Boletín Oficial de Gipuzkoa

Número 120 Fecha 29-06-1998 Página 8625

3 DISPOSICIONES GENERALES DEL T.H. DE GIPUZKOA

DIPUTACION-DIPUTADO GENERAL
Decreto Foral 54/98 de 2 de junio, por el que se aprueba el Plan de Normalización de uso del euskera en la Diputación

DIPUTACION FORAL DE GIPUZKOA

DECRETO FORAL 54/1998, de 2 de junio, por el que se aprueba el Plan de Normalización del Uso del Euskera en la Diputación Foral de Gipuzkoa.

El día 18 de abril de 1997 entró en vigor el Decreto 86/97, de 15 de abril (Boletín Oficial del País Vasco n.º 72 de 17 de abril de 1997) por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Dicha norma junto con la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la función pública vasca y la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera, constituyen en la actualidad la regulación normativa fundamental aplicable en nuestra Comunidad Autónoma.

El citado Decreto contiene una serie de previsiones relativas al segundo período de planificación iniciado el día 18 de abril pasado y que finalizará el 31 de diciembre del año 2002.

Entre ellas y como instrumento básico para poner en práctica el proceso de normalización lingüística, el artículo 4 del Decreto se refiere a los Planes de Normalización del Uso del Euskera: «El proceso de normalización lingüística en las Administraciones Públicas Vascas se llevará a cabo a través de la aprobación y ejecución de los Planes de Normalización del Uso del Euskera de cada entidad y la asignación a los puestos de trabajo de los Perfiles Lingüísticos y, en su caso, Fechas de Preceptividad, según lo dispuesto en el presente Decreto».

La regulación de su contenido, elaboración y aprobación se encuentra esencialmente en sus artículos 18, 19, 24 y disposición transitoria cuarta.

El artículo 18 nos dice que los Planes de Normalización del Uso del Euskera constituyen la formulación de la política lingüística de la entidad en orden al cumplimiento de los objetivos de normalización establecidos en el artículo 17. Asimismo determina cual es su contenido mínimo:

a)La situación lingüística actualizada de la entidad con detalle de los perfiles lingüísticos asignados y, en su caso, fechas de preceptividad de los diferentes puestos de trabajo, así como el grado de conocimiento del euskera e información relativa al proceso de capacitación lingüística del personal.

b)La propuesta de unidades administrativas bilingües y en euskera que se vayan a crear, dependiendo de los objetivos lingüísticos de cada entidad, con detalle de los puestos de trabajo que los integren, perfiles lingüísticos preceptivos que se vayan a establecer o, en su caso, modificar.

c)Medidas contempladas para el funcionamiento de las unidades administrativas bilingües y las unidades administrativas en euskera, en particular, tratamiento del euskera en las relaciones orales y escritas con los administrados y con otras instituciones, en los actos públicos, en materia de publicaciones, en materia de paisaje lingüístico y en aquellos campos de actuación que cada entidad determine para el cumplimiento de los objetivos establecidos.

d)Medidas contempladas en materia de contratación, en particular, las tendentes a garantizar que aquellos servicios públicos que conlleven una relación directa con el usuario y se ejecuten por terceros sean prestados a los ciudadanos en condiciones lingüísticas similares a las que sean exigibles para la administración correspondiente.

Junto a ese contenido mínimo puede hablarse de un contenido adicional derivado de las previsiones del artículo 19 y de la disposición transitoria cuarta del Decreto.

Siguiendo las pautas marcadas por dicha norma, el Departamento de Cultura y Euskera de la Diputación Foral de Gipuzkoa ha elaborado y presenta para su aprobación el Plan de Normalización del Uso del Euskera de la Diputación Foral de Gipuzkoa, planteando una serie de modificaciones en relación a los requisitos lingüísticos necesarios para el acceso y desempeño de los puestos de trabajo, que se han considerado necesarias para la puesta en práctica del Plan.

