| Número 155 | Fecha 14-08-2001 | Página 15700 |
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La Comisión de Gobierno, en sesión celebrada el día 1 de junio de 2001, acordó, entre otros, efectuar la convocatoria pública para la cobertura por el sistema de concurso-oposición, turno libre, de una plaza de Técnico de Administración General y aprobar las bases que han de regir dicha convocatoria.
Consecuentemente, se procede a la convocatoria de la plaza y a la publicación de las bases.
El presente acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa. Contra el mismo podrá interponer los siguientes recursos:
—Recurso Contencioso Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa de este acuerdo.
—Recurso de Reposición ante la Comisión de Gobierno (con caracter potestativo) y previo al Recurso señalado en el apartado anterior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo.
Lo que se publica para general conocimiento.
La Comisión de Gobierno, en sesión celebrada el día 1 de junio de 2001, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
1. Aprobar las bases generales reguladoras de los procesos para la provisión de plazas previstas en la oferta de empleo público para el 2001.
BASES GENERALES REGULADORAS DE LOS PROCESOS PARA LA PROVISION DE PLAZAS PREVISTAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO PARA EL AÑO 2001
1.Objeto de la convocatoria y normas generales.
El objeto de la presente convocatoria es la provisión mediante el sistema de Concurso-Oposición libre de las plazas que se indican en los correspondientes anexos, integrantes de la plantilla de funcionarios/as del Ayuntamiento de Tolosa.
Las plazas convocadas se proveerán conforme a los perfiles lingüísticos que, en cada caso, se establezcan.
Las listas de aspirantes que, habiendo superado los ejercicios eliminatorios, excedan del número de plazas convocadas, podrán ser utilizadas como Bolsa de Trabajo para cubrir necesidades de personal no permanente en puestos idénticos o similares.
2.Características de los puestos.
La jornada laboral será la que se establezca anualmente por el Ayuntamiento de Tolosa atendiendo en todo caso a la naturaleza y necesidades específicas de los puestos.
Las funciones y demás características de las plazas serán las especificadas para cada una de ellas en los correspondientes anexos.
Las referidas plazas se integran en la plantilla unitaria del Ayuntamiento y no conllevan derecho a prestar servicios en un destino determinado, pudiendo los/as empleados/as ser trasladados/as a otros.
3.Requisitos de los/as candidatos/as.
Para ser admitido/a y, en su caso, tomar parte en el concurso-oposición serán requisitos necesarios:
a)Tener la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea.
b)Tener cumplidos 18 años de edad.
c)Estar en posesión, o haber abonado los derechos para obtener la titulación exigida en el anexo correspondiente.
d)Estar en posesión del perfil lingüístico correspondiente a la plaza a la que se opta, en el caso de tenerlo fijado con carácter preceptivo, a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, o en su caso, con las particularidades que el anexo para cada caso establezca.
e)Cumplir las condiciones específicas que para alguna de las plazas se establecen en el correspondiente anexo.
f)No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.
g)No estar incurso/a en ninguna causa legal de incapacidad e incompatibilidad, de acuerdo con lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre de Incompatibilidad del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, sin perjuicio para los/as que ocupan ya un cargo público o una actividad privada incompatible de ejercitar el derecho de opción a que se refiere la citada norma legal.
Todos estos requisitos deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión.
4.Presentación de instancias.
Las instancias se ajustarán al modelo oficial y normalizado que se adjunta a las siguientes bases y que también será facilitado en el Ayuntamiento de Tolosa.
Las instancias solicitando ser admitido/a en el concurso-oposición se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Tolosa, debiendo reunir los siguientes requisitos para no ser rechazadas:
a)Los/as aspirantes, deberán hacer constar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base 3.ª y las específicas de la plaza a la que opten, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.
b)Asimismo, deberán hacer constar los datos referentes a los méritos que se valorarán en la fase de concurso. No serán objeto de valoración aquellos méritos que no se aleguen y acrediten documentalmente junto con la instancia.
c)Las instancias deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
—Fotocopia que acredite el cumplimiento del perfil lingüístico de la plaza a la que se opte, a efectos de la exención del examen de euskera.
