Boletín Oficial de Gipuzkoa

Número 216 Fecha 12-11-1998 Página 15445

7 ADMINISTRACION MUNICIPAL

AYUNTAMIENTO DE PASAIA
Modificación de la relación de puestos de trabajo

AYUNTAMIENTO DE PASAIA

La Corporación Municipal (Pleno), en sesión de esta fecha, ha adoptado, entre otros, y a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, el siguiente acuerdo:

Modificación de la Relación de Puestos de Trabajo.

Tomando como base la Plantilla y Relación de Puestos de Trabajo aprobadas en sesión plenaria de 23 de diciembre de 1997 y publicadas en el Boletin Oficial de Gipuzkoa n.º 20 de 2 de febrero de 1998, se acuerda su modificación en los siguientes términos:

—La totalidad de las plazas actualmente declaradas como de carácter Laboral en la Relación de Puestos de Trabajo se someten al proceso de funcionarización descrito en la Disposición Adicional 2.ª de la Ley 16/97 de 7 de noviembre de modificación de la Ley de Función Pública Vasca. A tal efecto, quienes participen en la convocatoria y la superen accederán a la condición de Funcionarios de Carrera, lo que determinará la automática transformación de la plaza que, a partir de ese momento, se integrará en la plantilla de funcionarios. Quienes no participen en el proceso selectivo o no lo superen permanecerán en el puesto de trabajo que desempeñen con la relación que ostenten hasta el momento, con todos sus derechos consolidados, sin menoscabo de sus expectativas de promoción profesional y conservando todos los derechos que de su condición se deriven según las disposiciones en vigor, siendo sus plazas declaradas a extinguir.

La presente modificación entrará en vigor a partir del momento en que se adopte el presente acuerdo y sea hecho público en el Tablón de Edictos Municipal y se publique en el Boletin Oficial de Gipuzkoa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril. Una vez se haya hecho público en el mencionado medio oficial, se remitirá copia a los organismos expresados en el art. 127 del citado RDL.

El presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y contra el mismo podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de la presente y previa comunicación a este órgano de dicha interposición. Asimismo los interesados podrán interponer cualquier otro Recurso que consideren de su interés.

Pasaia, a 26 de octubre de 1998.—El Secretario. (10587)