Tales modificaciones, que pueden caracterizarse como «ordinarias», derivan de los artículos 18.b) y 19.1. del citado Decreto.

El primero se refiere a la posibilidad de establecer nuevos perfiles lingüísticos preceptivos o a la modificación de los ya existentes pero circunscrita o amparada en la propuesta de creación de unidades administrativas bilingües y en euskera.

El segundo se refiere a las que podemos considerar como las «modificaciones ordinarias en sí mismas» que sean necesarias para «implementar el Plan» (en palabras del art. 19.1) ó para cumplir los objetivos mínimos de normalización establecidos en el artículo 17, en relación al correspondiente índice de obligado cumplimiento de cada entidad.

Al tratarse de modificaciones objetivas de los requisitos esenciales para el desempeño del puesto de trabajo, como tales han de reflejarse en las relaciones de puestos de trabajo tras su aprobación por el Consejo de Diputados, una vez seguido el procedimiento establecido para su aprobación.

Junto a ellas nos encontramos con las que pueden considerarse como «modificaciones extraordinarias» derivadas de la disposición transitoria cuarta del Decreto. Respecto de ellas, y dada la carga subjetiva que conllevan con una necesaria participación del interesado, se pospone su inclusión en el Plan para una segunda fase, en orden a una mejor planificación y búsqueda de consenso con los destinatarios.

En esta segunda fase se aprobarán igualmente las medidas en materia de contratación administrativa a las que se refiere el artículo 18.d) del citado Decreto. La complejidad en su articulación práctica hace necesario un estudio departamental analítico que sin demora ha de ponerse en marcha.

En definitiva, el Plan de Normalización que se aprueba mediante el presente Decreto recoge sustancialmente el contenido mínimo exigido por el artículo 18, junto con las necesarias modificaciones en la asignación de perfiles lingüísticos y fechas de preceptividad derivadas del propio artículo 18.b) y del artículo 19.1, que habrán de reflejarse en la relación de puestos de trabajo de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

De conformidad con el artículo 19.2 del reiterado Decreto, la Dirección General de Normalización del Euskera del Departamento de Cultura y Euskera ha elaborado una propuesta de plan que ha sido sometida a informe de la Viceconsejería de Política Lingüística del Gobierno Vasco y que según el artículo 24 de aquel, en la interpretación efectuada del mismo por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, ha sido negociada con la representación sindical habiendo obtenido un consenso mayoritario.

Recibido dicho informe y de conformidad con los apartados 3 y 4 del artículo 23 del Decreto 86/1997, de 15 de abril, el Consejo de Diputados se encuentra en disposición de aprobar el citado Plan así como las correspondientes modificaciones en la Relación de Puestos de Trabajo derivadas de las nuevas asignaciones de perfiles lingüísticos a los puestos de trabajo y determinación, en su caso, de las fechas de preceptividad.

En su virtud y a propuesta conjunta de la Diputada Foral de Cultura y Euskera y del Diputado Foral de Presidencia, previa deliberación del Consejo de Diputados en sesión del día de la fecha

DISPONGO

Artículo primero.

Se aprueban los dos documentos, que formando parte del Plan de Normalización del Uso del Euskera de la Diputación Foral de Gipuzkoa correspondiente al segundo período de planificación, constituyen los anexos I y II de este Decreto y cuyo contenido es el siguiente:

Anexo Primero: Determinación de unidades administrativas bilingües y en euskera correspondientes al segundo período de planificación.

Anexo Segundo: Modificaciones en la asignación de perfiles y fechas de preceptividad a los puestos de trabajo derivadas de lo dispuesto en el artículo 18.b) y en el artículo 19.1 que necesariamente han de incluirse en las relaciones de puestos de trabajo.

Artículo segundo.

Se aprueba el documento elaborado por el Departamento de Cultura y Euskera comprensivo de la situación lingüística actualizada de la entidad con detalle de los perfiles lingüísticos asignados y, en su caso, fechas de preceptividad de los diferentes puestos de trabajo, así como el grado de conocimiento del euskera de sus titulares e información relativa al grado de capacitación lingüística.

