Boletín Oficial de Gipuzkoa

Número 216 Fecha 12-11-1998 Página 15456

7 ADMINISTRACION MUNICIPAL

AYUNTAMIENTO DE ZIZURKIL
Modificación de Ordenanzas Fiscales para 1999.

AYUNTAMIENTO DE ZIZURKIL

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El Pleno de la Corporación, en Sesión Ordinaria celebrada el día 2 de noviembre de 1998, acordó, con el voto favorable de la mayoría absoluta legal, proceder a la modificación, supresión y puesta en vigor de las siguientes Ordenanzas Reguladoras de los Impuestos, Tasas y Precios Públicos, con efectos a partir del 1 de enero de 1999:

1)  La modificación de las tarifas del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

2)  La modificación de las tarifas de las siguientes Tasas por prestacion de servicios públicos y realización de actividades:

a)  Prestación de servicios y concesiones en el Cementerio Municipal.

b)  Por otorgamiento de licencias urbanísticas exigidas en el artículo 178 de la Ley del Suelo.

d)  Por otorgamiento de licencias de apertura de establecimientos.

3)  La supresión de los siguientes Precios Públicos:

a)  por utilización privativa, ocupación o aprovechamiento especial de los bienes de dominio público municipal:

—suelo, vuelo y subsuelo de vías públicas.

—ocupación de vías públicas con vallas, andamios, etc.

—ocupación de vías públicas con mesas, sillas, etc.

b)  por prestación de servicios o la realización de actividades administrativas de competencia municipal:

—servicio de suministro de agua.

derogando, en consecuencia la Ordenanza Fiscal reguladora de dichos Precios Públicos.

4)  El establecimiento de la Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas por prestación de servicios o realización de actividades administrativas de competencia municipal y el establecimiento de las Tasas relativas a:

a)servicio de suministro de agua.

5)El establecimiento de la Ordenanza Fiscal reguladora de Tasas por la utización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local y el establecimiento de las tasas relativas a:

a)Utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública municipal, en favor de empresas explotadoras de servicio de suministro.

b)Utilización privativa o aprovechamiento del suelo de la vía pública municipal con mesas, sillas, o similares.

c)Utilización privativa o aprovechamiento del suelo de la vía pública municipal con vallas, andamios, puntales, asnillas y materiales de construcción.

6)Mantener la vigencia del resto de las Ordenanzas Fiscales sin modificaciones.

Los acuerdos adoptados y el expediente instruido al efecto, se someten a información pública en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16.1 de la Norma Foral 11/1989, de 5 de Julio, reguladora de las Haciendas Locales de Gipuzkoa, mediante publicación de anuncios en este medio oficial y el tablón de anuncios de la Casa Consistorial, todo ello conforme a las siguientes reglas:

a)Lugar donde se hallan de manifiesto: Secretaría del Ayuntamiento.

b)Plazo para examinarlos y, en su caso, para formular reclamaciones: treinta días hábiles contados a partir del siguiente hábil al de la inserción de este anuncio en el Boletin Oficial de Gipuzkoa, en horario de oficina.

c)Legitimados para reclamar: los que relaciona el artículo 17 de la Norma Foral 11/1989 de 5 de Julio.

d)Lugar de presentación: en el Registro General de Entradas del Ayuntamiento; pudiendo también presentarse en los lugares que señala el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

e)Organo ante el que se recurre: Ayuntamiento Pleno.

Una vez transcurrido el plazo reglamentario de esta información sin que se haya producido reclamación u observación alguna, se tendrán por definitivos los acuerdos adoptados, sin necesidad de nuevos acuerdos.

Zizurkil, a 3 de noviembre de 1998.—La Alcalde.

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