Boletín Oficial de Gipuzkoa
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Número 98
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Fecha 22-05-1996
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Página 6786
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7 ADMINISTRACION MUNICIPAL
Ayuntamiento Zizurkil
Pliego de Condiciones Jurídico-Económico-Administrativas que regirán en el concurso para adjudicar el derecho de explotación del Bar-Comedor del Hogar del Jubilado de Zi
AYUNTAMIENTO DE ZIZURKIL Pliego de condiciones jurídico-económico-
administrativas que regirá en el concurso para adjudicar el derecho de explotación del
Bar-Comedor del Hogar del Jubilado de Zizurkil. I - CONDICIONES GENERALES -BASES
Artículo 1. Las presentes bases forman parte del contrato de
concesión administrativa a celebrar entre el adjudicatario y el Ayuntamiento de Zizurkil.
Por el hecho de participar en el concurso se entiende que los licitadores las acepten
íntegramente. -CONVOCATORIA Y SU OBJETO Artículo 2. El
Ayuntamiento de Zizurkil, propietario del Hogar del Jubilado de Zizurkil, sito en la Plaza Joseba Arregi,
convoca concurso público mediante procedimiento abierto, para otorgar la concesión
administrativa por virtud de la cual se autoriza al concesionario la utilización, cuidado y
consiguiente explotación del Bar-Comedor instalado en el mismo. La
explotación del servicio de Bar-Comedor comporta además la prestación de los
servicios de Conserjería y limpieza del Hogar del Jubilado; y fuera del horario de trabajo del
responsablede la Casa de Cultura o en su ausencia, el adjudicatario será depositario de las llaves
de entrada de la misma, siendo responsable del acceso a ella. -DURACION DEL CONTRATO
Artículo 3. El plazo de la concesión será de 5 años
contados a partir de la fecha en que se realice la adjudicación. -PRECIO
Artículo 4. El adjudicatario abonará al Ayuntamiento de Zizurkil un canon
anual mínimo inicial de un millón quinietas mil (1.500.000) pesetas (más el IVA
correspondiente), pagaderas anticipadamente en cuotas mensuales; precio que se incrementará
anualmente a función del I.P.C. oficial. -INVENTARIO Artículo 5.
El Ayuntamiento de Zizurkil, en el momento de comenzar esta concesión tiene
totalmente instalados los útiles y enseres necesarios para el normal funcionamiento del Bar y del
resto de las instalaciones del Hogar del Jubilado, y que constan en el inventario que se une a este Pliego
y que será todo ello entregado al concesionario, una vez la adjudicación sea definitiva, y
de lo cual se levantará el Acta pertinente. -OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO
Artículo 6. El concesionario queda obligado a realizar su trabajo en el
citado Hogar del Jubilado debiendo mantenerlo abierto al público y en disposición de
prestar todos los servicios que el Hogar entraña, todos los días del año, desde las
10 horas de la mañana, a las 22 horas de la noche, o durante el horario que en su caso se fije en
las normas de funcionamiento del Hogar del Jubilado. Se establecerá un día
de descanso semanal, el cual se fijará de acuerdo con el Ayuntamiento; y así mismo se
determinará un período reglamentario de vacaciones anuales, según se
señale por el Ayuntamiento. La limpieza diaria de todas las instalaciones y del local
en su totalidad corresponderán al citado concesionario, que la realizará fuera del horario
anteriormente mencionado. La limpieza de los locales e instalaciones deberá
realizarse diariamente y se hará con la diligencia propia del caso. Dentro de las
funciones de conserjería, controlará el acceso a los locales, cuidará de la
seguridad de los mismos, se ocupará de la apertura y cierre siendo depositario de las llaves de
acceso a ellos y respondiendo de su uso, y cuidará del orden de la buena convivencia dentro del
Hogar. También será depositario de las llaves de acceso a la Casa de Cultura
y responderá del control de acceso a la misma en los supuestos mencionados en el
artículo 2. Artículo 7. El concesionario deberá realizar
directa y personalmente las funciones propias a las que se refiere la presente concesión, pudiendo
tener colaboradores o empleados en su trabajo, quienes por ello no adquirirán ningún
derecho de dependencia o relación laboral alguna con el Ayuntamiento. En este
supuesto, el concesionario deberá poner en conocimiento del Ayuntamiento los nombres de las
personasque habitualmente presten tal colaboración. Artículo 8.
Será de cuenta del concesionario la reposición y reparación del material de
servicio del Bar-Comedor que se deteriore durante el período de la concesión, y
asimismo los gastos por útiles y productos de limpieza. Artículo 9.