—Documentos que acrediten los méritos alegados en la instancia, al objeto de su valoración en la Fase de Concurso:
Los servicios prestados en las Administraciones Públicas deberán ser acreditados mediante certificación expedida por el órgano competente, con indicación expresa de la categoría profesional y puesto desempeñado, funciones desarrolladas, período de tiempo y régimen de dedicación.
La experiencia en empresas privadas deberá ser acreditada mediante certificación de la empresa de servicios prestados, con expresión del puesto y de las funciones desarrolladas, períodos y porcentaje de tiempo en dichas funciones, y además certificación de la Seguridad Social, o en su defecto certificación fiscal. También se considerará válida la fotocopia del contrato de trabajo, siempre que vaya acompañada de certificación de la cotización a la Seguridad Social.
Los/as trabajadores/as autónomos/as, deberán aportar una copia de la licencia fiscal y certificación de cotizaciones al régimen autónomo o certificado del período de alta en el impuesto de actividades económicas, además de documentación relativa a los trabajos profesionales desarrollados.
Los servicios prestados y la experiencia profesional en el Ayuntamiento de Tolosa, siempre y cuando haya sido alegado en la instancia, no habrá que acreditarlo documentalmente y se valorarán en base a los datos que obren en los expedientes personales de los candidatos.
Los cursos formativos deberán ser acreditados mediante fotocopia de la certificación, con especificación del nombre de la entidad organizadora, nombre del curso, programa formativo y duración del curso. En caso de que no se especifique la duración en horas, quedará a criterio del Tribunal la valoración o no de este mérito.
d)Las instancias se presentarán debidamente cumplimentadas en el Registro General del Ayuntamiento de Tolosa dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Las instancias podrán también ser presentadas en las Oficinas de Correos, de acuerdo a lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el/la funcionario/a de Correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación. Sólo en ese caso se entenderá que las mismas han tenido entrada en el Registro del Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la Oficina de Correos.
Si alguna instancia adoleciese de algún defecto se requerirá a el/la interesado/a, de conformidad con el art. 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, para que en el plazo de diez días lo subsane o acompañe el documento preceptivo, con el apercibimiento de que si así no lo hiciese se archivará su instancia sin más trámite.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento a petición del /de la interesado/a o de oficio.
5.Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as en cada convocatoria, así como la designación de los miembros de los Tribunales Calificadores, que se harán públicas en el Boletin Oficial de Gipuzkoa y serán expuestas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tolosa, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para reclamaciones, a tenor del art. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Las listas provisionales se entenderán automáticamente elevadas a definitivas si no se produjeran reclamaciones. Si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en una nueva resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que se hará pública en la forma indicada.
Contra dicha resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la lista de admitidos/as y excluidos/as en el Boletin Oficial de Gipuzkoa, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se estime procedente.
6.Tribunal calificador.
El Tribunal Calificador de cada convocatoria estará constituido de la siguiente forma:
Presidente:
—El Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, o persona en quien delegue.
Vocales:
—Un/a representante del Instituto Vasco de Administración Pública.
—Un/a representante del Instituto Vasco de Administración Pública para la evaluación del conocimiento de Euskera.
—Un/a técnico de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
—Un/a Técnico Municipal.
—Un/a representante del personal, designado por la representación sindical.
Secretario:
—El Secretario General de la Corporación, o persona en quien delegue.
El Tribunal queda integrado además por los/as suplentes respectivos/as, que, simultáneamente con los titulares, habrán de designarse.
Los Tribunales podrán disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
Los miembros de los diferentes Tribunales podrán ser recusados si concurren las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o si se hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Al menos la mitad de los Vocales integrantes del Tribunal Calificador deberán poseer una titulación correspondiente al mismo área de conocimientos que la exigida para el ingreso, y la totalidad de los mismos de igual o superior nivel académico.
Previa convocatoria, se constituirán los Tribunales, con asistencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión, los Tribunales acordarán todas las decisiones que les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
A partir de su constitución, los Tribunales, para actuar válidamente, requerirán la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.
