Boletín Oficial de Gipuzkoa

Número 128 Fecha 08-07-1999 Página 10786

4 ADMINISTRACION DEL T.H. DE GIPUZKOA

DIPUTACION-HACIENDA Y FINANZAS
Notificación de embargo de inmuebles a Otzean, S.A.

Oficina Tributaria de Donostia-San Sebastián

Edicto de notificación de embargo de inmuebles (169/LA Otzean, S.A.).

Don Juan Pardo San Gil, Jefe de la Oficina Tributaria de Donostia-San Sebastián.

Hace saber: Que en expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Oficina Tributaria al deudor Otzean, S.A., con fecha 31-05-99, fue practicada la siguiente:

«Diligencia de embargo de bienes muebles: Vistas las actuaciones del presente procedimiento administrativo de apremio y estando los débitos comprendidos en el mismo reglamentariamente apremiados y notificados sin que, transcurrido el plazo señalado en el artículo 97 del Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico de Gipuzkoa, se hayan solventado los mismos, a tenor de lo acordado en providencia de embargo de bienes y derechos de fecha 11-11-98, por la presente diligencia declaro embargados los siguientes bienes de la propiedad del deudor que a continuación se describen, por los débitos que se detallarán:

Nombre del deudor: Otzean, S.A. - A20176699.

Descripción de los bienes:

—4 túneles de congelación: Marca Aiako Capacidad congelación 100Kg/hora.

—3 camaras de conservación de congelado: Marca Tefridi.

—8 isotermos.

—2 amasadoras de brazos: Marca Vimar.

—2 divisoras: Marca Olimpia de 30 y 20 Divisores respectivamente.

—2 formadoras: Marca Mattoux.

—1 báscula de 30 kg.: Marca Ariso.

—2 estufas fermentadoras: Marca Salva.

—2 extractores.

—12 carros de 16 bandejas: Marca Salva.

—300 bandejas de aluminio perforados y acanalados.

—1 laminadora: Marca Vimar.

Derecho del deudor sobre los bienes embargados:

Los bienes anteriormente descritos quedan afectos por virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor de este expediente, por su débito de los conceptos de Ret. Rendimientos de trabajo. Rendimientos de trabajo ejercicio 1995, importante la cantidad de:

Deuda: 2.283.061 pesetas.

Intereses de demora: 570.765 pesetas.

Costas previstas: 500.000 pesetas.

Total: 3.353.826 pesetas, más los intereses de demora que se originen hasta la total extinción de la deuda.

Los bienes embargados, hasta tanto no se disponga otra medida, quedan en depósito, bajo la custodia de: Jesús Unanue Izpizua, 15.881.836; a quien se designa como Depositario, quedando sujeto a las funciones del artículo 126 y a los deberes y responsabilidades del artículo 127 del Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Del citado embargo podrá tomarse anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de: Diputación Foral de Gipuzkoa, en cuyo caso, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.3 del citado Reglamento, se expedirá mandamiento al Sr. Registrador encargado del Registro de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin desplazamiento de la posesión.

Notifíquese esta diligencia al deudor y en su caso, a su cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores de cualquier clase, si los hubiere, conforme a lo dispuesto en el artículo 104.1 del Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico de Gipuzkoa, requiriendo a aquellos a que en término de tres días, si residen en la localidad, o de diez días, si son forasteros, aporten al procedimiento los documentos acreditativos de la propiedad de los bienes embargados, advirtiéndoles de que, si no lo hicieran, serán sustituidos a su costa por certificación supletoria expedida por el Organismo o Autoridad que proceda.

Llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de lo actuado a la Jefatura del Servicio de Coordinación de Oficinas Tributarias, para la autorización de subasta, conforme a lo dispuesto en el artículo 136 de dicho Reglamento».

Que, intentada la notificación directa de dicha diligencia al deudor conforme al artículo 92 del citado Reglamento, sin resultado por ser desconocido el domicilio del deudor, o intentada la notificación, ésta no se ha podido practicar, se publica el presente edicto en el «Boletin Oficial de Gipuzkoa» de acuerdo con el apartado 6 de dicho precepto para su conocimiento, requiriendo al deudor para que por sí o por medio de representante comparezca en el expediente ejecutivo que se le sigue. Transcurridos ocho días desde la publicación del edicto en el «Boletin Oficial de Gipuzkoa», se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento, continuandose el mismo en la forma prevista en el Reglamento de Recaudación citado.

Recursos de reposición: Ante el Jefe del Servicio de Coordinación de Oficinas Tributarias de la Dirección General de Hacienda de Gipuzkoa, o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo Foral de Gipuzkoa, dentro del plazo de quince días contados desde el siguiente al de publicación del presente en el Boletin Oficial de Gipuzkoa, sin que dichos recurso o reclamación produzcan la suspensión del procedimiento, si no se cumplieran las condiciones y requisitos del artículo 90 del Reglamento de Recaudación anteriormente citado.

Advertencias: En cualquier momento anterior a su adjudicación podrán liberarse los bienes embargados mediante el pago de la deuda por principal, recargos de apremio, intereses de demora y costas causadas.

El deudor podrá solicitar el aplazamiento del pago de su deuda, conforme a lo dispuesto en el artículo 48 del Reglamento de Recaudación anteriormente citado.

Errenteria, a 10 de junio de 1999.—El Jefe de la Oficina Tributaria, Juan Pardo San Gil.

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