El adjudicatario vendrá obligado durante el tiempo que dure la concesión a mantener un
esmerado servicio tanto en lo que se refiere al de Bar-Comedor como al de conserjería y limpieza
del Hogar atendiendo en todo momento a las normas que al respecto dicte el Ayuntamiento, y asimismo
deberá cumplir cuantas normas o disposiciones de carácter sanitario se dicten para
establecimientos públicos. Cuantas personas presten servicio en el Hogar del Jubilado
estarán pulcra y adecuadamente vestidas, debiéndose atener a cuantas instrucciones se
reciban de la Comisión de Bienestar Social a tal respecto, dispensando un trato correcto al
público. Artículo 10. El concesionario no podrá transferir
la concesión a terceros sin autorización de la Corporación Municipal.
Asimismo, tampoco podrá colocar carteles, letreros o anuncios publicitarios de ningún
género, ni realizar obra alguna sin autorización expresa del Ayuntamiento de Zizurkil,
quedando expresamente prohibida la instalación de juego o tragaperras.
Artículo 11. El adjudicatario será responsable de cualquier daño que
pueda ocasionarse a personas o cosas, incluso la dependencia o propiedad municipal como consecuencia
del desempeño o ejecución de su actividad. A tal efecto, el adjudicatario
deberá contratar un seguro de responsabilidad civil a fin de cubrir cualquier tipo de accidente
que pudieran sufrir los usuarios dentro del recinto. Serán de su cuenta las
obligaciones fiscales o de índole de previsión y seguridad social que le pudieran afectar.
Artículo 12. El personal que atienda al público deberá
efectuarlo en euskera si el usuario así lo requiere. -FUNCIONAMIENTO
Artículo 13. Podrán ser usuarios del Bar-Comedor objeto de esta
concesión, los socios del Hogar del Jubilado y las personas que no tengan la condición de
socios siempre que no vaya en detrimento de los derechos de los socios. Artículo 14.
Los precios de las consumiciones no serán en ningún caso superiores a las
aprobadas por el Ayuntamiento y figurarán expuestas al público en la correspondiente
lista de precios. -CONTROL Artículo 15. El Ayuntamiento a
través del Servicio de Bienestar Social o persona que designe en cada caso el Señor
Alcalde podrá realizar la función de vigilancia y control respecto al funcionamiento del
local, su orden interior, su horario de apertura y cierre, limpieza y condiciones sanitarias de locales y
servicios incluidos los departamentos de Bar y cocina. Para ello el Ayuntamiento tendrá libre
acceso a todos los lugares e instalaciones del Hogar. Si se encontrase deficiencia alguna se
levantará la oportuna Acta que en la primera ocasión dará lugar a apercibimiento
por escrito, y en la segunda se incoará el oportuno expediente sancionador dirigido, en su caso, a
la rescisión del contrato. En este supuesto el contratante habrá de abandonar
el local y poner todos sus efectos a disposición del Ayuntamiento en el plazo de ocho días
a contar desde la fecha del requerimiento, perdiendo todo derecho a cualquier tipo de
indemnización. El Ayuntamiento podrá adoptar, como medida cautelar, la
suspensión del servicio al inicio del expediente sancionador. Si no abandonare el
local, aparte de la responsabilidad penal en que pueda incurrir, el Ayuntamiento a través de
cualquiera de sus órganos, podrá emplear las medidas coactivas y de apremio
conducentes a tal fin. -OBLIGACIONES DEL CONCEDENTE Artículo 16.
El Ayuntamiento viene obligado a asegurar el local, sus instalaciones y mobiliario por las
cantidades que se consideren convenientes. -INCUMPLIMIENTO Y ESTINCION
Artículo 17. Se faculta al Ayuntamiento para denunciar la concesión,
dejándola sin efecto y con pérdida de la fianza definitiva, por incumplimiento de
cualquiera de las condiciones establecidas en este Pliego. Asimismo podrá exigir en
cualquier momento, estar al corriente en el pago de cuantas obligaciones de carácter
económico se deriven de la concesión, pudiendo, con independencia de lo dispuesto en el
párrafo anterior, proceder al cobro de las que se le adeuden por vía de apremio y con los
recargos legales pertinentes. Artículo 18. El contrato se
extinguirá, además de por las demás causas legalmente establecidas, al cumplirse
el plazo por el que se otorga la concesión, quedando el concesionario obligado, previa
inspección del Ayuntamiento, al finalizar el expresado plazo, a hacer entrega del local y los
demás bienes objeto de la misma, reconociendo la potestad municipal para acordar y ejecutar por
sí el lanzamiento. -INTERPRETACION DEL PLIEGO Y LEGISLACION APLICABLE
Artículo 19. Cuantas dudas se suscitaren en la interpretación y
aplicación de este Pliego de Condiciones, serán resueltas por el Ayuntamiento, previo
asesoramiento de la Asociación de Jubilados, regulándose la concesión, en lo que
no estuviese previsto en el Pliego, por las disposiciones contenidas en la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de
Contratos de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, de
desarrollo parcial de la Ley 13/95; el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, y
demás disposiciones de general aplicación. II - FORMA DE ADJUDICACION
1. Forma de adjudicación: La adjudicación de la concesión
administrativa descrita en la primera parte, se efectuará mediante procedimiento abierto por
concurso en la forma prevista en ese Pliego, y en lo que en él no esté prevenido, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 y siguientes de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de
Contratos de las Administraciones Públicas y demás disposiciones de aplicación.