El procedimiento de actuación de los Tribunales se ajustará, en todo momento, a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En ningún caso los Tribunales podrán aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
No obstante lo señalado en el precedente párrafo, a los solos efectos de conformar una Bolsa de Trabajo con validez de cuatro años, el Tribunal facilitará la lista de aspirantes examinados/as con el orden de prelación de las calificaciones, que habiendo superado los ejercicios eliminatorios, excedan del número de plazas convocadas.
7.Proceso selectivo.
Todos/as los/as aspirantes deberán acudir a la realización de los ejercicios acompañados del Documento Nacional de Identidad, cuya presentación podrá exigirla el tribunal en cualquier momento. La falta de presentación de este documento o de cualquier otro que acredite la personalidad, determinará la automática exclusión del/de el/la aspirante del procedimiento selectivo.
Los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificadas y libremente apreciadas por el Tribunal.
Los ejercicios del Concurso-Oposición no podrán comenzar hasta transcurridos dos meses desde la publicación del último anuncio oficial de convocatoria en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.
La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio se anunciará con una antelación no inferior a 7 días naturales en la resolución por la que se apruebe la relación definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as que se publicará en el Boletin Oficial de Gipuzkoa. Los sucesivos anuncios de celebración de los restantes ejercicios serán publicados con una antelación mínima de 72 horas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
No obstante lo establecido en el párrafo anterior, el Tribunal calificador podrá disponer la celebración de las pruebas de la fase de oposición en orden diferente al previsto en la base octava, así como la celebración de varias pruebas el mismo día.
En este caso, sólo entrará a evaluar cada prueba, respecto de los que hayan superado la anterior.
Los ejercicios posteriores serán anunciados por el Tribunal en la forma en que juzgue conveniente para facilitar su conocimiento.
Los ejercicios, escalas de puntuación y demás criterios de evaluación correspondientes a las fases de Oposición y de Concurso aparecen en los anexos correspondientes a cada convocatoria.
8.Propuesta del Tribunal.
La calificación final de cada aspirante que haya superado las pruebas eliminatorias estará constituida por la suma de puntuaciones obtenidas en la Fase de Oposición, más las obtenidas en la fase de Concurso, lo que determinará el orden de puntuación definitivo.
Terminada la calificación de los ejercicios, y los resultados de la valoración del Concurso, el Tribunal hará público en el tablón de anuncios, el nombre del/de la aspirante propuesto/a, según el orden de puntuación final.
Si el Tribunal apreciare que ninguno/a de los/as aspirantes presentados/as a la plaza reúne las condiciones mínimas necesarias para desempeñar el puesto, declarará desierta la misma.
El Tribunal en ningún caso propondrá mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas.
El Tribunal elevará el acta al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Tolosa, para que elabore la correspondiente propuesta de nombramiento.
9.Presentación de documentación.
Los/as aspirantes propuestos/as deberán presentar en el plazo de 20 días naturales a partir de la publicación referida en la anterior base, los documentos originales acreditativos del cumplimiento de las condiciones que se exigen para tomar parte en el Concurso-Oposición.
Si dentro del plazo señalado en este apartado, y salvo causas de fuerza mayor, los/as aspirantes propuestos/as no presentaran la documentación requerida o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados/as y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad. En este caso, el órgano competente formulará propuesta de nombramiento en favor de quien o quienes habiendo superado el Concurso-Oposición, ocupase el siguiente lugar en el orden de puntuación final.
Para el caso de que la persona esté desempeñando cualquier otra actividad pública o privada deberá solicitar y obtener, inexcusablemente, del Pleno Municipal, la correspondiente declaración de compatibilidad, con carácter previo al nombramiento.
El/la aspirante que resulte nombrado/a para esta plaza quedará sometido/a, desde el momento de su toma de posesión, al régimen de incompatibilidades vigente y no podrá simultanear el desempeño de aquélla con el de cualquier otra plaza, cargo o empleo remunerado con fondos del propio Ayuntamiento, Estado, Entidades y Corporaciones Locales, de empresas que tengan carácter oficial o relación con dichos organismos, aunque el sueldo tenga carácter de gratificación o emolumentos de cualquier clase. Conforme a la legislación vigente, tampoco podrá desempeñar o ejercer cualquier otra actividad lucrativa o no, que a juicio de la Corporación sea incompatible con las funciones ejercidas correspondientes al puesto de trabajo de que se trate.
