Decreto Foral 63/2004, de 29 de junio, sobre estructura orgánica y funcional del Departamento para la Fiscalidad y las Finanzas.
FUNCIONES Y COMPETENCIAS DEL DEPARTAMENTO.
Al Departamento para la Fiscalidad y las Finanzas le corresponden las FUNCIONES Y ÁREAS DE ACTUACIÓN siguientes:
- Administración tributaria y reclamaciones económico-administrativas.
- Concierto Económico, cupo al Estado y aportaciones a la Comunidad Autónoma y a los Municipios del Territorio Histórico.
- Valoración de competencias y/o servicios objeto de transferencia.
- Gestión de Fondos Europeos.
- Elaboración, gestión general, seguimiento y control de los Presupuestos Generales del Territorio Histórico.
- Intervención, auditoría y contabilidad.
- Tesorería, endeudamiento, prestación de garantías y relaciones con las entidades financieras.
- Tutela y asesoramiento financieros de las Entidades Municipales y Supramunicipales.
- Las demás facultades que se le atribuyan por la normativa aplicable.
El Departamento para la fiscalidad y las Finanzas ejercerá en dichas áreas las siguientes COMPETENCIAS:
- Las asumidas por la Diputación Foral en virtud de lo establecido en la Ley del Concierto Económico y disposiciones que la desarrollan, salvo las que correspondan al Consejo de Diputados, al Diputado General y las que se asignen expresamente a otros Departamentos.
- Las determinadas en la Norma Foral General Tributaria.
- Las establecidas en la Norma Foral de Régimen Financiero y Presupuestario.
- Cualesquiera otras que le atribuyan las normas y disposiciones en vigor.
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Áreas de actuación de la DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA:
Corresponde a la Dirección General de Hacienda el ejercicio de las siguientes funciones:
- La dirección, coordinación y control de la gestión, liquidación, inspección y recaudación de los tributos.
- La dirección, coordinación y supervisión de las propuestas de normativa en materias de competencia propia de la Dirección, de conformidad con la política de actuación establecida.
- Las atribuidas por la Norma Foral General Tributaria así como por el resto de la legislación en vigor.
- La aceptación de cesiones de crédito a favor de la Hacienda Foral.
- Ejercitar, a través del personal funcionario designado al efecto, funciones recaudatorias, gestoras e inspectoras en aquellos expedientes en que concurran circunstancias especiales.
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Funciones de la SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECAUDACIÓN Y OFICINAS TRIBUTARIAS:
De la Subdirección General de Recaudación y Oficinas Tributarias dependen:
- La Unidad de Atención Tributaria, de la que dependen las oficinas periféricas.
- La Unidad de Recaudación.
- La Unidad Técnica.
Corresponde a la Subdirección de Recaudación y Oficinas Tributarias el ejercicio de las siguientes funciones y competencias:
- El estudio, propuesta y coordinación de actuaciones fiscales complementarias.
- El seguimiento de la actividad de los sujetos pasivos de especial consideración económica o social.
- Seguimiento y control de los ingresos efectuados indebidamente por los contribuyentes en otras administraciones.
- Informe y propuesta al órgano competente sobre la procedencia de autorizar la apertura de cuenta corriente fiscal.
- Establecer los cauces para el trato singularizado con contribuyentes de especial relevancia; gestión personalizada de grandes cuentas.
- Ejercer las funciones previstas en el artículo 4 del Decreto Foral 2/2004 de 13 de enero por el que se regulan los servicios de la Diputación Foral de Gipuzkoa en materia de asistencia y atención a los ciudadanos.
- Inicio de propuestas de desarrollo normativo en materias de su competencia.
Con carácter específico, a través de las UNIDADES en que se organiza:
— En materia de GESTIÓN RECAUDATORIA le corresponde:
- Tramitación, seguimiento y control de los procedimientos de apremio.
- Determinación de las medidas necesarias a fin de que tales procedimientos conduzcan a la realización de las deudas.
- Dictar las providencias de apremio y resolver los recursos de reposición que se interpongan contra las mismas.
- Dictar, previos los informes y requisitos exigibles, los actos administrativos de derivación de la acción tributaria.
- Tramitación y propuesta de resolución de los expedientes de devolución del recargo de apremio.