2. El Pliego de Condiciones y demás antecedentes podrán ser examinados en
las Oficinas Administrativas del Ayuntamiento, sitas en la Casa Consistorial, durante las horas de
oficina y desde la publicación de la convocatoria hasta la fecha de la licitación.
3. Capacidad: Podrán concurrir a esta licitación las personas que se hallen en
plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, y no estén comprendidas en
ninguno de los casos de excepción señalados en el artículo 20 de la Ley 13/1995,
de Contratos de las Administraciones Públicas. 4. Fianza provisional: Los licitadores
deberán prestar una garantía provisional en la forma prevista en el artículo 36 de
la Ley 13/1995 equivalente al 2% del tipo de licitación, es decir de Treinta Mil (30.000) pesetas.
Esta garantía provisional en metálico o en valores podrá constituirse
en la Caja del Ayuntamiento de Zizurkil, en la Caja General de Depósitos o en sus Sucursales.
La devolución de la garantía provisional a los licitadores que no hubieren
sido favorecidos por el concurso se llevará a cabo una vez verificada la adjudicación del
mismo, y al que resulte adjudicatario cuando esté constituida la garantía definitiva.
5. Fianza definitiva: El adjudicatario del contrato estará obligado a constituir fianza
definitiva por el 4% del importe del remate, en la forma prevista en el artículo 37 de la Ley
13/1995, en el plazo de 15 días hábiles contados desde que se le notifique la
adjudicación del contrato. Al efecto dentro de dicho plazo, deberá presentar en la
Secretaría del Ayuntamiento, el documento que acredite su constitución. De
no cumplirse este requisito por causas imputables al adjudicatario, el Ayuntamiento declarará
resuelto el contrato. Esta garantía responderá del cumplimiento de las
obligaciones derivadas de este contrato, además de las legalmente previstas. La
devolución de la garantía definitiva se ajustará a lo previsto en el artículo
48 de la Ley 13/1995 de Contratos de las Administraciones Públicas. 6. Toda
proposición deberá ajustarse al modelo que a continuación se describe:
MODELO DE PROPOSICION Don , mayor de edad, y vecino de , con domicilio en ,
provisto de D.N.I. número , en nombre propio (o en representación de , como acredita
por con domicilio en provisto del D.N.I. número ) en plena posesión de su capacidad
jurídica y de obrar, enterado del concurso convocado por el Ayuntamiento de Zizurkil,
según anuncio publicado en el BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa n.º correspondiente al
día de de 1996, para adjudicar la concesión administrativa para la utilización y
explotación del servicio de Bar-Comedor del Hogar del Jubilado de Zizurkil, declaro que:
a) Que conozco el Pliego de Condiciones jurídico económico administrativas
que han de regular la licitación para adjudicar, en régimen de concesión, la
explotación del Bar-Comedor del Hogar del Jubilado de Zizurkil. b) Que por el hecho
de presentar proposición en este concurso acepto íntegramente el Pliego de Condiciones
al respecto. c) Que estoy interesado en concursar, comprometiéndome a llevar a
efecto la expresada utilización y explotación con sujeción a las condiciones
citadas en el Pliego, aceptando cuantas obligaciones y responsabilidades se deriven de las mismas,
así como de las normas vigentes tanto de carácter directo como subsidiario que sean de
aplicación. d) Que no me hallo incurso en ningún de los supuestos de
incapacidad y/o incompatibilidad para contratar con la Administración. e) Que
ofrezco como canon anual a abonar la cantidad de pesetas, pagaderas en la forma establecida en el
Pliego. (Fecha y firma) 7. Documentación complementaria: Los concursantes
presentarán con su proposición los siguientes documentos: 1.-Memoria
firmada por el licitador en la que se haga constar si ha sido o es dueño de negocios
idénticos o similares, o bien ha llevado o lleva su dirección, así como referencias
de su experiencia profesional, de su capacidad financiera etc..., y en su caso, justificación de su
situación de paro, cargas familiares y relación de personas de la familia que
habitualmente colabora con el adjudicatario. 2.-El que acredite la constitución de la
garantía provisional en cualquiera de las formas previstas en la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas. 3.-Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso,
le sustituya reglamentariamente, del optante, bastanteado por el Señor Secretario de esta
Corporación Municipal. En el caso de que concurriese representado por otra persona, se
acompañará, asimismo el documento de aquel correspondiente a quién firme la
proposición, y en su caso, escritura de poder, bastanteada y legalizada, si se actua en
representación de otra persona. 4.-Declaración en la que el licitador afirme,
bajo responsabilidad, no hallarse comprendido en ninguno de los casos de incapacidad o
incompatibilidad señalados en el artículo 20 de la Ley 13/1995 de 18 de mayo de
Contratos de las Administraciones Públicas. 5.-Justificantes por los que se acredite
que el licitador se halla al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y de seguridad social
impuestas por las disposiciones vigentes. 8. Forma de presentación: Tanto las
proposiciones como la documentación complementaria se presentaran en dos sobres cerrados.
