Boletín Oficial de Gipuzkoa

Número 216 Fecha 12-11-1998 Página 15420

7 ADMINISTRACION MUNICIPAL

AYUNTAMIENTO DE BELAUNTZA
Modificación de Ordenanzas Fiscales año 1999

AYUNTAMIENTO DE BELAUNTZA

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En cumplimiento de lo dispuesto en la Norma Foral 11/1989, de 5 de julio, reguladora de las Haciendas Locales de Gipuzkoa, el Pleno del Ayuntamiento de Belauntza, en sesión celebrada el día 3 de noviembre de 1998, con el voto favorable de la mayoría absoluta legal, adoptó con carácter provisional los siguientes acuerdos:

1.  Modificar las Ordenanzas Fiscales y sus Anexos relativos a los siguientes Impuestos Municipales:

1.1.  Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

2.  El establecimiento de las tasas por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público y la aprobación de la Ordenanza Fiscal reguladora de las mismas, y que son:

2.1.  Utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública municipal, en favor de empresas explotadoras de servicios de suministro.

2.2.  Ocupación de terrenos de uso público municipal con mercancias, materiales de construcción, escombros, vallas, tales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas.

3.  El establecimiento de las tasas por la prestación de servicios y la realización de actividades y la aprobación de la Ordenanza Fiscal de las mismas, que son:

3.1.  Utilización del frontón con las luces encendidas.

3.2.  Servicio de Biblioteca.

4.  La supresión de los precios públicos por ocupación del dominio público y por la prestación de servicios o realización de actividades, derogando en consecuencia la Ordenanzas reguladoras de dichos precios.

El acuerdo adoptado entrará en vigor, una vez sea definitivo, el mismo día de su publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa y surtirá efectos a partír del 1 de enero de 1999.

De conformidad con lo dispuesto en la Norma Foral 11/1989, el presente acuerdo provisional, así como el referido texto de las Ordenanzas Fiscales anexas al mismo, se expondrá al público en el Tablón de anuncios de esta entidad local durante el plazo de 30 días hábiles, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Dicha exposición al público se anunciará en el Boletin Oficial de Gipuzkoa y comenzará a contar su plazo a partír del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del correspondiente anuncio.

Una vez transcurrido el plazo reglamentario de esta información sin que se haya producido reclamación alguna, se tendrán por aprobados definitivamente los acuerdos adoptados y los documentos expresados sin necesidad de nuevos acuerdos.

Belauntza, a 4 de noviembre de 1998.—El Alcalde, José M.ª Jauregi Galarraga. (10546)