Boletín Oficial de Gipuzkoa

Número 80 Fecha 02-05-2002 Página 8311

7 ADMINISTRACION MUNICIPAL

AYUNTAMIENTO DE TOLOSA
Convocatoria de concurso-oposición libre para ocupar una plaza de técnico superior (Ingeniero Jefe del Area de Obras y Servicios). Bases

AYUNTAMIENTO DE TOLOSA

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La Comisión de Gobierno, en sesión celebrada el día 25 de febrero de 2002 adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:

«........

2)Efectuar convocatoria pública para la cobertura mediante concurso-oposición de una plaza de Técnico Superior (Ingeniero Jefe del área de Obras y Servicios).

3)Aprobar las Bases que han de regir esta convocatoria».

Bases para cubrir por concurso oposición libre una plaza de Técnico Superior (Ingeniero Jefe del Area de Obras y Servicios).

1.ªObjeto de la convocatoria:

Es objeto de la presente convocatoria la cobertura mediante Concurso-Oposición de 1 plaza de Técnico Superior de la plantilla del Ayuntamiento de Tolosa, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo de Clasificación A, Nivel 25, de Retribuciones Generales de la escala de valoración de este Ayuntamiento; y la elaboración de una bolsa para futuras necesidades de este Ayuntamiento.

2.ªCaracterísticas de la plaza:

2.1.La plaza corresponde a personal funcionario. Se integra en la plantilla unitaria del Ayuntamiento de Tolosa.

2.2.Dicha plaza, se corresponde inicialmente con el puesto de Ingeniero Jefe del área de Obras y Servicios. Código 900012.

2.3.Perfil lingüístico 4. Para acceder a la plaza será necesario acreditar el cumplimiento del perfil lingüístico, bien en las pruebas selectivas, o bien antes de la finalización del período de prácticas a que se refiere la Base 12.ª de la convocatoria. En este segundo caso habrá de acreditarse previamente a las pruebas selectivas el cumplimiento del perfil inferior en un nivel al que se exige para la plaza.

2.4.Las funciones de la plaza, entre otras, son las siguientes:

2.4.1.Dirección, supervisión y coordinación de todos los servicios municipales adscritos al Departamento de Obras y Servicios sin exclusión y, en especial de las redes de servicios urbanos o instalaciones municipales (agua, saneamiento, alumbrado, gas, telefonía); en general, todo lo que se denomina como mantenimiento urbano, incluso lo relacionado con situaciones de emergencia, etc.

2.4.2.Contratación, seguimiento y control de todas las obras municipales.

2.4.3. Seguimiento y control de las obras de edificación y urbanización de promoción privada, en cuanto a repercusiones técnicas, conexiones a redes, normativa, seguridad, etc.

2.4.4. Responsable de la prevención y protección de riesgos profesionales de los trabajadores del Ayuntamiento.

2.4.5. Efectuará además de las descritas, cuantas funciones le sean encomendadas por sus superiores, dentro de la categoría a la que pertenece.

2.5.Para el aspirante que resulte seleccionado, la jornada de trabajo será la que con carácter ordinario establezca anualmente el Excmo. Ayuntamiento de Tolosa.

2.6.Si por necesidades urgentes del servicio fuera necesaria la prestación de servicios fuera del horario de trabajo establecido, el exceso de jornada realizado dará lugar al correspondiente descanso compensatorio en la forma que se establezca al efecto.

3.ª  Condiciones de los aspirantes:

Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en el Concurso-Oposición, los aspirantes deberán reunir con anterioridad al cierre del plazo de presentación de instancias los siguientes requisitos:

3.1.  Ser ciudadano de la Unión Europea.

3.2.  Tener 18 años de edad cumplidos y no haber llegado a los 55, en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.

3.3.  Estar en posesión o haber abonado los derechos para obtener el título de Ingeniero Superior.

3.4.  No padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico que impida el normal desempeño de las funciones propias de la plaza.

Este último extremo habrá de acreditarse en su momento, tras unas pruebas y un reconocimiento a que será sometido sólo el aspirante aprobado por el Tribunal, en los servicios establecidos a tal efecto en el Ayuntamiento de Tolosa.

