Boletín Oficial de Gipuzkoa

Número 86 Fecha 07-05-2001 Página 8467

7 ADMINISTRACION MUNICIPAL

AYUNTAMIENTO DE LEGAZPI
Aprobación definitiva de la ordenanza de ayudas a la creación de empleo

AYUNTAMIENTO DE LEGAZPI

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El Pleno del Ayuntamiento de Legazpi en sesión ordinaria celebrada el día 21 de febrero de 2001 aprobó con carácter inicial la Modificación de la Ordenanza de ayudas a la creación de empleo.

Transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan presentado alegaciones, la citada Ordenanza se entiende aprobada definitivamente por lo que se procede a su publicación.

Se añade a la redacción del artículo 3.º, los siguientes párrafos:

«En los supuestos de contratación a tiempo parcial, a la cuantía de la subvención se le aplicará la proporción que represente la duración de la jornada que figure en el contrato de trabajo en relación a la jornada laboral completa establecida en el convenio de aplicación. No se consideran subvencionables aquellos contratos de trabajo pactados para jornadas inferiores al 50% de la jornada establecida en el convenio de aplicación.

«Si durante el periodo de seguimiento de una contratación a tiempo parcial (tres años naturales) se produjera un incremento de jornada en dicho contrato, el interesado podrá solicitar la ampliación de la subvención en la parte correspondiente a la jornada incrementada».

El primer párrafo del artículo 15.º quedará redactado de la siguiente manera:

«La contratación fraudulenta realizada únicamente con el ánimo de percibir las ayudas, probada por el hecho de la producción, en el plazo de 3 años desde la contratación, de despidos declarados nulos o improcedentes o por llevar a cabo durante el citado plazo expedientes de reducción de plantilla, aunque estuviesen posibilitados por la legislación vigente, será considerada infracción grave a la presente Ordenanza, y conllevará la devolución de las cantidades percibidas, así como una sanción de 50.000 ptas.».

Legazpi, a 23 de abril de 2001.—El Alcalde.

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