10.Periodo de prácticas.
Los/as aspirantes propuestos/as serán nombrados/as funcionarios/as en prácticas, una vez que hayan aportado la documentación a la que se hace referencia en la base anterior.
El período de prácticas tendrá una duración máxima de 6 meses, o lo que para cada caso se prevea en el anexo a estas bases.
Antes de la finalización de dicho período, el jefe inmediato correspondiente emitirá un informe, en el que se tendrán en cuenta las aptitudes demostradas en cuanto a capacidad de trabajo y rendimiento profesional; sentido de responsabilidad y eficiencia, disposición e iniciativa así como el interés demostrado por el trabajo. Se tendrá en cuenta asimismo la capacidad demostrada en cuanto a la integración en el equipo de trabajo.
Si los/as aspirantes superan el período de prácticas, serán nombrados/as funcionarios/as de carrera. En caso contrario, perderán todos los derechos a su nombramiento como funcionarios/as de carrera.
11.Incidencias.
El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del Concurso-Oposición, en todo lo no previsto en estas Bases y en la legislación de aplicación supletoria.
12.Impugnaciones.
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados, en los plazos y forma previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO I
TECNICO/A DE RECURSOS HUMANOS
1.Características de la plaza.
Denominación: Funcionario de la Escala de Administración General. Subescala Técnica. Clase: Técnico de administración General, para el puesto de trabajo de Técnico de Recursos Humanos.
Número de plazas: 1.
Grupo: A.
Nivel: 22.
Titulación exigida: Licenciado en Derecho, Ciencias Políticas, Económicas o Empresariales.
Perfil lingüístico 4 con carácter preceptivo a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Sistema de selección: Concurso-Oposición libre.
2.Funciones.
Dependiendo de su superior jerárquico son funciones propias del puesto de trabajo, y de las que es responsable, las siguientes:
—Funciones Básicas:
—Elaborar propuestas de Plan de Empleo, medidas de racionalización de recursos humanos y Relación de Puestos de Trabajo, Plantilla Orgánica y Ofertas de Empleo Público, Organigrama municipal, dirigiendo en la materia la actuación de los Organismos Autónomos Municipales.
—Elaborar bases para la selección, contratación y promoción de personal, y coordinar todos los proceso de reordenación, provisión, promoción interna y selección.
—Asistir como Secretario/a de los Tribunales Calificadores de pruebas de Selección de Personal cuando le sea delegado por el Secretario.
—Estudiar e informar cualquier petición o reclamación en materia de personal.
—Impulsar y apoyar técnicamente la elaboración de Programas de Actuación por Departamentos.
—Estudio de la implantación de la Dirección por Objetivos y propuesta de aplicación.
—Colaborar en la integración de los Programas por Departamentos, conformación del Plan de Actuación Municipal.
—Supervisar el avance de la ejecución de los Programas y coordinar la actuación al respecto de los diversos servicios.
—Elaborar, desarrollar y coordinar programas de formación de personal.
—Fomentar y cuidar la existencia de un clima laboral que favorezca la relación interpersonal y grupal, así como supervisar las condiciones higiénico sanitarias, ambientales, seguridad laboral, etc. de toda clase en que se desenvuelve.
—Confeccionar la propuesta del calendario laboral y plan de vacaciones anual.
—Colaborar con el/la Interventor/a de fondos municipales para elaborar la Plantilla Presupuestaria anual.
—Operar en pantalla con cualquier tipo de programa informático.
—Efectuar estudios y propuestas de mejora organizativa informática: Estructura, distribución de tareas, redimensionamiento de personal, definición de procesos, canales y soportes de información.
—Dirigir y coordinar la implantación de nuevas aplicaciones informáticas.