3.5.  No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Comunidad Europea deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

4.ª  Instancias:

Las instancias normalizadas solicitando ser admitido al Concurso-Oposición se dirigirán al Ilustrísimo Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Tolosa, debiendo reunir los siguientes requisitos:

4.1.  Los aspirantes deberán hacer constar en la Instancia que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base 3.ª, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.

4.2.  Asimismo, deberán hacer constar los méritos a valorar en la Fase de Concurso.

4.3.Las instancias se presentarán debidamente cumplimentadas en el Registro General del Ayuntamiento de Tolosa, ubicado en calle Pablo Gorosabel, 34-b, dentro del plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al que aparezca publicado en el Boletín Oficial del Estado el anuncio de la convocatoria.

Las instancias presentadas en las Oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se presentarán en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el Funcionario de Correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación de instancias.

Sólo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro General del Ayuntamiento de Tolosa en la fecha que fueron entregadas en la Oficina de Correos. Es la instancia la que debe estar sellada.

5.ª  Documentación a aportar:

1.A la instancia deberá acompañarse la siguiente documentación:

—Fotocopia del DNI.

—Fotocopia del documento acreditativo de estar en posesión del perfil lingüístico exigido en el apartado 3) de la Base 2.ª

—Fotocopia del título exigido.

—Fotocopia de los documentos que acrediten los méritos alegados.

2.Los documentos originales acreditativos de las condiciones que para tomar parte en el Concurso-Oposición se exigen en la Base 3.ª y de los de los méritos alegados para su valoración en la fase de concurso, se presentaran con posterioridad de conformidad con lo dispuesto en la Base 11.ª, excepto en el caso de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, quienes para ser admitidos al Concurso-Oposición deberán acompañar junto con la instancia los documentos originales que una vez cotejados con las fotocopias le serán devueltos a los interesados acreditativos de su nacionalidad y del cumplimiento de los demás requisitos establecidos para todos los participantes.

6.ª  Admisión de aspirantes:

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde del Ayuntamiento de Tolosa aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, y dado que el procedimiento lo permite, se notificará personalmente a cada uno de los aspirantes admitidos y solamente la lista de excluidos se hará pública en el Boletin Oficial de Gipuzkoa, y será expuesta en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Tolosa, concediéndose un plazo de diez días hábiles para la subsanación de defectos u omisiones que hubieran motivado la exclusión, o para plantear reclamaciones contra las listas.

La lista provisional se entenderá automáticamente elevada a definitiva si no se presentaran reclamaciones. Si las hubiera, serán estimadas o desestimadas, en su caso, en una nueva resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que se hará pública así mismo, en la forma indicada.

7.ª  Tribunal Calificador:

El Tribunal Calificador del Concurso-Oposición estará constituido de la siguiente forma:

Presidente:

—El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento o Concejal en quien delegue.

Vocales:

—Un representante del Instituto Vasco de Administración Pública.

—Un representante de la Junta de Personal designado por la misma.

—Un Ingeniero Industrial que preste servicios en la Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco.

—Un Ingeniero Industrial, designado por el Colegio de Ingenieros Industriales de Gipuzkoa.

—El/La Director/a de Obras y Servicios y Urbanismo.

Secretario:

—El de la Corporación o persona en quien delegue.

Los miembros del Tribunal serán nombrados por el Alcalde del Ayuntamiento de Tolosa y su designación se hará pública en el Boletin Oficial de Gipuzkoa, junto con la convocatoria del primer ejercicio a realizar.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto, con excepción del Secretario que carecerá de esta última cualidad. Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoría de votos de los presentes, resolviendo, en caso de empate, el del que actúe como Presidente, que lo será, en caso de ausencia del titular o su suplente, el vocal de mayor edad.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente y Secretario y la mitad, al menos, de sus miembros.

En las pruebas en que lo considere conveniente, el Tribunal podrá recabar la colaboración de asesores expertos en la materia de que se trate.

