DECRETO FORAL 32/2004, de 6 de abril, sobre estructura orgánica y funcional del Departamento para la Política Social.
FUNCIONES Y COMPETENCIAS DEL DEPARTAMENTO.
Al Departamento para la Política Social le corresponden las siguientes funciones y áreas de actuación:
- Asistencia a la Tercera Edad.
- Servicios Sociales Comunitarios.
- Centros asistenciales propios y concertados.
- Minusvalías.
- Las demás facultades que se le atribuyan por la normativa aplicable.
Se adscriben al Departamento para la Política Social:
- El organismo autónomo "Fundación Uliazpi".
- El Consejo de Personas Mayores del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
- El Consejo de Personas con Discapacidad del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
Los consejos tienen carácter de órganos consultivos.
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Funciones y áreas de actuación de la DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA Y DESPROTECCIÓN:
Corresponde a la Dirección General de Atención a la Dependencia y Desprotección las siguientes funciones:
- Elaborar directrices para los planes integrales y estratégicos de los programas y servicios referidos a las áreas de actuación de la Dirección General.
- Desarrollar las políticas de servicios sociales contenidas en los planes integrales o estratégicos del departamento.
- Elaborar propuestas de mejora de la atención y gestión de los recursos sociales.
- Facilitar la información necesaria para la planificación y ordenación de los servicios.
- Promover las relaciones interadministrativas con las Administraciones competentes en las materias que, relacionadas con sus funciones, afecten al bienestar de las personas.
- Elaborar directrices para la cooperación con las entidades de iniciativa social cuya finalidad se integre en las funciones y áreas del departamento.
- Resolver la asignación de los recursos sociales que procedan.
- Promover la creación de equipamientos sociales aplicando los criterios y prioridades establecidos por el Departamento.
- Dirigir y controlar las tareas de todas las unidades de la Dirección General en orden a la consecución de los objetivos del departamento en las funciones y áreas de actuación de la Dirección.
Para el ejercicio de sus funciones, la Dirección General ostentará las siguientes competencias resolutorias:
- Autorizar el ingreso en centros asistenciales o sociosanitarios, tanto en los gestionados directa e indirectamente por el departamento como en los que éste participe económicamente, y, cuando así proceda, proponer la determinación de los precios públicos a pagar por la persona usuaria del servicio o por la obligada al pago en los centros asistenciales o sociosanitarios en los que dicho precio esté establecido mediante Decreto Foral.
- Resolver sobre la condición legal de minusvalía.
- Resolver los expedientes relativos a infracciones administrativas clasificadas como leves en el ámbito de los servicios sociales.
Las resoluciones que dicte el Director General de Atención a la Dependencia y Desprotección en el ejercicio de las competencias atribuidas por desconcentración no ponen fin a la vía administrativa y frente a ellas cabrá la interposición de recurso de alzada ante la Diputada Foral del Departamento.
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Funciones del Servicio de Atención y Acceso a los Servicios Sociales:
- Realizar la valoración médica, psicológica, social y económica a las personas que soliciten el acceso a un recurso social o sociosanitario.
- Orientar a las personas mayores dependientes y a las personas con discapacidad hacia los recursos sociales más idóneos.
- Gestionar los accesos a los recursos sociales.
- Gestionar los programas de competencia foral para la atención a personas con discapacidad, personas mayores dependientes e infancia y juventud en situación de desamparo.
- Informar sobre la procedencia de los pagos derivados de los programas de competencia foral.
- Diseñar y evaluar los programas y recursos para las personas con discapacidad.
- Diseñar y evaluar los programas y recursos para la infancia y juventud en situación de desamparo.
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Funciones del Servicio de Inversión, Inspección y Cooperación de Servicios Sociales:
- Elaborar, desarrollar y controlar la cooperación con la iniciativa social y el Plan de Inversiones del departamento, de conformidad con las directrices que éste haya determinado.
- Planificar la adecuación de los equipamientos sociales adscritos al departamento de conformidad con las directrices que éste haya determinado.
- Promover la adquisición y construcción de los equipamientos sociales de acuerdo con las directrices que el departamento haya determinado.
- Proponer la autorización y la homologación de los servicios sociales del Territorio Histórico, así como su inspección.
- Proponer, impulsar y evaluar los planes de calidad de los equipamientos asistenciales, en coordinación con la Secretaría Técnica del Departamento.
- Gestionar las actividades y programas que le sean asignados.
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Funciones y áreas de actuación de la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN DE RECURSOS SOCIALES:
Corresponden a la Dirección General de Planificación y Gestión de Recursos Sociales las siguientes funciones:
- Promover la planificación estratégica de los servicios sociales.
