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Estructura orgánica y funcional del Departamento para los Derechos Humanos, el Empleo y la Inserción Social

DECRETO FORAL 49/2004, de 25 de mayo, sobre estructura orgánica y funcional del Departamento para los Derechos Humanos, el Empleo y la Inserción Social.


FUNCIONES Y COMPETENCIAS DEL DEPARTAMENTO.

Al departamento para los Derechos Humanos, el Empleo y la Inserción Social le corresponden las funciones y áreas de actuación siguientes:

  1. Juventud y desarrollo comunitario.
  2. Residencias y albergues juveniles.
  3. Infancia en situación de desprotección.
  4. Solidaridad internacional y cooperación al desarrollo.
  5. Promoción del voluntariado.
  6. Inserción social de personas en situación de exclusión social.
  7. Empleo de colectivos desfavorecidos.
  8. Política de igualdad.
  9. Política de derechos humanos.
  10. Las demás facultades que se le atribuyan por la normativa aplicable.

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Funciones y áreas de actuación de la DIRECCIÓN GENERAL DE JUVENTUD Y ACCIÓN COMUNITARIA:

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Funciones del Servicio de Infancia, Juventud y Cooperación al desarrollo:

  1. Establecer una serie de acciones, complementarias y coherentes entre sí y coordinadas con el conjunto de los agentes sociales, que favorezcan el proceso de crecimiento del conjunto de los menores y permitan un proceso de emancipación de todos los jóvenes activo, justo, saludable, participativo y solidario.
  2. Desarrollar una red coherente e integral de servicios y equipamientos socioeducativos y socioculturales dirigidos a la infancia y juventud guipuzcoana.
  3. Prestar servicios de estudios y publicaciones, información y documentación, formación inicial, asesoría y consultoría de programas y gestión, formación continua, evaluación y control, tanto a las entidades que configuran redes locales (municipios y mancomunidades) como a los que trabajan directamente con infancia en situación de desprotección y juventud (tejido asociativo), proponiendo la transferencia de los recursos pertinentes.
  4. Establecer una correcta coordinación con los municipios del Territorio, articulando estrategias diferenciadas para las distintas tipologías municipales, así como estableciendo modelos de trabajo a nivel comarcal.
  5. Desarrollar el potencial educativo no formal y cultural de la sociedad guipuzcoana y favorecer la profundización democrática y el desarrollo comunitario.
  6. Atender los albergues de titularidad foral.
  7. Ejercer las funciones de inspección y control que le atribuye la normativa de la Comunidad Autónoma en materia de albergues e instalaciones de estancia y alojamiento de grupos infantiles y juveniles.
  8. Evaluar y tomar decisiones sobre las notificaciones de posible desprotección infantil. Articular un sistema que permita que todos los menores que se encuentran en situación de desprotección o en riesgo de estarlo sean detectados y que la toma de decisión se realice con las máximas garantías.
  9. Promover el mantenimiento de la/del menor en su propio medio, garantizando la desaparición de cualquier situación de desprotección y la satisfacción de sus necesidades de tipo cognitivo, emocional y social.
  10. Desarrollar acciones de prevención para aquellos casos que generen situaciones de riesgo y necesidad a la infancia y juventud guipuzcoanas.
  11. Desarrollar un programa de cooperación al desarrollo, que permita visualizar la solidaridad activa de la sociedad guipuzcoana con otras realidades culturales y sociales.
  12. Promocionar el voluntariado.
  13. Adecuar la gestión del servicio a las nuevas necesidades.