- Propuesta de resolución, en todos los supuestos previstos por la legislación vigente en materia recaudatoria y en relación con los expedientes que tengan atribuidos, tales como autorización de subastas y adjudicación de bienes en pago de créditos, previos los informes legalmente exigibles.
- Aprobación de expedientes de apremio, en supuestos tales como declaración de partidas fallidas y prescripción de débitos, previos los informes que, en su caso, resulten legalmente exigibles.
- Resolución de los recursos que se susciten contra los actos dictados en materia de recaudación, de conformidad a lo previsto en el artículo 166-1, párrafo segundo del Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
- Seguimiento y control de deudas cuyos valores se hallen en custodia, por estar suspendido el procedimiento por autoridad competente.
- Seguimiento y control de deudas cuya recaudación se haya encomendado a otras Administraciones Públicas.
- Tramitación, seguimiento y control de los procedimientos de apremio de deudores cuyos bienes o cuyo domicilio fiscal no se hallen en el Territorio Histórico de Gipuzkoa, y no esté establecido un convenio en materia recaudatoria con otra Administración Pública.
- Colaboración en las citaciones, requerimientos y práctica de diligencias que procedan, con motivo de las actuaciones tanto inspectoras, como gestoras o de cualquier otro tipo.
- Impulsar la realización de convenios en materia recaudatoria con otras Administraciones Públicas, en coordinación con la Secretaría Técnica.
- En el marco de la colaboración con la Subdirección de Inspección y con los servicios de gestión, proponer la adopción de medidas cautelares en el caso de contribuyentes definidos como de riesgo recaudatorio.
— En materia de APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS le corresponde:
- Estudio y análisis de la documentación jurídica y económica aportada por los solicitantes, así como de la información complementaria procedente de cualquier otra fuente; estudio y análisis de la cobertura jurídica y económica de las garantías de pago ofertadas o existentes.
- Informe y propuesta a los órganos competentes sobre la concesión o denegación de aplazamientos de pago y medidas especiales a tomar en relación con deudas tributarias.
- Seguimiento continuo de la evolución económica y de cumplimiento de sus obligaciones tributarias de contribuyentes incluidos en aplazamiento de pago.
— En materia de ATENCIÓN TRIBUTARIA le corresponde:
- Desarrollar la atención personalizada al ciudadano con las funciones previstas en el artículo 3 del Decreto Foral 2/2004 de 13 de enero por el que se regulan los servicios de la Diputación Foral de Gipuzkoa en materia de asistencia y atención a los ciudadanos.
- Impulsar y coordinar la información y atención al ciudadano a través de los diferentes canales existentes, en relación con las funciones desarrolladas por el Departamento.
- Colaboración en el diseño y la elaboración de todo tipo de estudios, análisis, guías o catálogos de procedimientos, actuaciones y servicios del Departamento.
- Colaboración en las campañas que se realicen por el Departamento y requieran la utilización de la infraestructura de la red de Oficinas Tributarias.
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Funciones de la SUBDIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN:
De la Subdirección General de Inspección dependen las Unidades Operativas de Inspección y los demás órganos y unidades de apoyo en que se organiza la Subdirección.
Corresponden a la Subdirección General de Inspección las funciones
que la normativa atribuye a la Inspección de los Tributos en el ámbito
de la competencia de la Hacienda Foral de Gipuzkoa, y en concreto:
- La investigación de los hechos imponibles para descubrir los que
sean ignorados por la Administración y su consiguiente atribución
al obligado tributario.
- La integración definitiva de las bases tributarias, mediante el
análisis y evaluación de aquellas en sus distintos regímenes
de determinación o estimación y la comprobación de
las declaraciones y declaraciones-liquidaciones para determinar su veracidad
y la correcta aplicación de las normas, estableciendo el importe
de las deudas tributarias correspondientes.
- Practicar las liquidaciones resultantes de sus actuaciones inspectoras,
al objeto de regularizar la situación tributaria de los obligados
tributarios.
- La comprobación del valor de las rentas, productos, bienes y demás
elementos del hecho imponible.
- Verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para la concesión
o disfrute de cualesquiera beneficios, desgravaciones o devoluciones fiscales,
así como comprobar la concurrencia de las condiciones precisas para
acogerse a regímenes tributarios especiales, todo ello sin perjuicio
de las competencias atribuidas a los servicios de gestión tributaria.
