| Número 177 | Fecha 14-09-2001 | Página 17328 |
DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA
GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE GIPUZKOA
Unidad de Recaudación Ejecutiva 20/02
Edicto
Arantza García De la Iglesia, Recaudadora Ejecutiva de la Unidad de Recaudación de la Seguridad Social 20/02:
Hace saber: Que intentada la notificación al deudor M. Pilar Ikatzeta Berasategi, D.N.I./C.I.F.: 15.077.240-G, N.º Afil/C.C.C 20007065796, Expediente n.º 019300354 en el último domicilio conocido de la retención practicada en la Entidad Financiera Kutxa por importe de 31.940 ptas por deudas contraídas con la Seguridad Social en el Régimen General en los periodos 5-10/93 y 6/94, la misma ha resultado imposible llevarla a efecto por resultar desconocido, o en su caso ausentes de los mismos.
De conformidad con el artículo 109 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, Real Decreto 1.637/95, 6 de octubre (Boletín Oficial del Estado de 24/10).
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio (Boletín Oficial del Estado del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del día 31), de Medidas Fiscales, administrativas y de orden social significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Al mismo tiempo comunico que el procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 184 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.
Donostia-San Sebastián, a 3 de setiembre de 2001.—La Recaudadora Ejecutiva, Arantza García de la Iglesia. (9363)