Artículo tercero.

Se aprueba asimismo el documento elaborado por el Departamento de Cultura y Euskera comprensivo de los planes de promoción del uso del euskera en los que se recogen las medidas contempladas por el artículo 18.c) del Decreto 86/1997, de 15 de abril.

Disposición Adicional.

La Diputada Foral de Cultura y Euskera, en colaboración con el resto de Diputados Forales, presentará con la mayor celeridad posible, una propuesta de medidas en materia de contratación administrativa, de conformidad con el artículo 18.d) del citado Decreto.

Disposición Final.

El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.

Donostia-San Sebastián, a 2 de junio de 1998.

 

El Diputado General,

Roman Sudupe Olaizola.

LaDiputada Foral

del Departamento de

Cultura y Euskera,

Koruko Aizarna Rementería.

ElDiputado Foral

del Departamento de

Presidencia,

Joaquín Villa Martínez. (5732)

ANEXO PRIMERO

Determinación de unidades administrativas bilingües y en euskera correspondientes al segundo período de planificación.

CLASIFICACION DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS

En este informe hemos clasificado las unidades administrativas de la Diputación Foral de Gipuzkoa, según lo dispuesto en el Capítulo Tres del Decreto 86/1997.

La información recogida en cada columna es la siguiente:

—Columna: Nombre.

Información: Nombre de la unidad administrativa.

*Si el nombre está en negrita corresponde a un departamento.

*Si el nombre está en cursiva corresponde a una dirección.

*Si el nombre tiene letra normal corresponde a un servicio.

*Si el nombre tiene letra normal y tabulación corresponde a una sección.

—Columna: Carácter.

Información: Carácter de la unidad administrativa según el artículo 16 del Decreto 86/1997.

—Columna: Nivel.

Información: Nivel de la unidad administrativa.

1.  Departamento.

2.  Dirección.

3.  Servicio.

4.  Sección.

 

 

UNIDADES ADMINISTRATIVAS BILINGÜES

 

Denominación

Carácter

Nivel

Gabinete del Diputado General

general

1

Gabinete del Diputado General

general

2

Centro de Documentación Jurídica

general

4

Secretaría General del Gabinete

general

3

Secretaría Información y Relaciones Instituc.

general

4

Apoyo y Coordinación

general

4

Régimen Jurídico

general

2

Unidad A, Régimen Jurídico

general

3

Unidad B, Régimen Jurídico

general

3

Presidencia

general

1

Secretaría Técnica

general

3

Oficina de Modernización Administrativa

general

3

Función Pública

general

2

Salud Laboral y Medicina de Empresa

general

4

Organización, Formación y Selección

general

3

Personal

general

3

Función Pública y Contratación

general

4

Administración del Personal

general

4

Gestión Municipal y Servicios Generales

general

2

Imprenta

general

4

Servicios Generales

general

3

Servicios Técnicos

general

4

Información y Archivo

atenc. público

4

Prevención y Extinción de Incendios y Salv.

general

3

Parque de Bomberos, Irun

social

4

Parque de Bomberos, Oñati

social

4

Parque de Bomberos, Zarautz

social

4

Parque de Bomberos, Tolosa

social

4

Parque de Bomberos, Ordizia

social

4

Parque de Bomberos, Eibar

social

4

SASFAL

atenc. público

3

 

 

 

 

 

Denominación

Carácter

Nivel

Economía y Turismo

general

1

Economía y Turismo

general

2

Secretaría Técnica

general

3

Promoción y Desarrollo Económico y Turístico

general

3

Promoción Económica y Turismo

general

4

Formación, Empleo y Fondos Comunitarios

general

4

Estudios Económicos, Tecnología e Internacion

general

3

Estudios Económicos, Tecnología e Internac.