—Impulsar la actualización y mejora de los procesos informáticos y en definitiva la dirección del servicio informático del Ayuntamiento.
—Jefatura de los servicios informáticos del Ayuntamiento.
—Responsable de la Unidad de Personal
—Funciones ocasionales:
Elaborar borradores de ordenanzas, reglamentos, planes, pliegos de condiciones económico-administrativas, programas de trabajo y cuantos informes puntuales le sean requeridos.
Suplir al Secretario o a otros Técnicos de Administración General.
Realizar cualesquiera otras funciones propias de su cargo.
3.Fase de oposición.
—Primer ejercicio. Obligatorio y eliminatorio.
Prueba de euskera: Consistirá en una prueba oral y escrita sobre conocimientos de euskera, destinada a acreditar el perfil lingüístico preceptivo 4. No tendrán que realizar esta prueba aquellos aspirantes que ya tengan acreditado dicho perfil.
Este ejercicio se calificará como apto o o no apto.
—Segundo ejercicio. Obligatorio y eliminatorio.
Consistirá en la realización de un ejercicio teórico relacionado con el temario del Anexo II.
Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 para superarlo.
—Tercer ejercicio. Obligatorio y eliminatorio.
Constara de dos apartados: Uno teórico y otro practico, siendo necesaria la superación de cada apartado:
Apartado teórico:
Contestar por escrito al tema «Temas o Preguntas al efecto por el Tribunal»; todas ellas referidas al temario del Anexo III.
Este apartado se valorará sobre un máximo de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 7,5 para superarlo.
Apartado practico: Consistirá en resolver el o los supuestos prácticos que plantee el tribunal, relacionados con el temario especifico adjunto del Anexo III.
Este apartado se valorara sobre un máximo de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 para superarlo.
—Cuarto ejercicio.
Consistirá en la realización de un ejercicio en Word, Access y Excel, destinado a evaluar las aptitudes informáticas para desempeñar el puesto.
Este apartado se valorará sobre un máximo de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 para superarla.
—Quinto ejercicio. Psicotécnico Obligatorio para todos los aspirantes.
Consistirá en la realización de pruebas de aptitudes destinadas a evaluar la mayor o menor adecuación del perfil técnico-humano del aspirante al propio del puesto.
Este ejercicio se calificara sobre un máximo de 10 puntos.
Meritos de la fase de concurso.
Serán valorados los siguientes méritos:
a)Experiencia profesional relacionada con las funciones de la plaza a la que se opta, hasta un máximo de 7 puntos.
b)Formación complementaria en materias relacionadas con las funciones del puesto y en general actividades no propiamente laborales que a juicio del Tribunal hayan podido redundar en beneficio del perfeccionamiento profesional de los aspirantes. Se valorará hasta un máximo de 3 puntos.
ANEXO II
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Los Principios Constitucionales. El Estado Social y democrático de Derecho.
Tema 2. La Constitución Española de 1978. Derechos Fundamentales, libertades públicas, derechos sociales y económicos. La protección y suspensión de Derechos Fundamentales.
Tema 3. El Poder Judicial. Regulación Constitucional. El Consejo General del Poder Judicial. La nueva organización de la Administración de Justicia.
Tema 4. La Comunidad Autónoma de Euskadi o País Vasco. El Estatuto de Autonomía de 1979: Estructura y contenidos generales.
Tema 5. La Ley de Territorios Históricos del País Vasco. Hacienda y Patrimonio del País Vasco. Conciertos Económicos.
Tema 6. La Administración Local en la Constitución de 1978. El Principio de Autonomía: Su significado y alcance. Garantía lnstitucional de la Autonomía Local.
Tema 7. Administración Pública y Derecho Administrativo: Conceptos. La sumisión de la Administración al Derecho. El Principio de legalidad.
Tema 8. Principios Generales del Ordenamiento Tributado. Los ingresos públicos en general: Concepto y clasificación. Los tributos: Concepto y clases.
Tema 9. El acto administrativo. concepto. Clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo.
Tema 10. El procedimiento administrativo. La Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las fases del procedimiento administrativo. El silencio administrativo.