A los solos efectos de la valoración de los conocimientos de Euskera se nombrará un representante del Instituto Vasco de Administración Pública, según establece el art. 99.2 de la Ley de la Función Pública Vasca.

8.ª  Prueba de euskera:

La fecha de realización de las pruebas para la acreditación del perfil lingüistico exigido en el apartado 2.3 de la Base 2.ª, de aquellos aspirantes que no lo hayan probado documentalmente, se publicará juntamente con las listas de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tolosa.

9.ª  Ejercicios de la fase de oposición:

Los ejercicios de la fase de oposición no podrán comenzar antes de dos meses, contados a partir del día siguiente a la fecha de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletin Oficial Gipuzkoa.

La convocatoria del Primer Ejercicio se publicará en el Boletin Oficial de Gipuzkoa y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tolosa, con al menos 8 días naturales de antelación, indicando la fecha, hora y lugar de examen.

La convocatoria de los ejercicios posteriores, así como las resoluciones del Tribunal, se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tolosa.

Los aspirantes serán convocados por cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

La Fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

—Primer ejercicio: Obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes siendo necesario alcanzar al menos un mínimo de 60 puntos para superarlo. Constará de dos apartados:

A)Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas referente a las materias comunes en el Anexo I de estas Bases.

Este apartado se valorará sobre un máximo de 10 puntos.

B)Consistirá en responder por escrito una serie de preguntas/supuestos prácticos referente al Temario específico que se adjunta como el Anexo II de estas Bases.

Este apartado B) se valorará sobre un máximo de 110 puntos.

—Segundo ejercicio: Obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes.

Consistirá en la realización de pruebas que midan las capacidades personales de los aspirantes y su adecuación en relación a las especificaciones técnico-humanas de la plaza a cubrir.

Este ejercicio se valorará sobre un máximo de 180 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 90 puntos para superarlo.

Esta prueba se realizará a través de una empresa externa especializada en la medición de estas capacidades.

10.ª  Fase de Concurso:

Los aspirantes que superen la fase de oposición y haya acreditado el perfil lingüístico conforme se establece en la Base 2.3 accederán a la Fase de Concurso, en la cual, el Tribunal valorará los siguientes méritos, siempre que hayan sido alegados en la instancia de acuerdo con lo establecido en estas bases y acreditados suficientemente, en el momento en que el Tribunal Calificador lo solicite:

A)Prestación de servicios efectivos en cualquier Administración Pública como funcionario de carrera, como funcionario interino o en régimen laboral fijo o temporal, desempeñando puesto de trabajo que reúnan los siguientes requisitos:

1.Estar incluido entre los grupos de clasificación A.

2.Estar adscrito al departamento de urbanismo, obras públicas o análogos aunque tenga distinta denominación.

3.Que para su desempeño fuese requisito imprescindible estar en posesión del título de Ingeniero Superior.

B)Asistencia a actos formativos y de perfeccionamiento (cursos, seminarios, etc.) relacionados con las siguientes materias:

Urbanismo y ordenación del territorio, infraestructuras urbanas, obras públicas, gestión de servicios públicos o gerencia pública y prevención de riesgos laborales. En los comprobantes deberá figurar la duración (n.º horas) de los actos formativos o de perfeccionamiento que se trate para su valoración.

C)Posesión de otras titulaciones académicas de nivel superior o medio distinta de la que posea para participar en la convocatoria, u obtención del grado académico de Doctor respecto de la misma, que tenga relación con el puesto y sus funciones.

D)Redacción de Proyectos y/o dirección de obras públicas de urbanización, instalación de alumbrado público, abastecimiento de agua, saneamiento, pavimentación, construcción o rehabilitación de edificios y otras analogías para cualquiera de las administraciones públicas sin ser personal al servicio de aquéllas. En los comprobantes que se presenten para su valoración debe constar el presupuesto de la obra.

E)Cualquier otro tipo de experiencia profesional no incluida en los apartados anteriores, y que tenga relación con el puesto y sus funciones. En los documentos acreditativos de estos méritos debe figurar el período de la experiencia alegada en meses o días.

