| Número 44 | Fecha 02-03-2001 | Página 3977 |
SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN GIPUZKOA
Secretaría General
Edicto
Intentada sin efecto la notificación de la Propuesta de Denegación del Permiso de Residencia por este Centro al ciudadano cubano don Rafael Alexander Cañizares Alfonso, por denegación previa del Permiso de Trabajo por parte de la Dependencia de Trabajo y Asuntos Sociales de esta Subdelegación del Gobierno, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 96.2 del Real Decreto 155/96 de 2 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Ejecución de la Ley Orgánica 7/85, se publica el presente Edicto en cumplimiento de lo previsto en el apartado 4 del art. 59 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, concediéndole un plazo de diez días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este Edicto, para que pueda comparecer en el expediente alegando cuanto interese a su derecho.
De acuerdo con lo indicado en el artículo 42.4. de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la ley 4/1999, de 13 de enero, se comunica que, salvo suspensión del procedimiento debidamente establecida, el plazo para resolver y notificar la resolución que ponga fin al presente expediente será de seis meses a contar desde su iniciación; en caso de que transcurra dicho plazo sin haberse producido la circunstancia anterior, se declarará caducado el procedimiento denegatorio y se archivará sin más trámite.
Donostia-San Sebastián, a 15 de febrero de 2001.—El Secretario General, José Ramón Acosta Díaz. (2119)