Tema 11. Dimensión temporal del procedimiento. Recepción y registro de documentos. El interesado y su representación. Comunicaciones y notificaciones.
Tema 12. La eficacia de los actos administrativos y su condicionamiento. Ejecutividad y suspensión. La ejecución de los actos administrativos.
Tema 13. La teoría de la invalidez del acto administrativo. Actos nulos y anulables. La convalidación del acto administrativo. La revisión de oficio.
Tema 14. La contratación administrativa. Naturaleza jurídica de los contratos administrativos. Distinción de los civiles. Clases de contratos administrativos. La Ley 13/95 de Contratos de las Administraciones Públicas.
Tema 15. Elementos de los contratos. Los sujetos. Objeto y causa de los contratos administrativos. La Forma de la contratación administrativa. Procedimientos de contratación y forma de adjudicación de los contratos. La formalización de los contratos.
Tema 16. El servicio público. Los modos de gestión del servicio público. La gestión directa. El contrato de gestión de servicios públicos.
Tema 17. Las formas de la Acción Administrativa. La actividad de fomento. Principales manifestaciones y medios.
Tema 18. La responsabilidad de la Administración. Evolución y régimen actual.
Tema 19. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Naturaleza, extensión y límites.
Tema 20. El recurso Contencioso-Administrativo. Las partes. Actos impugnables. Procedimiento general. La Sentencia y su ejecución. Procedimientos especiales.
ANEXO III
Tema 21. El término municipal. La población municipal. Consideración especial del vecino. El empadronamiento municipal.
Tema 22. Organización y competencia municipales. El Reglamento Orgánico.
Tema 23. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos colegiados.
Tema 24. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Procedimiento de Elaboración y aprobación.
Tema 25. Los órganos de gobierno municipales. El Alcalde: Elección, deberes y atribuciones.
Tema 26. El Ayuntamiento: Composición. La elección de Concejales. El Pleno y otros órganos colegiados de gobierno. Régimen de sesiones y acuerdos municipales.
Tema 27. Estructura y configuración de la Hacienda Local: Clasificación de los ingresos.
Tema 28. Ordenanzas fiscales.
Tema 29. Impuestos municipales. Análisis de sus principales figuras.
Tema 30. Tasas, contribuciones especiales y precios públicos.
Tema 31. El presupuesto de las Entidades locales: Contenido, aprobación, ejecución y liquidación.
Tema 32. La Función Pública Local: Clases de funcionarios de Administración Local. Concepto de funcionario público.
Tema 33. Organos competentes en materia de personal. Competencias de las corporaciones locales: Del pleno y del alcalde. Normas reguladores de la función pública local.
Tema 34. Estructura y organización de la función pública local: Plantillas. Relaciones de puestos de trabajo. El registro de personal.
Tema 35. Oferta de empleo público. Regulación. Tramitación. La selección de funcionarios: Sistemas de selección y bases de convocatoria. Requisitos para el acceso a la función pública. Provisión de puestos de trabajo.
Tema 36. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
Tema 37. La jubilación: Modalidades. Derechos pasivos. Prestaciones.
Tema 38. Situaciones administrativas. Análisis de los diferentes supuestos. Reingreso.
Tema 39. Derechos no económicos de los funcionarios. Licencias. Permisos. Vacaciones. Derechos sindicales. Derechos asistenciales. Otros derechos.
Tema 40. Régimen retributivo de los funcionarios locales. Regulación. Retribuciones básicas. Retribuciones complementarias. Otros derechos económicos de los funcionarios.
Tema 41. Funcionarios interinos. Funcionarios eventuales. Funcionarios en prácticas.
Tema 42. Deberes de los funcionarios de Administración Local. Incompatibilidades.
Tema 43. Responsabilidad de los funcionarios. Régimen disciplinario.
Tema 44. Funcionarios propios de las entidades locales. Funciones reservadas. Clasificación. Escala de Administración General. Escala de Administración Especial.
Tema 45. Funcionarios propios de las entidades locales. Especial consideración de la Policía Local. Ley de policía del País Vasco.
