Boletín Oficial de Gipuzkoa

Número 218 Fecha 16-11-2000 Página 18073

4 ADMINISTRACION DEL T.H. DE GIPUZKOA

DIPUTACION-CULTURA, EUSKERA, JUV. Y DEP.
Convocatoria y aprobación de las bases de la edición correspondiente a 2000 del premio Anton Abbadia

DIPUTACION FORAL DE GIPUZKOA

DEPARTAMENTO DE CULTURA, EUSKERA, JUVENTUD Y DEPORTES

Premio Anton Abbadia del Departamento de Cultura, Euskera, Juventud y Deportes 2000.

Mediante Orden Foral de 29 de noviembre de 1996 (Boletin Oficial de Gipuzkoa n.º 242, 17 diciembre 1996) se creó el premio Anton Abbadia, dirigido a reconocer la labor desarrollada por personas y entidades que hayan destacado en la defensa e impulso del uso social del euskera.

Conforme a lo dispuesto en el artículo segundo de la citada Orden Foral, anualmente se harán públicas mediante orden foral la convocatoria del premio Anton Abbadia, sus bases y las personas o entidades que pueden optar al mismo.

En consecuencia, el diputado foral titular del Departamento de Cultura, Euskera, Juventud y Deportes,

RESUELVE

Primero: Convocar la edición correspondiente a 2000 del premio Anton Abbadia cuya finalidad es la de reconocer la labor efectuada por las instituciones, entidades o personas físicas en el ámbito de la promoción del uso de euskera.

Segundo: Aprobar las bases reguladoras de la edición 2000 del premio Anton Abbadia.

Tercero: El premio Anton Abbadia correspondiente a la edición del presente año será entregado el 22 de diciembre de 2000, y conforme a la base quinta de las bases reguladoras el jurado estará compuesto de la siguiente forma:

Presidente:

—Luis M. Bandres Unanue, diputado foral del Departamento de Cultura, Euskera, Juventud y Deportes, o persona en quien delegue.

Vocales:

—Lorea Leanizbarrutia Bizkarralegorra, directora general de Normalización del Euskera, o persona en quien delegue.

—Karmele Esnal.

—Antton Olariaga.

—Frantziska Arregi.

—Jokin Azkue.

—Mikel Zalbide.

Secretario:

—Gotzon Egia, funcionario del Departamento de Cultura, Euskera, Juventud y Deportes.

Cuarto: El plazo de presentación de candidaturas en la edición 2000 del premio Anton Abbadia finalizará el día 11 de diciembre.

Quinto: La edición del premio Anton Abbadia correspondiente a 2000 consistirá en una medalla conmemorativa y una dotación económica por importe máximo de 2.000.000 de pesetas que se abonarán al ganador con cargo a la partida presupuestaria 0720.200.481.00.10.2000

Donostia-San Sebastián, a 9 de noviembre de 2000.—El Secretario Técnico, p.o., Ana Urkola Aranburu.

(6394) (11838)

Bases reguladoras del premio Anton Abbadia del Departamento de Cultura, Euskera, Juventud y Deportes.

1.Objeto.

El premio Anton Abbadia se concederá a la institución, entidad, persona física o jurídica, en base a su actividad cultural para la promoción, conservación y normalización del uso del euskera.

Para la concesión del premio se tendrán en cuenta la calidad y la significación de la obra o actividad recompensada y su aportación en conjunto en la consecución de los objetivos perseguidos.

Será tenida en cuenta igualmente, la trayectoria de la persona o entidad participante.

2.Periodicidad.

El premio se otorgará por el Departamento de Cultura, Euskera, Juventud y Deportes de la Diputación Foral de Gipuzkoa con periodicidad anual. Podrá declararse desierto, pero no podrá ser concedido dos veces a la misma persona o entidad.

3.Dotación del premio.

El premio consistirá en una medalla conmemorativa y tendrá, además, una dotación económica que se establecerá anualmente y que no podrá ser dividido.

4.Condiciones y presentación de candidaturas.

Se tendrán en cuenta los siguientes criterios a la hora de presentar candidaturas al premio Anton Abbadia:

—En los casos de personas físicas, no se admitirán propuestas a favor de personas ya fallecidas.

—Los candidatos propuestos han de ser de origen guipuzcoano, o directamente relacionados con Gipuzkoa en razón de su vida o actividad.

Podrán presentar candidaturas a este premio:

—Las personas jurídicas, siempre que se reúna el aval de al menos dos de ellas en favor de una misma candidatura.

—El Jurado que se señala en el apartado siguiente.

—El propio Departamento de Cultura, Euskera, Juventud y Deportes de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

A fin de que el Jurado pueda valorar la trayectoria en la defensa de los objetivos perseguidos por el premio, las proposiciones deberán ir acompañadas de los méritos que concurran en los candidatos.

5.Jurado.

Los méritos que concurran en las candidaturas presentadas al premio Anton Abbadia serán examinados y valorados por un jurado compuesto por:

Presidente:

—El Diputado Foral del Departamento de Cultura, Euskera, Juventud y Deportes de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Vocales: Actuarán como vocales las siguientes personas:

—La directora general de Normalización del Euskera.

—Tres personas cualificadas que serán designadas por el diputado foral de Cultura y Euskera de la Diputación Foral de Gipuzkoa, entre personalidades de reconocido prestigio en el mundo cultural.

—Las personas o representantes de las entidades premiadas en las dos ediciones anteriores.

Secretario:

—La secretaría del Jurado corresponderá a un funcionario del Departamento de Cultura, Euskera, Juventud y Deportes de la Diputación Foral de Gipuzkoa, que actuará con voz y sin voto.

La composición del jurado se hará pública a través del Boletin Oficial de Gipuzkoa.

6.Evaluación de candidaturas.

El Jurado evaluará las candidaturas presentadas y propondrá aquéllas que considere conveniente por la calidad y trayectoria de las personas o entidades en defensa de los objetivos perseguidos por el premio.

Con las candidaturas presentadas en una u otra de las formas señaladas en la base cuarta, el Jurado instruirá el expediente correspondiente que será secreto y en él se practicarán las diligencias necesarias para la investigación y acreditación de los méritos que concurran en la persona o entidad propuesta, a cuyo fin podrán designarse, de entre los miembros del Jurado, el instructor necesario que realizará, una vez finalizada la función informativa, la propuesta correspondiente al propio Jurado a la que acompañará las diligencias practicadas y los méritos considerados.

Tras la deliberación correspondiente, la Presidencia del Jurado, atendiendo a la propuesta de dicho órgano, resolverá la concesión del premio.

En caso de empate entre los miembros del Jurado, la Presidencia ostentará el voto de calidad.

El Jurado podrá proponer la declaración del premio desierto. Asimismo, tendrá la potestad de proponer menciones honoríficas.

El Secretario levantará acta de las sesiones del Jurado.

El plazo máximo para la elaboración de la propuesta por el Jurado será el señalado en la orden foral por la que se convoque la edición correspondiente.