Boletín Oficial de Gipuzkoa

Número 17 Fecha 28-01-1999 Página 1133

3 DISPOSICIONES GENERALES DEL T.H. DE GIPUZKOA

DIPUTACION-HACIENDA Y FINANZAS
Aprobación de convenios de colaboración-delegación en la gestión del impuesto sobre bienes inmuebles y del impuesto sobre activ. económicas entre el Ayunt. de Donostia y Diputación

DIPUTACION FORAL DE GIPUZKOA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS

Aprobación de Convenios de Colaboración-Delegación en la Gestión del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y del Impuesto sobre Actividades Económicas entre el Ayuntamiento de Andoain y la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Por Acuerdo del Consejo de Diputados de fecha 18 de octubre de 1994 se aprobaron diversos modelos de convenio, a fin de ofrecer a los Ayuntamientos del Territorio Histórico la posibilidad de optar por distintos grados de delegación y/o colaboración tanto en periodo voluntario de pago como en vía ejecutiva, en la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Una vez suscritos dichos convenios por los Ayuntamientos y por la Diputación, se publicaron los distintos modelos, en su contenido íntegro, junto con la relación de Ayuntamientos que optaban por cada uno de ellos.

Todos los convenios suscritos para surtir efectos en 1998 se entienden prorrogados para el año 1999, excepto los del Ayuntamiento de Andoain que comunicó la correspondiente denuncia y, previo Acuerdo del Pleno de 17 de diciembre de 1998, ha suscrito, junto con la Diputación Foral de Gipuzkoa, y con efectos para 1999, los siguientes Convenios:

—Convenio de Colaboración-Delegación en la gestión por el Ayuntamiento del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (texto publicado como Anexo I al anuncio de aprobación de Convenios entre la Diputación Foral y los Ayuntamientos. Boletin Oficial de Gipuzkoa n.º 40 de 28 de febrero de 1995).

—Convenio de Colaboración-Delegación en la gestión por el Ayuntamiento del Impuesto sobre Actividades Económicas (texto publicado como Anexo V al anuncio mencionado en el párrafo anterior).

Lo que se publica en cumplimiento de lo previsto en la Disposición Adicional Segunda de la Norma Foral 12/1989, de 5 de julio, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y de la Disposición Adicional Segunda del Decreto Foral Normativo 1/1993, de 20 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Donostia-San Sebastián, a 15 de enero de 1999.—La Secretaria Técnica, c.s., Laura Gallastegui.

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