- Realizar, por propia iniciativa o a solicitud de los demás Organos
de la Administración, aquéllas actuaciones que deban llevarse
a efecto cerca de los particulares o de otros Organismos, y que directa
o indirectamente conduzcan a la aplicación de los tributos.
- Desarrollar cualesquiera otras actuaciones contempladas en el Reglamento
de Inspección Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa
o exigidos por la normativa aplicable.
- El asesoramiento e informe a los Organos de la Hacienda Pública
en cuanto afecte a los derechos y obligaciones de ésta, sin perjuicio
de las competencias propias de otros Organos.
- Efectuar propuestas de desarrollo normativo en materia tributaria.
- Cuantas otras funciones le sean encomendadas por los órganos competentes
del Departamento.
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Funciones del Servicio de Gestión Tributaria:
A los Servicios de Gestión Tributaria les corresponde el desarrollo de la gestión de los tributos siguientes:
— Al de IMPUESTOS DIRECTOS:
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas Físicas.
- Impuesto sobre Sociedades.
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
— Al de IMPUESTOS INDIRECTOS:
- Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Impuesto sobre el Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos
Documentados.
- Impuesto especial sobre determinados medios de transporte.
- Tasa de Juego.
- Impuestos especiales de fabricación.
- Impuestos sobre ventas minoristas de determinados hidrocarburos.
- Impuesto sobre Primas de Seguros.
- Impuestos indirectos extinguidos y otros impuestos indirectos.
— Al de TRIBUTOS LOCALES:
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
- Impuesto sobre Actividades Económicas.
A los Servicios citados les compete la gestión tributaria respecto a las figuras impositivas antedichas, ejerciendo, entre otras, las siguientes funciones:
- Examinar toda clase de documentos con transcendencia tributaria.
- Comprobar formalmente los datos consignados en los documentos tributarios
presentados y realizar las tareas preparatorias para la informatización
de los datos.
- Practicar las liquidaciones provisionales y definitivas.
- Realizar las notificaciones y requerimientos que procedan.
- Tramitar y resolver los recursos de reposición interpuestos contra
los actos dictados por tales servicios.
- Análisis, verificación y contraste de la información
obtenida por la Administración, por cualquier medio, con la proporcionada
por los contribuyentes en sus declaraciones.
- Recabar aclaraciones, así como la subsanación de los defectos
advertidos en las declaraciones, por cuanto fuese necesario para la liquidación
de los tributos y su comprobación. Del mismo modo, para el cumplimiento
de la función liquidadora, se podrá requerir la justificación
documental de los datos consignados en las declaraciones tributarias.
- Realización de las funciones de comprobación e investigación
necesarias para la emisión de liquidaciones de oficio por hechos
imponibles no declarados, total o parcialmente por sujetos figurantes en
los censos de obligados tributarios.
- Requerir información de forma individualizada, a los efectos de
lo previsto en el artículo 111 de la Norma Foral General Tributaria.
- Tramitar los expedientes de beneficios fiscales.
- Tramitación y resolución de los expedientes de devolución
de ingresos indebidos, de devolución de oficio y de reembolso de
costes de garantías.
- Control sobre los sujetos pasivos en relación con el cumplimiento
de sus obligaciones tributarias.
- Estudio y preparación de los modelos de declaración necesarios
para la gestión de los tributos.
- Mantenimiento, revisión y control de los censos necesarios para
el ejercicio de su función.
- Estudio y análisis de la cobertura jurídica y económica
de las garantías de pago.
- Emisión de certificados.
- Iniciar propuestas de desarrollo normativo en materia de su competencia.
- Desempeñar las demás funciones de gestión tributaria,
no encomendadas a otras unidades del Departamento.
El SERVICIO DE GESTIÓN DE TRIBUTOS LOCALES tendrá atribuidas, además, las siguientes funciones:
- Formación, conservación, revisión y custodia de los
catastros de bienes inmuebles.
- Elaborar las ponencias de valoración y realizar los estudios económicos
que señalen los valores básicos del suelo y demás factores
que intervengan en la valoración de los inmuebles.
- Valoración de bienes inmuebles e inspección de los mismos.