general

4

Agricultura y Medio Ambiente

social

1

Secretaría Técnica

general

3

Agricultura y Desarrollo Rural

social

2

Area Vegetal

general

4

Desarrollo Rural y Estructuras Agrarias

social

3

Estructuras Agrarias

social

4

Oficinas Comarcales Agrarias

social

4

Ganadería

social

3

Sanidad Animal

social

4

Producción Animal

social

4

Montes y Medio Natural

social

2

Unidad de Montaña

general

4

Montaña

social

4

Forestal

social

3

1 Forestal

social

4

2 Forestal

social

4

3 Forestal

social

4

Medio Natural

social

3

Unidad de Fauna Silvestre

social

4

Areas Recreativas y Viveros

social

4

Promoción del Medio Natural

social

4

Parques Naturales

social

4

Medio Ambiente

general

2

Medio Ambiente

general

3

Obras y Vertederos

general

4

Calidad Ambiental

general

4

Denominación

Carácter

Nivel

Hacienda y Finanzas

general

1

Secretaría Técnica

general

3

Servicios Técnicos

general

4

Servicios Generales

general

4

Información, Registro y Archivo

general

4

Informática

general

4

Hacienda

general

2

Gestión de Impuestos Directos

general

3

Renta y Patrimonio 1

general

4

Renta y Patrimonio 2

general

4

Sociedades

general

4

Sucesiones y Donaciones

general

4

Gestión de Impuestos Indirectos

general

3

Gestión de IVA 1 y de Impuestos Sustituídos

general

4

Gestión de IVA 2

general

4

Transmisiones Patrimoniales y Actos Jur. Doc.

general

4

Impuestos Especiales

general

4

Gestión de Tributos Locales

general

3

Bienes Inmuebles

general

4

Actividades Económicas

general

4

Catastros

general

4

Subdir. de Recaudación y Ofic. Tributarias

Social

2

Unidad de Coordinación de Oficinas Tributaria

general

3

Oficina Tributaria, Donostia

social

4

Oficina Tributaria, Azpeitia

social

4

Oficina Tributaria, Bergara

social

4

Oficina Tributaria, Eibar

social

4

Oficina Tributaria, Tolosa

social

4

Recaudación y Procedimientos Especiales

general

3

Aplazamientos y Medidas Esp. Sobre Deudas Tr.

general

4

Control de Cargos y Datas

general

4

Procedimientos Especiales

general

4

Subdirección de Inspección

general

2

Unidades Operativas de Inspección

general

3

Selección y Comprobación

general

4

Finanzas y Presupuestos

general

2

Contabilidad

general

3

Contabilidad Pública

general

4

Contabilidad Tributaria

general

4

Intervención y Auditorías

general

3

Intervención de Gastos

general

4

Intervención de Ingresos

general

4

Auditorías

general

4

Denominación

Carácter

Nivel

Finanzas

general

3

Caja

general

4

Operaciones Financieras

general

4

Gestión Financiera

general

4

Patrimonio y Contratación

general

3

Patrimonio

general

4

Contratación

general

4

Presupuestos

general

3

Política Fiscal y Financiera

general

2

Desarrollo Normativo y Asesoría Jurídica

general

3

Desarrollo Normativo

general

4

Asesoría Jurídica

general

4

Compromisos Instit. y Asistencia Municipal

general

3

Estudios

general

4

Cupo y Aportaciones Financieras

general

4

Asistencia Presupuestaria Municipal

general

4

Asesoramiento Económico Tributario Municipal

general

4

Tribunal Económico-Administrativo Foral

general

2

Transportes y Carreteras

general

1

Secretaría Técnica y Desarrollo Normativo

general

3

Jurídico-Administrativa de Transportes

general

4

Jurídico-Administrativa de Carreteras

general

4

Transportes

general

2

Transportes

general

3

Inspección del Transporte

general

4

Ordenación del Transporte

general

4

Carreteras

general

2

Proyectos y Construcción de Carreteras A

general

3

Dirección y Control de Obras y Proyectos

general

4

Proyectos y Construcción de Carreteras B

general

3

Dirección y Control de Obras y Proyectos

general

4

Conservación y Explotación de Carreteras

general

3

Seguridad Vial y Apoyo Técnico

general

4

Explotación

general

4

Subdirección de Planificación y Normativa Técnica

general

2

Planificación de Carreteras y Normativa

general

4

Gestión del Suelo y Coordinación Plan. Urb.