El primero que contendrá la Proposición se numerará como sobre n.º
1, figurando la inscripción: «Proposición para tomar parte en el concurso para adjudicar
la utilización y explotación del Bar-Comedor instalado en el Hogar del Jubilado de
Zizurkil»; y el segundo, con el n.º 2, se presentará asimismo cerrado, en el que se
incluirá la documentación señalada en el punto 7., figurando la
inscripción: «Documentación complementaria para tomar parte en el concurso para
adjudicar la utilización y explotación del Bar-Comedor instalado en el Hogar del
Jubilado de Zizurkil». Los dos sobres se entregarán en la Secretaría del
Ayuntamiento de Zizurkil, sito en la Casa Consistorial, de las nueve a las trece horas, durante el plazo
de 26 días naturales, a contar del siguiente al de la publicación del anuncio de
licitación en el BO- LETIN OFICIAL de Gipuzkoa. 9. Reclamaciones: El
período de información pública durante el cual se expondrá el Pliego de
Condiciones, al que se refieren los preceptos reglamentarios, se computará a partir del
día siguiente a la fecha de inserción en el BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa del anuncio
correspondiente a la licitación. En el caso de presentarse reclamaciones se
suspenderá la licitación, procediéndose a nuevo anuncio de concurso, una vez
resueltas las mismas. 10. La Mesa de contratación: Estará constituida por el
Señor Alcalde-Presidente o Concejal en quien delegue; el responsable de la Comisión de
Bienestar Social; un Concejal de cada partido político; un representante de la Asociación
de Jubilados de Zizurkil y el Secretario, que dará fe. 11. Apertura de Plicas: El acto
de apertura de Plicas será público y se celebrará en la Casa Consistorial a las 12
horas del día siguiente hábil a aquel en que termine el plazo de la presentación
de proposiciones. En el acto, la Mesa de Contratación procederá a la apertura
de las proposiciones presentadas por los licitadores y las elevará, con el acta y la propuesta que
estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en
el presente Pliego. 12. Criterios de adjudicación: El contrato de adjudicación
se guiará por los siguientes criterios, que van por orden decreciente: Total 30 puntos.
a) Personalidad, solvencia profesional y experiencia en prestación de servicios de Bar y otros en
Hogares de Jubilado o similares y en general cualquier otra que presuponga especial preparación
para el desempeño de las funciones propias de la concesión: 8 puntos. b)
Domicilio dentro del término municipal de Zizurkil: 7 puntos. c) Conocimiento de
euskera: 6 puntos. d) Situación de paro y cargas familiares, que deberán ser
debidamente justificadas, indicándose además las personas que habitualmente
colaborarán con el titular: 5 puntos. e) Aumentos del canon anual y su incremento
periódico a percibir por el Ayuntamiento, expresamente se señala que el canon y sus
incrementos periódicos si se ofrecieren, en ningún caso tendrá carácter
prioritario sobre los restantes extremos de la licitación: 4 puntos. 13. Propuesta de
adjudicación: Las proposiciones serán estudiadas por la Mesa de Contratación,
pudiendo la misma solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere
precisos y se relacionen con el objeto del contrato. La Mesa efectuará la propuesta de
adjudicación, en el plazo máximo de 8 días. 14. Adjudicación:
El Ayuntamiento de Zizurkil se reserva la facultad de otorgar libremente la adjudicación al
concurrente cuya proposición estime más ventajosa o declarar desierto el concurso si en
apreciación libre y discrecional ninguna de las proposiciones presentadas resultase conveniente a
los fines municipales. El Pleno del Ayuntamiento de Zizurkil adjudicará el contrato
en el plazo máximo de tres meses a contar desde la apertura de las proposiciones. 15.
Gastos: En virtud de la adjudicación definitiva, el adjudicatario quedará obligado a pagar
el importe de los anuncios y de cuantos otros gastos, tributos, etc. se ocasionen, devenguen, etc.., con
motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato, incluso los
honorarios del Notario autorizante de la escritura correspondiente. De los gastos referidos, en
su caso, responderá la garantía definitiva. Zizurkil, a 15 de abril de 1996.-El
Alcalde. (135)(5509)