- Analizar la eficacia y eficiencia de las condiciones establecidas por los proveedores de los servicios sociales, evaluando los mismos.
- Dirigir la concertación y contratación pública de servicios sociales mediante la definición de estrategias y la elaboración y fijación de instrumentos de análisis y gestión.
- Promover las relaciones interadministrativas con las Administraciones competentes en las materias que, relacionadas con sus funciones, afecten al bienestar de las personas.
- Dirigir y controlar las tareas de todas las unidades de la Dirección General en orden a la consecución de los objetivos del Departamento en las funciones y áreas de actuación de la Dirección.
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Funciones del Servicio de Planificación y Concertación:
- Detectar y evaluar las necesidades y la demanda de servicios sociales en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
- Prestar asistencia técnica a los servicios sociales de base.
- Planificar la prestación de los servicios necesarios para atender a dicha demanda.
- Elaborar y actualizar el mapa de los servicios sociales en colaboración con los Ayuntamientos.
- Gestionar los equipamientos propios de la Diputación Foral adscritos al Departamento, prestando la atención integral debida a los usuarios de los mismos.
- Proponer, coordinar y evaluar la concertación pública de servicios sociales mediante la definición de estrategias, elaboración y fijación de instrumentos de análisis y gestión y proposición de condiciones económicas básicas y comunes.
- Proponer e impulsar la implantación de sistemas de información en los centros concertados.
- Proponer los pagos derivados de los contratos y convenios firmados en los términos expresados en los mismos.
- Gestionar los programas y actividades que le sean asignados.
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SECRETARÍA TÉCNICA:
La Secretaría Técnica del Departamento dependerá jerárquicamente de la Diputadal y funcionalmente de los Directores y ejercerá las funciones previstas en el artículo 34 de la Norma Foral 3/1984, de 30 de mayo, sobre Gobierno y Administración del Territorio Histórico de Gipuzkoa[1].
En particular, en el marco de las competencias del Departamento, le corresponden las siguientes funciones:
- La coordinación del sistema informático del departamento con los servicios, así como la implantación y desarrollo de los nuevos programas de interés común para el mismo.
- El control de legalidad de todos los actos y resoluciones que se tramiten a los órganos que deban adoptarlos así como de los expedientes sometidos a la Legislación de Contratos de las Administraciones Públicas y la gestión de estos últimos.
- La dirección, impulso y supervisión relativos al estudio, elaboración y seguimiento de las disposiciones normativas competencia del Departamento.
- La elaboración, en materias de competencia del Departamento y bajo las directrices de la Diputada Foral o de los Directores Generales, de proyectos de disposiciones generales, y de convenios y/o protocolos de colaboración con otras Administraciones Públicas e Instituciones Públicas o Privadas.
- El asesoramiento jurídico a la Diputada Foral y a los restantes órganos del Departamento evacuando los informes y consultas que le sean requeridos.
- El Registro General del Departamento, Archivo y Fe Pública.
- Proponer la planificación de oficinas, mantenimiento y reparación de las mismas y de sus instalaciones, distribución física y equipamiento de puestos de trabajo.
- La elaboración del anteproyecto del presupuesto del Departamento, coordinando a los diversos Servicios y Direcciones.
- La gestión, tramitación, y control contable de la actividad económica del Departamento.
- En colaboración con el Departamento para la Calidad en la Administración Foral, la coordinación e impulso de la organización, mejora y racionalización de la gestión de personas y procedimientos: Formación, planes de recursos humanos, planes de calidad. Prevención y salud laboral, productividad, sin perjuicio de las competencias propias del citado Departamento.
- La Secretaría del Consejo de Personas Mayores del Territorio Histórico de Gipuzkoa y del Consejo de las Personas con Discapacidad del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
- Aquellas funciones que dentro de su ámbito de aplicación le sean atribuidas o delegadas.
La Secretaria Técnica será la instructora en los procedimientos sancionadores en las materias propias del Departamento para la Política Social, de acuerdo con lo establecido en la Ley 2/1998, de 20 de febrero, de la potestad sancionadora de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
En el ejercicio de esta función instructora no tendrá ninguna dependencia funcional.
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Nota 1: La Norma Foral 3/1984 está derogada, su artículo 34 ha sido sustituido por el artículo 64.3 de la NORMA FORAL 6/2005, de 12 de julio, sobre Organización Institucional, Gobierno y Administración del Territorio Histórico de Gipuzkoa. (BOG nº 137, de 20 de julio de 2005).