La valoración máxima de los méritos será de 55 puntos y se efectuará conforme al siguiente baremo:

Apartado a): 1 por cada mes completo o fracción igual o superior o 15 días, hasta un máximo de 20.

Apartado b): 0,05 por cada hora de curso que acredite haber asistido con aprovechamiento, hasta un máximo de 2 puntos.

Apartado c): 2,5 puntos por cada titulación académica poseída o posesión del grado de Doctor, hasta un máximo de 5 puntos.

Apartado d): La valoración que se otorga a cada obra proyectada y/o dirigida, sin que su puntuación total acumulada supere el máximo de 22 puntos:

*Por cada obra de urbanización, instalación de alumbrado público, abastecimiento de agua, saneamiento y pavimentación:

—Con presupuesto inferior a 60.100 euros: 0,75.

—Con presupuesto superior a 60.100 euros: 1.

*Por cada obra de construcción o rehabilitación de edificios:

—Con presupuesto inferior a 90.100 euros: 0,25.

—Con presupuesto superior a 90.100 euros: 0,50.

*  Por cada obra de tipo diferente a las anteriores:

—Con presupuesto inferior a 60.100 euros: 0,10.

—Con presupuesto superior a 60.100 euros: 0,25.

Apartado e): 0,8 por cada mes completo o fracción igual o superior a 15 días, hasta un máximo de 6 puntos.

Los servicios prestados y la experiencia profesional en el Ayuntamiento de Tolosa, siempre y cuando hayan sido alegados en la instancia no hay que acreditarlos documentalmente y se valorará en base a los datos que obren en los expedientes personales de los candidatos.

11.ª  Propuestas del Tribunal:

La calificación final de cada aspirante estará constituida por la suma de las obtenidas en las fases de oposición y de concurso, lo que determinará el orden de puntuación definitivo.

Terminada la calificación de los ejercicios y de los méritos, el Tribunal hará público el nombre del aspirante propuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tolosa.

En caso de empate en la puntuación, para dirimirlo se tendrá en cuenta la puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de Oposición.

El Tribunal elevará el Acta a la Comisión de Gobierno proponiendo el nombramiento como funcionario en prácticas del que figure con la puntuación más alta entre todos los aspirantes.

El aspirante propuesto presentará a la Sección de Personal del Ayuntamiento, en el plazo de 20 días naturales desde el siguiente a la publicación de la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones exigidas para tomar parte en el Concurso-Oposición:

1.Los originales de la documentación aportada con la solicitud que serán devueltos al aspirante una vez cotejados con las fotocopias aportadas.

2.Declaración jurada de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea deberán hacer constar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

Si dentro del plazo señalado, y salvo causas de fuerza mayor, el aspirante no presentase su documentación o no acreditase reunir todos los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado funcionario en prácticas, y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia. En este caso, el órgano competente formulará propuesta de nombramiento en favor de quien, habiendo superado el Concurso-Oposición, ocupase el siguiente lugar en orden de puntuación final.

12.ª  Período de prácticas:

La Comisión de Gobierno del Ayuntamiento, de conformidad con el artículo 28 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, nombrará funcionario en prácticas al aspirante propuesto por el Tribunal, una vez haya acreditado documentalmente las condiciones exigidas en las presentes bases y superado el reconocimiento médico conforme al apartado 4 de la Base 3.ª El período de prácticas para este puesto de trabajo tendrá una duración máxima de 18 meses.

Una Comisión constituida al efecto se encargará de la evaluación de las aptitudes y capacidad demostradas por el aspirante propuesto.

La Comisión Evaluadora estará constituida por:

—El concejal responsable del área.

—Un representante del personal designado por la Junta de Personal.

—El Director/a de Obras y Servicios y Urbanismo.

—El Administrativo Responsable de Personal que actuará como Secretario con voz y sin voto.

Por la Comisión Evaluadora, con asesoramiento técnico que considere oportuno, se establecerán los objetivos a cumplir por el funcionario en prácticas. Dichos objetivos se fijarán en orden a la acreditación de:

a)Aptitudes demostradas en cuanto a:

*Capacidad de trabajo y rendimiento profesional.

