| Número 115 | Fecha 15-06-2001 | Página 11332 |
RESOLUCION de fecha 21 de mayo de 2001 del Director de Energía, por la que se autoriza y aprueba el proyecto de ejecución de las instalaciones eléctricas de una planta de cogeneración de la empresa Azcue y Cía, S.A., en el término municipal de Azpeitia. Ref.ª: 27281/R.I.A. 185/00/Ml.
Visto el expediente incoado en la Oficina Territorial de Gipuzkoa a petición de la empresa Azcue y Cía, S.A. solicitando autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución para la construcción de las instalaciones eléctricas de una planta de cogeneración, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Capítulo III del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, en concordancia con lo establecido en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 54/1997 de 27 de noviembre del Sector Eléctrico (Boletín Oficial del Estado 28/11/97 y Disposición Transitoria undécima del R.D. 1955/2000 de 1 de diciembre (Boletín Oficial del Estado 27/12/00), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento administrativo de autorización de instalaciones eléctricas y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 21/92, de 16 de julio de Industria.
El Director de Energía, en virtud de las atribuciones conferidas en el Decreto 131/1999, de 23 de febrero, por el que se aprueba la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Industria, Comercio y Turismo (Boletín Oficial del País Vasco 26-2-99),
RESUELVE
Autorizar a la empresa Azcue y Cía, S.A. la construcción de las instalaciones eléctricas de una planta de cogeneración de energía eléctrica, mediante un grupo motor-alternador a gas natural, de 777 Kw. de potencia eléctrica, situada en el término municipal de Azpeitia, y aprobar el proyecto de ejecución presentado, firmado por el Perito Industrial D. Luis M.ª Arteaga Ansa, visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Gipuzkoa, el 8-8-2000.
Las características principales de la instalación son la siguientes:
—Un grupo motor-alternador a gas natural de 777 Kw. de potencia eléctrica, con alternador síncrono, tensión 400 V.
Las instalaciones eléctricas que se autorizan habrán de realizarse de acuerdo con el proyecto presentado.
La presente Autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la necesidad de obtención de los mismos.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer Recurso de Alzada ante el Viceconsejero de Energía, Ordenación y Administración Industrial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Vitoria-Gasteiz, a 21 de mayo de 2001.—El Director de Energía, Txaber Lezamiz Conde.
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