivo de una fuente de financiación particular. El coste de la deuda. El coste del capital ordinario, de las acciones privilegiadas, de los beneficios retenidos. El coste del capital medio ponderado.

Tema 16. La estructura financiera óptima de la Empresa y la política de dividendos. Endeudamiento y rentabilidad financiera. La estructura financiera óptima. La tesis de Modigliani Miller y la tradicional. Política de dividendos y el valor de las acciones. El modelo de Gordon.

Tema 17. La valoración externa de la empresa. Principios básicos. Valor matemático o contable, valor de liquidación, valor de reposición, valor sustancial, valor bursátil y valor de rendimiento de la Empresa. El concepto de «goodwill». Métodos para determinar el valor global de la empresa.

Tema 18. Teoría del beneficio contable. El beneficio de la Empresa. La relatividad del benéfico. Las ganancias de capital. Instante crítico de reconocimiento de ingresos y gastos. El postulado de la realización del beneficio.

Tema 19. La información contable de la Empresa y la inflación. El problema. Las soluciones. La Empresa española y la inflación.

Tema 20. La planificación financiera. Concepto. Modelos de planificación financiera. Modelo simplificado de planificación financiera. El modelo de «Goran Eriksson».

Tema 21. Los costes de producción: Concepto y clasificación. Formación del coste. Control del mismo.

Tema 22. Principios y modelos de producción. Volumen óptimo de producción a corto plazo. Modelo lineal de programación de producción. Programación del sistema de multiproducción.

Tema 23. Planificación de la producción: Análisis de postoptimalidad o de sensibilidad. Variaciones en las limitaciones del programa de producción. Variacion en la contribución de los procesos a los objetivos de la Empresa. Cambios en los procesos productivos. Dualidad y precios implícitos.

Tema 24. Programación temporal de proyectos. Técnicas de programación temporal. Actividades de duración aleatoria. Programación de costes y aceleración temporal.

Tema 25. Control de inventarios: Concepto y clases de inventarios. Coste de los inventarios. La administración de inventarios. Determinación de existencias óptimas. Cálculo de «stock» de seguridad.

Tema 26. La dimensión de la Empresa. Criterios delimitadores del tamaño. Factores relacionados con la dimensión óptima. Teorías sobre el tamaño de la Empresa basados en las economías de escala. Dimensión y ocupación.

Tema 27. Las Empresas multinacionales. Evolución y causas de aparición. Estructura de las mismas. Características fundamentales de su gestión.

Tema 28. La Empresa pública. Concepto. Objetivos de la Empresa pública. Efectos macroeconómicos. Características fundamentales de su gestión.

Tema 29. La contabilidad de los empresarios. Libros principales y auxiliares. Requisitos. Valor probatorio y reconocimiento de los libros. Libros de facturas emitidas y recibidas a efectos del Impuesto sobre el valor Añadido. Contenido y obligaciones formales.

Tema 30. Libros obligatorios a efectos de la Estimación Directa Normal. Estimación Directa Simplificada (procedimiento ordinario, especial y sectorial), y Estimación Objetiva: Contenido y obligaciones formales.

Tema 31. La contabilidad mercantil. Contabilidad formal: Libros obligatorios y potestativos. Llevanza y conservación de libros. Eficacia jurídica. Las cuentas anuales. El balance; estructura y contenido de las cuentas patrimoniales. Revisión y regularización de balances.

Tema 32. La Cuenta de Pérdidas y Ganancias. Estructura de la cuenta. Distinción de los resultados de explotación, los financieros, los extraordinarios y el total de los del ejercicio antes y después de impuestos.

Tema 33. El Plan general de Contabilidad. Concepto y contenido de las cuentas integradas en los grupos (1 a 7) de la clasificación de cuentas del Plan General.

Tema 34. Los fallos del mercado y la intervención pública. Los bienes públicos. Los efectos externos. Fallos de información. Fallos de la intervención gubernamental.

Tema 35. Teoría de la elección colectiva: El bienestar económico. Las decisiones públicas en democracia directa. La revelación de las preferencias. Análisis de sistemas de votación. Modelos de comportamiento del sector público.

Tema 36. Teoría del gasto público: Equidad y eficiencia: Teorías explicativas del gasto público. Técnicas de análisis: Eficiencia y equidad. Incidencia distributiva del gasto público.

Tema 37. Teoría de la imposición: Impuestos: Definición y clasificación. Medición del nivel de impuestos. Medición de la distribución de impuestos. Objetivos en el diseño de los sistemas impositivos.

Tema 38. La teoría del federalismo fiscal: Concepto y análisis económico. El número de niveles de gobierno y la división de responsabilidades. Financiación de los gobiernos subcentrales. La coordinación entre los distintos niveles de gobierno.

Tema 39. Concepto del Derecho Mercantil. Fuentes del Derecho Mercantil. La Ley. Estructura y contenido del Código de Comercio. Leyes mercantiles especiales. Los usos de