| Número 128 | Fecha 08-07-1999 | Página 10841 |
Anuncio
El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 28 de junio de 1999, acordó proceder a la rectificación de los extremos que se detallan, en relación al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 13 de mayo de 1999 por el que se aprobará la Convocatoria y Bases para la contratación de un electricista dentro de la plantilla de laborales del Ayuntamiento de Azpeitia.
En primer lugar, que en el apartado c) de la Cláusula tercera, debe admitirse cualquier rama de formación profesional. En este sentido, los aspirantes que deseen tomar parte en la Convocatoria, deberán estar en posesión del Título de Bachiller, Formación profesional 2.ş, o equivalente.
En segundo lugar, habida cuenta de que la nueva contratación se define como un contrato de interinidad, y este puesto tiene, según la Relación de Puestos de Trabajo aprobados por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 4 de febrero de 1999, un perfil preceptivo 1 de euskera, la persona que ocupe el mismo puesto de trabajo debe probar su capacidad dentro de este perfil.
En tercer lugar, debe suprimirse lo establecido en la Cláusula décima, en cuanto a la posibilidad de una prórroga indefinida en base al informe elaborado por el Responsable de Personal del Ayuntamiento de Azpeitia, informe que deberá tener en cuenta la calidad del trabajo y rendimiento profesional de trabajador.
En cuarto lugar, dentro del apartado 1, de la Cláusula octava, y en las bases en Euskara, debe rectificarse la siguiente frase: «Bete nahi den lanpostuarekin zerikusia duten zereginak betez, Herri-Administrazioan egindako lanak, gehienez 20 puntu artean, hilabeteko 0.20 puntu emanez» debiendo rectificarse en la forma prevista en el apartado castellano, es decir 10 puntos.
Para finalizar, el apartado d) de la Cláusula novena debe rectificarse la siguiente frase « Si dentro del plazo señalado y, salvo causas de fuerza mayor, el aspirante aprobado no presentase su documentación o no acreditase reunir los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado funcionario en prácticas « debiendo expresarse de la siguiente forma: «Si dentro del plazo señalado y, salvo causas de fuerza mayor, el aspirante aprobado no presentase su documentación o no acreditase reunir los requisitos exigidos, no podrá ser contratado como empleado público en el Ayuntamiento de Azpeitia».
Azpeitia, a 30 de junio de 1999.—El Alcalde en funciones, Jose Maria Bastida Arrieta.
(2130) (7066)