general

3

Apoyo y Coordinación Planif. Urbanística

general

4

Gestión del Suelo y Expropiaciones

general

4

Obras Hidráulicas y Urbanismo

general

1

Jurídica

general

4

Secretaría Técnica

general

3

 

 

Denominación

Carácter

Nivel

Obras Hidráulicas

general

2

Geotecnia y Recursos Hidráulicos

general

4

Control y Calidad del Agua

general

4

Planificación, Proyectos y Mantenimiento

general

3

Mantenimiento

general

4

Explotación

general

4

Construcción

general

3

Presas

general

4

Abastecimiento

general

4

Saneamientos

general

4

Urbanismo y Arquitectura

general

2

Arquitectura

general

3

Técnica

general

4

Urbanismo y Ordenación Territorial

general

3

Técnica I

general

4

Técnica II

general

4

Jurídica

general

4

Información Territorial

social

3

Servicios Sociales

Social

1

Secretaría Técnica

general

3

Contabilidad y Gestión

general

4

Programas

general

4

Servicios Sociales Especializados

social

2

Programas Especializados

social

3

Minusvalías

social

4

Infancia y Juventud

social

4

Programas Asistenciales Territoriales

social

3

Recursos Asistenciales Territoriales

social

4

Residencia de Eibar

social

4

Residencia de Tolosa

social

4

Programas Asistenciales

social

4

Servicios Sociales Básicos

social

2

Programas Comunitarios

social

4

Recursos Sociales

social

3

Prestaciones Económicas

social

4

Personas Mayores

social

4

Dependencias

social

4

 

Denominación

Carácter

Nivel

Cultura y Euskera

social

1

Secretaría Técnica

general

3

Servicios Generales

general

4

Cultura

social

2

Arteleku

social

4

Biblioteca, Promoción y Difusión Cultural

social

3

Promoción y Difusión Cultural

social

4

Biblioteca

social

4

Catalogación

social

4

Patrimonio Histórico-Artístico, Arch. y Mus.

social

3

Patrimonio Histórico-Artístico

social

4

Normalización del Euskera

social

2

Normalización y Promoción del Euskera

social

4

Juventud y Deportes

social

1

Juventud y Deportes

social

2

Deportes

social

3

Juventud

social

3

Albergues, Residencias y Refugios

social

4

Secretaría Técnica

general

3

 

 

 

 

 

UNIDADES ADMINISTRATIVAS NO BILINGÜES

Denominación

Carácter

Nivel

Conservación

singular

4

Centro Fraisoro

singular

4

Imprenta

singular

4

 

 

 

ANEXO SEGUNDO

Modificaciones en la asignación de perfiles y fechas de preceptividad a los puestos de trabajo derivadas de lo dispuesto en el artículo 18.b) y en el artículo 19.1 que necesariamente han de incluirse en las relaciones de puestos de trabajo.

 

Euskararen erabilera normalizatzeko prozesua: bigarren plangintzaldia
Proceso de normalización del uso del euskera: segundo periodo de planificación

 

Egitura

Lanp. zka

Dot.

Lanpostuaren izena

Taldea

HE

Der. eguna

Salb?

Egi. HE

Maila

Izen-abizenak

Egoera

Estruc.

Nº puesto

Dot.

Denominación

G.C.

PL

F. Precep

Exen?

PL acre.