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Funciones y áreas de actuación de la DIRECCIÓN GENERAL DE INSERCIÓN SOCIAL Y EMPLEO:

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Funciones del Servicio de Inserción Social y Empleo:

  1. Gestionar las prestaciones económicas que otorga el departamento de acuerdo con las disposiciones y normativa que las regulen en cada caso.
  2. Detectar y evaluar la demanda y necesidades de las personas en situación o en riesgo de exclusión social.
  3. Diseñar, desarrollar y gestionar acciones y programas de inserción social para las personas en situación o en riesgo de exclusión social.
  4. Diseñar, desarrollar y gestionar acciones y programas dirigidos al fomento del empleo para los colectivos con mayores dificultades de inserción en el mercado laboral.
  5. Diseñar, coordinar y evaluar la concertación de servicios destinados a la inserción social y laboral con ayuntamientos y entidades colaboradoras.
  6. Diseñar, desarrollar y gestionar acciones y programas dirigidos al fomento de la igualdad de oportunidades.
  7. Diseñar, desarrollar y gestionar acciones y programas en el marco de la sensibilización sobre los Derechos Humanos.
  8. Diseñar, desarrollar y gestionar los recursos necesarios para la inserción laboral de las personas con alguna discapacidad.
  9. Diseñar, desarrollar y gestionar programas de atención y apoyo a la familia.
  10. Gestionar la prestación de asistencia técnica a los servicios sociales de base en el ámbito de las competencias atribuidas al servicio.
  11. Elaborar y actualizar el mapa de los servicios sociales en colaboración con los ayuntamientos en el ámbito de las competencias del servicio.
  12. Gestionar los equipamientos propios de la Diputación Foral adscritos al servicio, prestando una atención integral a las personas usuarias de los mismos.
  13. Diseñar, desarrollar y gestionar acciones y programas de promoción de la interculturalidad y la integración social de las personas inmigrantes.
  14. Programar y gestionar los planes de ayudas económicas individuales a las personas en situación de riesgo o de exclusión, analizando las peticiones y realizando propuestas de resolución.

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SECRETARÍA TÉCNICA:

La Secretaría Técnica del Departamento dependerá jerárquicamente de la Diputada y funcionalmente de las/los Directoras/es Generales y ejercerá las funciones previstas en el artículo 34 de la Norma Foral 3/1984, de 30 de mayo, sobre Gobierno y Administración del Territorio Histórico de Gipuzkoa[1].

En particular, en el marco de las competencias del Departamento, le corresponden las siguientes funciones:

  1. La coordinación del sistema informático del Departamento con los servicios y unidades, así como la implantación y desarrollo de los nuevos programas de interés común para el mismo.
  2. El control de la legalidad de todos los actos y resoluciones que se tramiten a los órganos que deban adoptarlos y de los expedientes sometidos a la Legislación de Contratos de las Administraciones Públicas.
  3. La dirección, impulso y supervisión relativos al estudio, elaboración y seguimiento de las disposiciones normativas competencia del Departamento.
  4. La elaboración, en materias competencia del Departamento y bajo las directrices de la Diputada Foral o de las/los Directoras/es Generales, de proyectos de disposiciones generales, y de convenios y/o protocolos de colaboración con otras Administraciones Públicas e Instituciones Públicas o Privadas.
  5. El asesoramiento jurídico a la Diputada Foral y a los restantes órganos del Departamento, evacuando los informes y consultas que le sean requeridos.
  6. El Registro General del Departamento, Archivo y Fe Pública.
  7. La elaboración del anteproyecto del presupuesto del Departamento, coordinando a los diversos Servicios y Direcciones.
  8. La gestión, tramitación y control contable de la actividad económica del Departamento.
  9. En colaboración con el Departamento para la Calidad en la Administración Foral, la coordinación e impulso de la organización, mejora y racionalización de la gestión de personas y procedimientos: Formación, planes de recursos humanos, planes de calidad, prevención y salud laboral, productividad, sin perjuicio de las competencias propias del citado Departamento.
  10. Aquellas funciones que dentro de su ámbito de actuación le sean atribuidas o delegadas.

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Nota 1: La Norma Foral 3/1984 está derogada, su artículo 34 ha sido sustituido por el artículo 64.3 de la NORMA FORAL 6/2005, de 12 de julio, sobre Organización Institucional, Gobierno y Administración del Territorio Histórico de Gipuzkoa. (BOG nº 137, de 20 de julio de 2005).

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