| Número 80 | Fecha 02-05-2002 | Página 8322 |
AYUNTAMIENTO DE USURBIL
Recaudación
Edicto
El Jefe del Servicio de Recaudación del Ayuntamiento de Usurbil.
Hace saber: Que en expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Recaudación Municipal contra los deudores a este Ayuntamiento a continuación reseñados, por los débitos que se expresan, fue dictada providencia por el Señor Tesorero, cuyo tenor literal decía lo siguiente:
«PROVIDENCIA. Notificado el deudor de los débitos apremiados y habiendo transcurrido el plazo señalado en el art. 97 del Reglamento de Recaudación del T.H. de Gipuzkoa sin haberlos satisfecho, procédase al embargo de sus bienes en cantidad suficiente para cubrir el principal, el recargo de apremio, los intereses y las costas del procedimiento, observando en todo momento el orden establecido en el art. 101 del citado Reglamento».
Los débitos apremiados mediante la transcrita providencia responden al siguiente detalle:
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Espediente zk. Expediente N.º |
Jakinarazpenaren hartzailea Destinatario de la notificación |
Helbidea Dirección |
Nagusia Principal |
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385/A1 |
ARROYO RUIZ RAFAEL |
CM CASERIO PARADA 22-DONOSTIA |
30,05 |
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721/A0 |
BORDA TORREGARAY JOSE MARIA |
ALPERRO BURU KALEA 8, 2-EZK-USURBIL |
30,05 |
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388/A1 |
PEREZ NIETO JUAN JOSE |
GENERAL JAUREGI 4-DONOSTIA |
30,05 |
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346/A1 |
REMISEIRO RIVAS MANUEL ALEJANDRO |
PONTEVEDRA |
30,05 |
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243/A1 |
RODRIGUEZ MORENO FELICIANA |
ERREKATXIKI KALEA 4, 3-B-USURBIL |
30,05 |
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377/A0 |
SANCHEZ ZURIARRAIN JUAN JOSE |
PORTU AUZOA 16, 1-DCH-HERNANI |
30,05 |
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2070/A1 |
UNANUE ECENARRO MARIA ARANZAZU |
ERREKATXIKI KALEA 6, 3-D-USURBIL |
30,05 |
Y no siendo posible notificar a los citados deudores la transcrita providencia, por ignorarse su actual paradero, se lleva a efecto la notificación por medio del presente edicto, según dispuesto por el artículo 92.6 del Reglamento de Recaudación, el cual será publicado en el Boletin Oficial de Gipuzkoa y fijado en los tablones de anuncios del Ayuntamiento de esta Villa y de esta Recaudación.
Recursos. Recurso de reposición ante el Tesorero de este Ayuntamiento dentro del mes siguiente a la presente notificación. Contra la denegación expresa o tácita del mencionado recurso podrá Ud. interponer, con carácter potestativo y previo al recurso contencioso-administrativo, reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Foral de Gipuzkoa en el plazo de un mes (art. 14 de la Norma Foral 11/1989 reguladora de las Haciendas Locales de Gipuzkoa), bien entendiendo que el procedimiento no se suspenderá sino en los términos y requisitos establecidos en el art. 90 del Reglamento de Recaudación del T.H. de Gipuzkoa.
Intereses de demora. Las cantidades adeudadas devengarán intereses de demora desde el día siguiente a la terminación del periodo voluntario hasta su ingreso en Recaudación (art. 127.1 y 58.2.b) de la Norma Foral General Tributaria).
Usurbil, a 24 de abril de 2002.—El Jefe del Servicio de Recaudación. (4417)