| Número 216 | Fecha 12-11-1998 | Página 15419 |
AYUNTAMIENTO DE ATAUN
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Aprobado por Decreto de Alcaldía (conforme al art.41.18 del ROF, el Padrón correspondiente al 3er. trimestre de 1998 de la Tasa por el Servicio de alcantarillado y del Precio Público por Suministro de Agua que se cobran conjuntamente, se somete a información pública en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 14.1 de la Norma Foral 11/1989,de 5 julio, Reguladora de las Haciendas Locales de Gipuzkoa. Asimismo se señala el plazo y forma de recaudación voluntaria que requiere el art.78 del De-creto Foral 27/1991, de 9 de abril,por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico d Gipuzkoa.Todo ello conforme a las siguientes reglas:
a) Lugar donde está de manifiesto: En las dependencias de Intervención de Fondos.
b) Plazo para examinarlo: Un mes contado a partir del siguiente día hábil al de la inserción de este anuncio en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.
c) Plazo de manifestar la disconformidad: Un mes computado en la forma que se indica en el extremo b), mediante la interposición del preceptivo recurso de reposición.
d) Organo ante el que se recurre: Alcalde-Presidente.
e) Lugar de presentación de reclamaciones: Registro de Entrada del Ayuntamiento en horas de oficina.
f) Efectos de la interposición del recurso: Los dispuestos en el art.14.2 de la Norma Foral citada.
g) Plazo de recaudación: En período voluntario, desde el 5 de noviembre hasta el 15 de enero de 1999.
h) Modo de ingreso: Excepto en el caso de recibos domiciliados, a través de entidades y cajas de ahorro.
Bien entendido que si en el expresado plazo de recaudación no se hacen efectivas estas deudas serán exigidas por el procedimiento ejecutivo y se incrementarán con el recargo de apremio, los intereses de demora y,en su caso, las costas que se produzcan.
Ataun, a 2 de noviembre de 1998.—El Alcalde, Aitor Auzmendi.
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