- Informar y tramitar los expedientes de valoración en relación
con reclamaciones y recursos planteados por los sujetos pasivos.
- Cumplimiento de los convenios de colaboración- delegación,
y de delegación formalizados con los Ayuntamientos del Territorio
Histórico.
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Funciones de la DIRECCIÓN GENERAL DE FINANZAS
Y PRESUPUESTOS:
Corresponde a la Dirección General de Finanzas y Presupuestos el ejercicio
de las siguientes funciones:
- Dirigir, coordinar y controlar la gestión económica, financiera,
presupuestaria, contable y en materia de intervención y auditoría
de la Diputación Foral, dictando las instrucciones de actuación
y de aplicación precisas.
- Interponer las reclamaciones y recursos que autoricen las disposiciones
vigentes al órgano interventor, contra los actos y resoluciones contrarios
a la Ley o que se estimen perjudiciales para los intereses económicos
de la Diputación Foral.
- Mantener relaciones con el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas y
demás órganos de control externo de la Administración,
en todo lo relacionado con actuaciones del Sector Público Foral del
Territorio Histórico de Gipuzkoa.
- La realización de los informes y estudios preceptivos sobre anteproyectos
y proyectos de disposiciones de carácter general con contenido económico,
a excepción de los señalados en el apartado 3 del artículo
18 del presente Decreto Foral.
- Estudio y análisis de los proyectos o actuaciones excepcionales
de la Diputación Foral que trascienden el marco presupuestario anual.
El asesoramiento y apoyo a los Departamentos sobre la forma de prestación
de los servicios públicos, analizando y evaluando las distintas alternativas
jurídicas así como su viabilidad económica.
- Dirigir, coordinar y supervisar las propuestas de normativa en materias
de competencia propia de la Dirección, de conformidad con la política
de actuación establecida.
- Concertar y ejecutar operaciones, actos y contratos relacionados con la
negociación, formalización y realización de operaciones
financieras de cobertura de riesgo.
- Impulso y seguimiento del plan informático del Departamento.
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Funciones del Servicio de Presupuestos y Políticas Públicas:
Corresponde al Servicio de Presupuestos y Políticas Públicas
el ejercicio de las siguientes funciones:
- Proponer directrices y orientaciones en materia de política presupuestaria;
el seguimiento y análisis de la misma.
- Elaborar los proyectos de Presupuestos Generales del Territorio Histórico,
proponiendo las directrices económicas y técnicas para su
elaboración y confección; asesorando y coordinando a los distintos
Departamentos y demás Entes integrantes del Sector Público
Foral, en relación con la elaboración de sus propios presupuestos.
- Realizar el seguimiento y evolución que tienen los Presupuestos
del Territorio Histórico, proponiendo las medidas o actuaciones que
orienten la ejecución presupuestaria a los objetivos previstos. Realizar
el seguimiento de los créditos presupuestarios, analizando y efectuando
las modificaciones presupuestarias.
- Elaborar informes y realizar estudios y análisis bien de carácter
general o parcial sobre la evolución del gasto público y de
los programas y políticas de gasto, con la finalidad de posibilitar
una política presupuestaria eficaz y coherente.
- Difundir y fomentar en los órganos de la Diputación y resto
de entes del Sector Público Foral, las técnicas de programación
presupuestaria plurianual, la identificación adecuada de objetivos
a alcanzar y la formulación de indicadores operativos para la medición
del logro de esos objetivos.
- Realizar el seguimiento y análisis de la actividad económico
financiera del conjunto del Sector Público Foral y elaborar los planes
económicos y escenarios presupuestarios correspondientes, así
como el análisis de los grandes programas y políticas de gasto
público con relación a éstos.
- Participar en la selección y seguimiento de los programas integrados
dentro del ámbito de relaciones con la Unión Europea.
- Cualquier otra en materia presupuestaria contemplada en la normativa
vigente o cuya resolución no le corresponda y pertenezca a la competencia
del Departamento, realizando aquellos informes o estudios que le sean asignados
o encomendados.
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Funciones del Servicio de Contabilidad:
Corresponde al Servicio de Contabilidad el ejercicio de las siguientes funciones:
- Proponer directrices y orientaciones en materia de política contable
y de tratamiento de la información económico-financiera.