Tema 46. Funcionarios con habilitación de carácter nacional: Categorías y atribuciones, dependencia orgánica y funcional y peculiaridades de su régimen jurídico.
Tema 47. La Seguridad Social: Concepto. La Seguridad Social en el ordenamiento jurídico español. Texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social (R.D. Legislativo 1/94 de 20 de junio). Legalidad vigente.
Tema 48. La relación jurídica de Seguridad Social. El principio de solidaridad. Los sujetos de la relación jurídica de Seguridad Social: Sujetos protegidos y el Estado.
Tema 49. Los sujetos de la relación jurídica de Seguridad Social. Las entidades gestoras de la Seguridad Social y Organismos Autónomos (INSS, Insalud, Inserso, Inem).
Tema 50. Los sujetos de relación jurídica de Seguridad Social. Entidades colaboradoras y servicios comunes. Mutuas. Tesorería General de la Seguridad Social.
Tema 51. Objeto de la regulación jurídica de Seguridad Social. Las necesidades protegidas.
Tema 52. Contingencias protegidas. Alteración de la salud. Incapacidad laboral. Invalidez. Muerte.
Tema 53. Contingencias protegidas. Vejez. Desempleo. Familia.
Tema 54. Riesgos o causas secundarias de necesidad o accidente de trabajo: Sistemas de protección. La enfermedad profesional. Los riesgos genéricos: Accidente no laboral. Enfermedad común.
Tema 55. La relación jurídica de afiliación. Constitución de la relación jurídica: Inscripción de empresas y libro de matrícula. La relación instrumental de afiliación: Sujetos; objeto: Procedimiento de afiliación, altas y bajas.
Tema 56. La relación jurídica de cotización: Sujetos, objeto. Recaudación de cuotas.
Tema 57. a relación jurídica de protección: Sujeto, objeto. Las prestaciones. La responsabilidad en la relación protectora: Responsabilidad empresarial: En especial la derivada del sistema Seguridad Social.
Tema 58. Personal laboral de las administraciones locales. Regulación. Fuentes de la relación laboral.
Tema 59. Modalidades de contrato de trabajo. Contratos laborales temporales.
Tema 60. Contenido del contrato de trabajo. Duración. Derechos y deberes derivados del contrato.
Tema 61. Contenido del contrato de trabajo. Salarios y garantías salariales. Jornada laboral. Licencias, permisos y vacaciones.
Tema 62. Modificación y suspensión del contrato de trabajo. Extinción y sus causas.
Tema 63. Los convenios colectivos.
Tema 64. Derechos de representación colectiva y de reunión de los trabajadores.
Tema 65. Faltas y sanciones de los trabajadores. Infracciones laborales.
Tema 66. Reclamaciones previas a la vía judicial laboral. Procedimiento laboral: Despidos y sanciones.
Tema. 67. Teoría de la organización. Problemas actuales de las organizaciones. El factor humano en la Administración. Planificación de los recursos humanos.
Tema 68. Los programas formativos en las organizaciones. Los valores de la formación: Importancia estratégica. Objetivos y necesidades. La planificación. Tipos de formación. Evaluación de la formación.
Tema 69. Selección de personal. Objetivos. Definición de los perfiles profesionales. Técnicas de selección. Inventario de recursos humanos.
Tema 70. La evaluación del rendimiento. Justificación. Proyección en la selección y formación.
Tema 71. Calidad de vida en el trabajo. El ambiente social en la organización. La calidad en las condiciones de trabajo. Planes de mejora y círculos de calidad. Técnicas de distribución en planta, iluminación.
Tema 72. La Dirección. Tipos de dirección y sus repercusiones. El sistema de dirección por objetivos. Teoría de la decisión, Jerarquía, liderazgo y participación. La toma de decisiones. Proceso autonómico, consultivo o grupal. Técnicas de apoyo a la dirección: Las reuniones.
Tema 73. La planificación y programación de la actividad administrativa. Registro, proceso y acceso a la información. Técnicas aplicadas a la Administración, la estadística, la informática. Las técnicas de simplificación y normalización de documentos.