*Sentido de la responsabilidad y eficiencia.

*Interés por el aprendizaje, disposición e iniciativa.

b)Capacidad demostrada en cuanto a:

*Integración en el equipo de trabajo.

*Adecuación de sus relaciones internas y externas.

Procedimiento para la evaluación del funcionario en prácticas.

Una vez que tome posesión de su puesto de trabajo, se comunicará al funcionario en prácticas, al inicio de cada uno de los tres semestres los objetivos a cumplir. La notificación se hará por sus superiores inmediatos y por escrito. A la finalización de cada semestre el superior, o en su caso, los superiores inmediatos emitirán informe escrito a la Comisión Evaluadora.

Caso de informe desfavorable, se dará traslado del mismo al funcionario en prácticas, quién podrá alegar las razones que justifiquen el incumplimiento de los objetivos. La comunicación se le hará dentro del primer mes de cada uno de los dos últimos semestres. La ausencia de comunicación implicará que el informe es favorable.

A la finalización del período de pruebas, se elevará un informe final por el superior, o en su caso, los superiores inmediatos, sobre el conjunto del período de prácticas, a la Comisión Evaluadora. Si el informe fuere desfavorable, se dará traslado del mismo al funcionario en prácticas para que pueda formular las alegaciones u observaciones que a su derecho correspondan.

La citada Comisión Evaluadora elevará la propuesta que corresponda al Alcalde.

13.ª  Incidencias:

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del Concurso-Oposición en todo lo no previsto en estas Bases.

La convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de aquellas y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, en los plazos y forma previstos en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tolosa, a 4 de marzo de 2002.—El Alcalde, Antton Izagirre Gorostegi.

(1555) (4478)

ANEXO I

TEMAS COMUNES

Tema 1. La Organización Territorial del Estado en el Título VIII de la Constitución Española.

Tema 2. Los Poderes del País Vasco en el Título II del Estatuto de Autonomía del País Vasco.

Tema 3. Competencias de los Territorios Históricos en el Título Primero de la L.T.H.

Tema 4. Organización Institucional de los Territorios Históricos; Las Diputaciones Forales y Las Juntas Generales, en los Títulos I y II de la Norma Foral de Gipuzkoa de 1983.

Tema 5. La Organización del Municipio en el Capítulo II del Título II de la Ley de Bases.

Tema 6. Régimen de Funcionamiento de las Entidades Locales en el Capítulo I del Título V de la Ley de Bases.

Tema 7. Actividades y Servicios del Municipio en el Capítulo II del Título Vi de la Ley de Bases.

Tema 8. Las Disposiciones Comunes a los Contratos de las Administraciones Publicas en el Capítulo III del Título Primero del Libro I de la Ley.

Tema 9. Los Requisitos para contratar con la Administración en el Título II del Libro I de la Ley.

Tema 10. Las Actuaciones relativas a la contratación previstas en el Título III del Libro I de la Ley.

Tema 11. La Extinción de los contratos regulada en el Título V del Libro I de la Ley.

Tema 12. Del contrato de obras regulado en el Título Primero del Libro II de la Ley.

Tema 13. Del contrato de gestión de servicio público regulado en el Título II del Libro II de la Ley.

Tema 14. Definición y Principios Presupuestarios.

Tema 15. Contenido y Estructura de los Presupuestos.

Tema 16. Elaboración y Aprobación de los Presupuestos.

Tema 17. Régimen General de los Créditos Presupuestarios y Régimen de Modificaciones.

Tema 18. La Ejecución de los Presupuestos.

Tema 19. de los Presupuestos.

Tema 20. La Contabilidad.

Tema 21. El Control Interventor. Personal.

Tema 22. Los Derechos y Deberes de los Funcionarios en la Ley de la Función Pública Vasca de 6-7-1989.

Tema 23. Los Derechos y Deberes Básicos en el Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Tema 24. El Régimen Disciplinario de los Funcionarios en la Ley de la Función Pública Vasca de 6-7-89.