- La normalización de la contabilidad a través del Plan de
Contabilidad Pública de la Diputación Foral de Gipuzkoa y
Organismos de ella dependientes sujetos al régimen de Contabilidad
Pública, determinando la estructura, justificación, tramitación
de las cuentas y documentos que deben aportar dichos entes.
- La elaboración de criterios, instrucciones, normas y circulares
relativas tanto a hechos u operaciones concretas como a operaciones generales
o de ciclo contable.
- Registrar en la Contabilidad Pública y en sus sistemas de información
auxiliar las operaciones de gestión y ejecución de los Presupuestos
de ingresos y gastos, así como las derivadas de la gestión
financiera y de tesorería, y aquéllas otras de carácter
patrimonial y no presupuestario, efectuando el control contable correspondiente,
gestionando las retenciones, los embargos, y los descuentos derivados de
los convenios de recaudación con otras entidades.
- Centralizar la información contable de los Organismos Autónomos
Forales, Sociedades Públicas Forales y demás entes integrantes
del Sector Público Foral sujetos al régimen de Contabilidad
Pública y realizar la consolidación de las cuentas.
- Elaborar y aportar la información contable, referente tanto a
la ejecución del presupuesto como a la gestión tributaria
y de contabilidad patrimonial, necesaria para la gestión a los distintos
niveles de dirección, realizando así mismo el análisis
de la información económico-financiera derivada de la Contabilidad
Pública.
- Elaborar la Cuenta General del Territorio Histórico de Gipuzkoa
en colaboración con otros servicios, y facilitar los datos y antecedentes
precisos para la confección de las Cuentas Económicas del
Sector Público del País Vasco.
- Asesorar y colaborar con los Departamentos gestores en el diseño
de los sistemas de información auxiliar a la contabilidad, con el
fin de mejorar la interrelación entre la información contable
y de gestión.
- Emitir los certificados de pagos, ingresos y retenciones.
- Y en general, las que se deriven de su condición de centro responsable
de la Contabilidad Pública del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
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Funciones del Servicio de Finanzas:
Corresponde al Servicio de Finanzas el ejercicio de las siguientes funciones:
- Las atribuidas al Departamento para la Fiscalidad y las Finanzas en la
gestión de los recursos financieros de Tesorería.
- Proponer directrices, orientaciones y medidas en materia de finanzas
públicas.
- Planificar las necesidades financieras de la Diputación Foral
atendiendo a las políticas de gasto y a los planes de inversión
relevantes.
- Realizar el seguimiento permanente de los mercados financieros al objeto
de desarrollar una política activa en la gestión de las posiciones
de activo y pasivo, en corto, medio y largo plazo.
- Estudiar y formalizar operaciones tanto de endeudamiento como de cobertura,
al objeto de asegurar un coste/rentabilidad satisfactorio en las posiciones
de pasivo/activo o una reducción del riesgo.
- Gestionar el endeudamiento de la Diputación Foral y de la carga
financiera derivada del mismo, incluida la tramitación de los flujos
provenientes de las operaciones financieras formalizadas.
- Establecer un Plan de Tesorería que determine las necesidades
de fondos, gestionando los cobros y los pagos y proponiendo las medidas
adecuadas a la situación financiera prevista, tanto desde la vertiente
de la disposición como de la colocación de fondos.
- La apertura, disposición y comprobación de los saldos de
las cuentas abiertas en las Entidades de crédito, así como
el control e identificación de los movimientos que se realicen en
dichas cuentas.
- Mantener las relaciones necesarias con las Entidades Colaboradoras y
pagadoras, efectuando el seguimiento y control de los procesos de cobro
y pago.
- Asesorar financieramente y negociar el endeudamiento de las Sociedades
Públicas Forales.
- Establecer relaciones con las Agencias de calificación de riesgo
crediticio de cara a la obtención del rating que califica la solvencia
de la Diputación Foral, coordinando la información a suministrar.
- Analizar las políticas financieras desarrolladas por otras Administraciones,
incluyendo los instrumentos financieros utilizados por las mismas.
- Asesorar y realizar las propuestas que procedan en aquellos temas de
índole financiera en que sea requerido.