Tema 74. Las encuestas. Diseño y prueba del cuestionario. El diseño de la muestra. Métodos estructurales Sistemas de análisis de trayectorias, biografías, sedes y mecanismos formales e informales de organización.
Tema 75. La estadística como instrumento. Aplicaciones y funciones. Su interpretación, uso y control de la fiabilidad técnica de los resultados. Concepto de muestreo y tipos. Concepto de probabilidad. Mediadas de posición: Media, Moda, Mediana.
Tema. 76. Estructura y acceso a las bases de datos. Aplicaciones de la informática en la Administración. Sistemas ofimáticos: Word, Access, Escel, Intenet, Correo Electrónico, etc.
Tema 77. Organización de los servicios informáticos (OSI). Distribución del trabajo. Estudios y proyectos. Jerarquización de objetivos y determinación de procesos y fases de la implementación.
Tema 78. Organización de un centro de proceso de datos. Fases en la mecanización de la gestión y cualificaciones personales que se requieren. Estructuras básicas. Funciones y características de las estructuras en un CPD.
Tema 79. Redes de comunicación de datos. Causas del nacimiento de una red de datos. Equipos que la componen. Servicios que proporcionan las redes. Fiabilidad y seguridad de las redes en su transmisión de datos. Redes de área local (LAN). Características. Topologías y arquitecturas. Modos y soportes de transmisión.
Tema 80. Las formas de actividad de las Entidades locales. La intervención administrativa local en la actividad privada. Estudio especial del régimen de licencias.
Tema 81. El servicio público. Concepto. Los modos de gestión del servicio público.
Tema 82. El servicio público en la esfera local. La organización de los servicios administrativos locales.
Tema 83. La iniciativa pública económica en la Administración Local. Acción de Fomento en la Administración Local. La subvención.
Tema 84. La contratación administrativa I: Ley de contratos de las Administraciones Públicas 13/1995 de 18 de mayo. Contratos administrativos y privados. Requisitos de los contratos. Contratos típicos.
Tema 85. La contratación administrativa II. Título III. De las actuaciones relativas a la contratación.
Tema 86. Elementos de los contratos. Los sujetos. Forma de contratación administrativa y sistemas de selección de contratista. La formalización de los contratos administrativos.
Tema 87. Derechos y deberes de la Administración y de los contratistas. Modificación de los contratos administrativos. Revisión de precios. Interpretación, resolución, rescisión y denuncia de los contratos públicos.
Tema 88. La expropiación forzosa. Concepto y elementos. Procedimiento general. Referencia a los procedimientos especiales. Garantías jurisdiccionales.
Tema 89. El dominio público. Concepto y naturaleza. Bienes que lo integran. Régimen jurídico del dominio público. Las mutaciones demaniales. Uso y utilización del dominio público. Estudio especial de la concesión.
Tema 90. El Patrimonio privado de las entidades públicas. El inventario municipal de bienes.
Tema 91. Planeamiento municipal. Planes generales. Planes parciales. Proyectos de Urbanización. Normas Complementarias y Subsidiarias de Planeamiento. Planes Especiales.
Tema 92. Formación de los planes territoriales de urbanismo de carácter municipal: Competencia y plazo y procedimiento de aprobación. Estándares Urbanísticos.
Tema 93. La clasificación del suelo. Limitaciones y deberes en función de la clasificación. Cesiones obligatorias.
Tema 94. Edificación y uso del suelo. Ordenes de ejecución. La declaración de ruina.
Tema 95. La licencia urbanística. Naturaleza y régimen jurídico. Relación de licencia de obras - licencia de apertura.
Tema 96. Disciplina urbanística. Infracciones urbanísticas. Responsabilidad de la Administración. Acciones y recursos.
Tema 97. Regulación de horarios de espectáculos públicos y actividades recreativas en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Tema 98. Espectáculos públicos y actividades recreativas. Objeto, definiciones, licencias. Facultades de inspección y control.
Tema 99. Actividades exentas de obtener licencia de actividad. Clases. Procedimiento administrativo.
Tolosa, a 1 de agosto de 2001.—El Alcalde en funciones.
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