ANEXO II

TEMAS ESPECIFICOS

INSTALACIONES

1. Energía y ordenación del territorio: Tipos de energía, el medio rural y urbano, panorámica general de la morfología de las tramas urbanas (tipos de tramas).

2. Energía y ordenación del territorio: Aproximación a la planificación a través de la actividad (organización y disposición de las actividades de transporte, residencial, administrativa, industrial, deportiva, etc.).

3. Estructura territorial e impactos ambientales: El medio físico, los impactos ambientales del asentamiento.

4. Estructura territorial e impactos ambientales: Estudio de impacto ambiental y planificación, evaluación de impactos ambientales.

5. Redes de infraestructura y diseño de espacios urbanos: Infraestructura y procesos de planificación, diseño de redes de suministro y planificación de la energética.

6. Redes de infraestructura y diseño de espacios urbanos: Organización del tráfico rodado y sus exigencias ambientales, coordinación de las redes de instalaciones (galerías de servicios), espacios libres y zonas verdes.

7. La calidad del medio ambiente frente a la contaminación: Conceptos fundamentales sobre el deterioro del medio ambiente, conceptos sobre degradación y aptitud del medio físico.

8. La calidad del medio ambiente frente a la contaminación: Productos contaminantes urbanos y sus efectos, técnicas de separación y limitación de contaminantes, medidas urbanísticas frente a la contaminación ambiental.

9. Ambiente sonoro y su influencia sobre la planificación urbana: Ruido urbano, técnicas de separación y limitación del ruido, planes especiales de rehabilitación sonora e islas acústicas, pantallas acústicas, edificios pantalla, soluciones trinchera, mapas sonoros y su utilización en el urbanismo.

10. Ambiente sonoro y su influencia sobre la planificación urbana: Disposiciones acústicas adecuadas en la planificación(ordenación en la edificación, diseño de trama viaria y pavimentos antirruido, separación industria vivienda).

11. Abastecimiento de agua potable, riego e incendios: Datos básicos y condiciones generales de agua, diseño, trazado y tipología de las redes de abastecimiento, elementos integrantes y detalles constructivos.

12. Alcantarillado y evacuación de aguas usadas y atmosféricas: Datos básicos y condicionantes generales de la evacuación de las aguas, diseño, trazado y tipología de la infraestructura territorial de evacuación de aguas, sistema de alcantarillado en núcleos urbanos, elementos integrantes y detalles constructivos.

13. Redes de riego y drenajes de terrenos y espacios libres: Datos básicos y condicionantes generales del riego y drenaje de los espacios libres, diseño, trazado y tipología de las redes riego.

14. Redes de riego y drenajes de terrenos y espacios libres: Drenaje de áreas pavimentadas y vías de circulación, drenaje de zonas verdes y espacios libres.

15. Depuración de aguas residuales: Datos básicos y condicionantes generales de la depuración, composición de las aguas residuales urbanas y criterios de cálculo de los tratamientos de depuración.

16. Depuración de aguas residuales: Sistemas de depuración en edificación aislada y pequeños núcleos, sistemas de depuración en grandes núcleos (criterios de elección).

17. Organización y vertido de efluentes líquidos: Datos básicos y condicionantes generales respecto del vertido de aguas, tipología y clasificación de los vertidos, vertidos al terreno y a la infraestructura sanitaria, vertidos en aguas continentales, vertidos en aguas marinas.

18. Evacuación y tratamiento de residuos sólidos urbanos: Datos básicos y condicionantes generales de los residuos urbanos, métodos de evacuación de los residuos urbanos

19. Evacuación y tratamiento de residuos sólidos urbanos: Tratamientos de eliminación de los sólidos urbanos, recuperación y aprovechamiento de los residuos urbanos, vertederos controlados.

20. Distribución de energía eléctrica pública: Datos básicos y condicionantes generales de la energía eléctrica, diseño, trazado y tipología de la red de suministro de energía eléctrica, elementos integrantes y detalles constructivos.

21. Sistemas de alumbrado urbano: Datos básicos y condicionantes generales, iluminación en vías y plazas urbanas, iluminación ornamental de edificios y su entorno.