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Funciones del Servicio de Intervención y Auditoría:
Corresponden al Servicio de Intervención y Auditoría el ejercicio
de las siguientes funciones:
- El Control interno mediante el ejercicio de la función interventora
y de control por auditoría de acuerdo con lo establecido en la normativa
aplicable.
- Preparar y ejecutar el Plan Anual de Auditorías.
- Impulsar el cumplimiento y aplicación de las propuestas y recomendaciones
derivadas del ejercicio de la actividad de control interno.
- Realizar el seguimiento y vigilancia de los riesgos económicos
y financieros, ligados a operaciones realizadas por la Diputación
Foral y demás entes integrantes del Sector Público Foral.
- Participar como vocal en las mesas de contratación, en las mesas
de subastas de bienes y derechos derivados del procedimiento de recaudación
y en las mesas de subastas de bienes patrimoniales, de acuerdo a lo establecido
en la normativa vigente. Asesorar a los Departamentos sobre los procedimientos
de contratación, elaborando los pliegos de cláusulas generales
y proponiendo, en su caso, actuaciones comunes en la materia.
- Emitir los certificados de «acreditación de capacidad para
contratar con la Diputación Foral de Gipuzkoa» y registrar
los contratos que celebren la Diputación Foral y los organismos autónomos
forales.
- Velar por la aplicación de las conclusiones, recomendaciones y
criterios que el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, el Tribunal
de Cuentas Europeo y en su caso, demás órganos de control
externo, exponga en sus informes de fiscalización de las cuentas
y gestión de los recursos de la Hacienda General del Territorio Histórico
de Gipuzkoa.
- Registrar, centralizar y realizar el seguimiento de la información
económico-financiera de las Sociedades Participadas y de las Fundaciones
en las que la Diputación Foral participe, realizando las actuaciones
necesarias para el control de su situación económico-financiera
y patrimonial.
- Colaborar en las diligencias previas para la iniciación del expediente
administrativo sobre responsabilidad, por dolo, culpa o negligencia grave
previsto en el artículo 106 de la Norma Foral 17/1990.
- Apoyar técnica y funcionalmente a órganos y comisiones,
cuando le sea requerido; elaborar estudios e informes sobre materias de
competencia del Departamento que le sean encomendados o requeridos; y en
general, realizar aquellas otras que le atribuya la normativa vigente.
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Funciones de la Unidad de Informática:
Corresponde a la Unidad de Informática el ejercicio de las siguientes
funciones:
- Definición, implantación y seguimiento de aplicaciones
generales y de diseños para la aportación de información
en soporte magnético.
- Desarrollo de actuaciones del Departamento que supongan un tratamiento
masivo de información y en particular, grabación y verificación
de datos fiscales, desarrollo de procesos de identificación de sujetos
pasivos en las bases de datos del Departamento, seguimiento y control de
notificaciones automatizadas, y otras similares que se le encomienden.
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Funciones de la DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA
FISCAL Y FINANCIERA:
Corresponde a la Dirección General de Política Fiscal y Financiera
el ejercicio de las siguientes funciones:
- La dirección, coordinación y control de los Servicios en
que se estructura, estableciendo las líneas generales de funcionamiento
y fijando criterios y prioridades.
- La realización de propuestas en materia de política fiscal
y de desarrollo de la normativa tributaria y financiera.
- Las actuaciones relativas al Cupo, Aportaciones a la Comunidad Autónoma
y financiación municipal.
- La colaboración y coordinación con otras Administraciones
en las materias derivadas del Concierto Económico.
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Funciones del Servicio de Desarrollo Normativo y Asesoramiento
Jurídico:
Corresponden al Servicio de Desarrollo Normativo el ejercicio de las siguientes
funciones:
- La realización de estudios e informes en materia de política
fiscal y de desarrollo de la normativa tributaria y financiera del Territorio
Histórico.
- La recepción, análisis y estudio de las iniciativas de
desarrollo normativo de las Direcciones Generales y Servicios del Departamento.
- La colaboración con entidades, organismos y agentes, en el ámbito
de los procesos de reforma de las disposiciones tributarias.
- La elaboración de anteproyectos y proyectos de disposiciones en
materias que sean competencia del Departamento.
- El seguimiento y análisis de la normativa tributaria y financiera
emanada del Estado u otros Entes Públicos, así como de los
órganos de la Unión Europea.
