| Número 216 | Fecha 12-11-1998 | Página 15434 |
AYUNTAMIENTO DE LEABURU-TXARAMA
Anuncio
1. En cumplimiento de lo dispuesto en la Norma Foral 11/1989, de 5 de julio, reguladora de las Haciendas Locales de Gipuzkoa, se acuerda con carácter provisional lo siguiente:
a)La modificación del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
b)El establecimiento de la Tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público: «Utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales, en favor de empresas explotadoras de servicios de suministro». Y la aprobación de la Ordenanza fiscal reguladora de las mismas.
c)La modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de las Tasas por prestación de servicios y realización de actividades «Por recogida domiciliaria de basuras y residuos sólidos urbanos», «Por aprovisionamiento de agua», «Por el otorgamiento de licencias de apertura de establecimientos» y «Por tramitación de expedientes urbanísticos», dando nueva redacción a sus artículos 4.2, 8 y 9, en los términos que se contienen en el texto anexo.
d)La supresión del Precio Público por ocupación del dominio público municipal «Utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales en favor de empresas explotadoras de servicios de suministro», derogando en consecuencia la Ordenanza reguladora de dichos Precios.
Todo ello según Acuerdo aprobado por el Pleno de la Corporación, en sesión de 29 de octubre de 1998, que entrará en vigor, una vez que sea definitivo, el mismo día de su publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa, y surtirá efectos a partir del 1 de enero de 1999.
2. De conformidad con la dispuesto en la Norma Foral 11/1989, el presente Acuerdo provisional, así como el referido texto de las Ordenanzas fiscales anexas al mismo, se expondrá al público en el tablón de anuncios de esta Entidad Local durante el plazo de treinta días hábiles a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
3. Dicha exposición al público se anunciará en el Boletin Oficial de Gipuzkoa y comenzará a contar su plazo a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del correspondiente anuncio.
Una vez transcurrido el plazo reglamentario de esta información sin que se haya producido reclamación u observación alguna, se tendrán por definitivos los acuerdos adoptados, sin necesidad de nuevos acuerdos.
Leaburu-Txarama, a 2 de noviembre de 1998.—El Alcalde, Joxe K. Goñi Lizarza. (10405)