22. Sistemas de alumbrado urbano: Iluminación de zonas deportivas y espacios libres, iluminación en vías de tráfico rodado.

23. Suministro de gases combustibles: Datos básicos y condicionantes generales de los gases combustibles, diseño, trazado y tipología de las redes de suministro de gas natural, diseño, trazado y tipología de las redes de gases licuados del petróleo.

24. Distribución urbana de calefacción y agua caliente sanitaria: Datos básicos y condicionantes generales en las distribuciones urbanas de calor, diseño, trazado y tipología de las redes centralizadas de calefacción y A.C.S., elementos integrantes y detalles constructivos.

25. Redes urbanas de transmisión de información: Datos básicos y condicionantes generales, red de comunicación telefónica, red de transmisión de imágenes por cable C.A.T.V.

26. Redes urbanas de transmisión de información: Redes multiservicio y telegestión de servicios de infraestructura.

27. Ciudades inteligentes e infraestructura: Visión de las ciudades inteligentes, la infraestructura del futuro en los núcleos urbanos, los meganúcleos y el medio ambiente.

—Edificación.

28. Norma básica de la edificación de condiciones térmicas.

29. Norma básica de la edificación. Protección contra incendios en los edificios.

30. Accesibilidad y entorno en los edificios.

31. Supresión de barreras urbanísticas.

32. Instalaciones de calefacción en los edificios.

—Electricidad.

33. Líneas eléctricas aéreas de alta tensión.

34. Redes aéreas para distribución de energía eléctrica en B. T.

35. Redes subterráneas para distribución de energía eléctrica en B.T.

36. Instalaciones de enlace en B. T.

37. Instalaciones interiores de viviendas.

38. Instalaciones en locales de pública concurrencia.

39. Instalaciones en locales de características especiales.

40. Instalaciones en locales con fines especiales.

41. Inspección de las instalaciones.

42. Terminología, homologación de materiales y aparatos para instalaciones, puesta a tierra, protecciones, instalaciones de puesta a tierra, instalaciones eléctricas de interior y exterior en Alta Tensión.

— Agua.

43. Tuberías, materiales y esfuerzos hidráulicos.

44. Tratamientos de potabilización del agua.

45. Los depósitos en los sistemas de distribución.

46. Estaciones de bombeo de inyección directa a la red.

—Reglamentación industrial.

47. Clasificación de los refrigerantes y clasificación de los sistemas de refrigeración.

48. Materiales empleados en la construcción de equipos frigoríficos, maquinaria frigorífica y accesorios. Salas de máquinas en instalaciones frigoríficas.

49. Instrucción técnica complementaria relativa a calderas, economizadores, precalentadores, sobrecalentadores y recalentadores.

50. Instrucción técnica complementaria referente a instalaciones de tratamiento y almacenamiento de aire comprimido.

51. Reglamento de aparatos elevadores para obras.

52. Instrucción técnica complementaria referente a grúas torre desmontables para obra.

53. Prescripciones específicas de instalaciones de calefacción y agua caliente sanitaria.

54. Recepción de las instalaciones de calefacción y agua caliente sanitaria.

—Transporte.

55. Carreteras y caminos de Gipuzkoa. Clasificación, dominio público. Zonas de protección.

—Seguridad y Salud Laboral.

56. Protección colectiva. Aplicaciones a la actividad de la construcción.

57. Protección individual.

58. Normas de seguridad en el sector de la electricidad.

59. Lugares y espacios de trabajo.

—Calidad, Control y Organización.

60. Control de calidad en los proyectos de la administración.

61. Calidad de servicio y atención al ciudadano.

62. Seguimiento y control del proyecto, factores principales que condicionan el éxito de los proyectos.

63. Redacción de los pliegos de especificaciones.

64. Inspección técnica de edificios: Orígenes de los siniestros en la construcción.

65. Inspección técnica de edificios: Los siniestros más frecuentes en la construcción.

66. Inspección técnica de edificios: Responsabilidad y responsables en la construcción.