Nivel

Nombre y apellidos

Situación

0110001

834

 

idazkaritzako burua

C

3

2001-01-01

0

 

100

Agirre Jimenez Marisol

1

     

jefe de la secretaría

               

0120

148

 

zuzendariaren idazkaria

D

2

2002-12-31

0

 

103

Simon Gomez Josefa Maria

1

     

secretario de dirección

               

0120001

111

 

administraria

C

2

2002-12-31

0

 

100

Beorlegi Torrijos Coro

1

     

administrativo

               

02101

140

 

ZB antolakuntza, prestakuntza eta h

A

4

1999-12-31

0

 

200

Olano Telleria Iñaki

1

     

JSV organización, formación y selec

               

02102

159

 

ZB langileria

A

4

1998-12-31

0

 

100

De Dios Perez de Labeaga Jose Manuel

1

     

JSV personal

               

021021

759

02

administrari laguntzailea

D

2

2001-12-31

0

 

101

Lecumberri Agorreta Maria Jose

1

     

auxiliar administrativo

               

021022

689

 

administrari laguntzailea

D

2

2001-12-31

0

 

105

Vazquez Antoñanzas M. Jose

1

     

auxiliar administrativo

               

0220

645

 

zuzendariaren idazkaria

CD

2

1998-12-31

0

   

+

0

     

secretario de dirección

               

0220

645

 

zuzendariaren idazkaria

CD

2

1998-12-31

0

 

201

Sorrondegi Intxausti Maria Carmen

3

     

secretario de dirección

               

0220021

180

 

burua, iraunerazpen eta kalitate ko

B

2

1998-06-02

0

1,2

110

Allaflor Urkizu Luis

30

     

jefe mantenimiento y control calidad

               

0220021

180

 

burua, iraunerazpen eta kalitate ko

B

2

1998-06-02

0

   

+

0

     

jefe mantenimiento y control calida

               

0220022

178

 

laboratorio eta muntai burua

C

1

1998-06-02

0

 

100

Ollokiegi Olaizola Mikel

1

     

jefe laboratorio y montaje

               

0220023

170

02

inprimaketako ofiziale makinista

D

1

 

0

2

201

Garai Uribe-Etxebarria Jesus

1

     

oficial maquinista de impresión

               

0220024

173

02

manipulazioko ofizialea

D

1

 

0

1,2

200

Azkonobieta Oliden Jose Ramon

8

     

oficial de manipulación

               

0220102

130

04

gidaria

D

1

1998-06-02

0

   

+

0

     

conductor-mecánico

               

0220105

128

05

garbitzailea

E

1

 

1

 

100

Luis Fernandez Mercedes

8

     

limpiador

               

0220106

123

03

manipulazio eta erreprodukzioko ofi

D

1

 

0

1

201

Sarasola Eceiza Ignacio

1

     

oficial manipulación-reproducción

               

0220106

146

 

mandatarien eta estafetako burua

D

2

1998-06-02

0

1,2

201

Coloma Olaizola Fernando

1

     

jefe de ordenanzas y estafeta

               

02202

197

03

ofizialea, goardiako burua

B

3

2001-12-31

0

1,2

109

Lasa Orus Juan Ignacio

1

     

oficial, jefe de guardia

               

0220201

788

01

administrari laguntzailea, suhiltza

D

2

1998-06-02

0

1,2

108

Escobar Diez Lidia

1

     

auxiliar administrativo

               

0220251

838

 

kaboa, parkeburuaren laguntzailea

D

1

1998-06-02

0

   

+

0

     

cabo, adjunto- jefe de parque

               

 

 

 

Egitura

Lanp. zka

Dot.

Lanpostuaren izena

Taldea

HE

Der. eguna

Salb?

Egi. HE

Maila

Izen-abizenak

Egoera

Estruc.

Nº puesto

Dot.

Denominación

G.C.

PL

F. Precep

Exen?

PL acre.

Nivel

Nombre y apellidos

Situación

031022

212

02

GT enplegua eta prestakuntza

A

3

2002-12-31

0

   

+

0

     

TS empleo y formación

               

031031

214

 

GT ekonomi azterlanak, teknol. eta

A

3

1998-06-02

0

   

+

0

     

TS estudios económicos, tecnol. e i

               

040101

579

 

BB administrazioa

CD

2