| Número 216 | Fecha 12-11-1998 | Página 15441 |
AYUNTAMIENTO DE OREXA
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El Pleno Municipal de Orexa, en reunión de fecha 28 de octubre de 1998, en cumplimiento de la Orden Foral 11/1989 de fecha 5 de julio de 1989 sobre las Haciendas Locales de Gipuzkoa, acordó por mayoría absoluta y con carácter provisional lo siguiente:
a)Establecer las tasas a pagar por el uso privativo del dominio público o por aprovechamientos especiales, aprobando la Ordenanza fiscal que las regula, correspondiente a:
—Uso privado o aprovechamiento de suelos, subsuelos o superficies de vías públicas municipales.
b)Establecer las tasas por la prestación de servicios y por la realización de actividades municipales, correspondientes a:
—Servicio de abastecimiento de aguas.
c)Supresión de los precios públicos establecidos por ocupación de dominio público municipal, derogando la Ordenanza reguladora de los mismos, correpondientes a:
—Uso privado o aprovechamiento de suelos, subsuelos o superficies de vías públicas municipales.
d)Supresión de los precios públicos establecidos por la prestación de servicios o por la realización de actividades municipales, correspondientes a:
—Servicio de abastecimiento de aguas.
Todo ello de conformidad con el Acuerdo tomado en Pleno de fecha 28 de octubre de 1998. Elevado a definitivo dicho acuerdo, entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa, y surtirá efectos a partir del 1 de enero de 1999.
El acuerdo tomado en cumplimiento del artículo 16.1 de la Norma Foral 11/89 de fecha 5 de julio de l989 reguladora de las Haciendas Locales de Gipuzkoa, y el expediente correspondiente se exponen al público en este medio oficial y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento.
a)Lugar de exposición de los documentos: Secretaría de este Ayuntamiento.
b)Plazo para examinarlos, y en su caso, para presentar reclamaciones: 30 días laborables a partir del día laborable siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletin Oficial de Gipuzkoa, en horas de oficina.
c)Quiénes están legitimados para hacer reclamaciones: Aquellos citados por el artículo 17 de la Norma Foral 11/1989 de fecha 5 de Julio de l.989.
d)Lugar de presentación: Registro General de Entrada del Ayuntamiento.
e)Organo ante el que se reclama: Pleno Municipal.
De transcurrir el plazo reglamentario sin ninguna reclamación o advertencia, los acuerdos tomados y los anexos de la Ordenanza modificada, se considerarán definitivos, sin necesidad de adoptar ningún otro acuerdo.
Orexa, a 29 de octubre de 1998.—El Alcalde, Joseba Elola Loidi. (10257)