- El análisis de los proyectos de normas fiscales comunicados por
la Administración del Estado.
- La evaluación de los cambios introducidos por las disposiciones
legales tributarias con la emisión, en su caso, de los preceptivos
dictámenes.
- Análisis jurídico de Sentencias, Resoluciones, circulares
y doctrina sobre la aplicación del sistema tributario con, en su
caso, la promoción de propuestas de modificaciones de la normativa
tributaria para su mejor comprensión y mejor defensa del interés
público.
- La elaboración de informes y dictámenes de las cuestiones
planteadas en el Organo de Coordinación Tributaria de Euskadi y en
la Comisión de Coordinación y Evaluación Normativa
prevista en el Concierto Económico u otras Comisiones.
- La gestión y tramitación de Consultas vinculantes con el
Organo de Coordinación Tributaria de Euskadi, así como de
las consultas planteadas ante la Comisión de Coordinación
y Evaluación Normativa, tanto las que tengan su origen en este Departamento
como en las otras administraciones tributarias.
- La evaluación de la adecuación al Concierto Económico
de la normativa tributaria, foral y estatal, con carácter previo
o posterior a su promulgación, así como la elaboración
de propuestas e iniciativas para la defensa y actualización del régimen
de Concierto.
- La elaboración de propuestas de interpretación de la normativa
tributaria.
- La difusión, en especial por medios telemáticos, de normativa
tributaria aprobada por las instituciones competentes del Territorio Histórico
de Gipuzkoa.
- El asesoramiento jurídico específico, en materia tributaria
y financiera, del Departamento.
- La emisión de dictámenes e informes en Derecho requeridos
por la normativa tributaria y aquellos que se reclamen por autoridad o funcionario
que haya de resolver el asunto o reclamación de que se trate.
- La participación en Organos y Comisiones en los que se interpreten
o resuelvan cuestiones jurídico tributarias.
- El seguimiento y control de aquellos expedientes del Departamento que,
por su carácter especial, se le asignen.
- El bastanteo de avales, poderes y demás documentos de personalidad
que se sometan a su consideración.
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Funciones del Servicio de Compromisos Institucionales
y Asistencia Municipal:
Corresponden al Servicio de Compromisos Institucionales y Asistencia Municipal
el ejercicio de las siguientes funciones:
- Elaborar informes sobre la situación económica del Territorio
Histórico y realizar estudios e informes sobre la actividad territorial
de las diferentes Administraciones Públicas.
- Participar en la realización de estudios relativos a planes económicos
a medio y largo plazo y de los escenarios presupuestarios correspondientes.
- Realizar estudios y análisis de los efectos económicos
de los distintos tributos y efectuar la Memoria sobre el impacto recaudatorio
de los proyectos de modificación de la normativa tributaria, a que
se refiere el artículo 68 de la Norma Foral 17/1990.
- Realizar los estudios y análisis de la previsión y ejecución
de ingresos y gastos fiscales por tributos concertados y de su relación
con las disponibilidades presupuestarias.
- Colaborar en la realización de estudios para la definición
de políticas de actuación del Departamento, así como
aquellos que, en materias de competencia del Departamento le sean encomendados.
- Analizar y evaluar los programas de actuación del Departamento
con incidencia recaudatoria, así como realizar el análisis
estadístico relativo al Departamento, y en particular, el Informe
estadístico anual.
- Elaborar estudios e informes sobre relaciones financieras de la Diputación
Foral con el Estado, la Comunidad Autónoma del País Vasco,
otras Diputaciones Forales y los Ayuntamientos del Territorio Histórico.
- Calcular y tramitar las propuestas de pagos e ingresos por compromisos
institucionales: Cupo al Estado, ajustes por IVA e impuestos especiales,
aportaciones a la Comunidad Autónoma y Fondo Foral de Financiación
Municipal.
- Realizar análisis y estudios relativos al cálculo y valoración
de niveles competenciales, especialmente en los traspasos de servicios,
que tengan incidencia en la financiación institucional.
- Elaborar informes y dictámenes en relación con las cuestiones
planteadas en el Consejo Vasco de Finanzas Públicas y en otras Comisiones.
- Asesorar y apoyar a las entidades locales en el ámbito presupuestario,
contable, financiero y tributario, así como realizar propuestas de
desarrollo normativo en esas materias.
- Realizar el seguimiento de la aprobación y tramitación
de los Presupuestos de las entidades locales de Gipuzkoa, así como
de sus modificaciones, de la Liquidación y Cuenta General. Asimismo
realizar el seguimiento de los acuerdos de imposición de tributos
y de aprobación de las Ordenanzas Fiscales, asesorando sobre su adecuación
a la normativa vigente.
- Tramitar las propuestas de pago de los anticipos a cuenta y liquidación
de los tributos locales, compensaciones a los ayuntamientos abonadas por
los operadores de telecomunicaciones y por la participación en los
impuestos no concertados.
- Emitir informes y tramitar expedientes que instruyan las entidades locales
para concertar operaciones de crédito, enajenar bienes locales, patrimoniales
o de propios y comunales, a los efectos del ejercicio de la tutela financiera.
Asesorar a las entidades locales en materia de formación y actualización
del inventario de bienes.
- Elaborar y mantener las bases de datos con información presupuestaria,
financiera y tributaria de las entidades locales.
- Elaborar los contenidos de la página web Udalgida, así
como la revista del mismo nombre.
- Analizar y tramitar los fondos procedentes de la Unión Europea,
siendo el interlocutor ante los diferentes departamentos de la Diputación
Foral, entidades locales guipuzcoanas y autoridades de gestión comunitaria
(CAPV, Estado y la Unión Europea).
- Promover la participación de los departamentos de la Diputación
Foral de Gipuzkoa y de las entidades locales de Gipuzkoa en proyectos susceptibles
de financiación comunitaria.
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SECRETARÍA TÉCNICA:
La Secretaría Técnica del Departamento dependerá jerárquicamente
del Diputado Foral y funcionalmente de los Directores y ejercerá las
funciones previstas en el art. 34 de la Norma Foral 3/1984, de 30 de mayo,
sobre Gobierno y Administración del Territorio Histórico de
Gipuzkoa[1].
En particular, en el marco de las competencias del departamento, le corresponden
las siguientes funciones:
- El control de la legalidad de todos los actos y resoluciones que se tramiten
a los órganos que deban adoptarlos y de los expedientes sometidos
a la legislación de Contratos de las Administraciones Públicas.
- La elaboración, en materias competencia del Departamento y bajo
las directrices del Diputado Foral o de los Directores Generales, de proyectos
de convenios y/o protocolos de colaboración con otras Administraciones
Públicas e Instituciones Públicas o Privadas.
- El asesoramiento jurídico genérico del Departamento, realizando
los informes y consultas que le sean requeridos.
- La elaboración del anteproyecto del presupuesto del Departamento,
coordinando a los diversos Servicios y Direcciones.
- La gestión, tramitación y control contable de la actividad
económica del Departamento.
- La gestión de los servicios generales del Departamento.
- El Registro General del Departamento, Archivo y Fe Pública.
- La implantación de medidas y la gestión de la seguridad
en los accesos a los datos tanto del personal propio, como de los interesados
o sus representantes, así como de la cesión de datos a otras
administraciones.
- En colaboración con el Departamento para la Calidad en la Administración
Foral, la coordinación e impulso de la organización, mejora
y racionalización de la gestión de personas y procedimientos:
Formación, planes de recursos humanos, prevención y salud
laboral, productividad, planes de calidad sin perjuicio de las competencias
propias del citado Departamento.
- Aquellas funciones que dentro de su ámbito de actuación
le sean atribuidas o delegadas.
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TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO:
El Tribunal Económico Administrativo Foral conoce en única
instancia de las reclamaciones económico administrativas que se produzcan
al amparo de la legislación vigente.
Su composición, organización, funcionamiento y funciones se
regirán de conformidad con lo previsto en el Decreto
Foral 25/2000, de 28 de marzo, por el que se establece su regulación,
o normativa que, en su caso, lo sustituya.
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Nota 1: La Norma Foral 3/1984 está derogada, su artículo 34 ha sido sustituido por el artículo 64.3 de la NORMA FORAL 6/2005, de 12 de julio, sobre Organización Institucional, Gobierno y Administración del Territorio Histórico de Gipuzkoa. (BOG nº 137, de 20 de julio de 2005).