DECRETO FORAL, 59/2004, de 15 de junio, sobre estructura orgánica y funcional del Departamento para las Infraestructuras Viarias.
FUNCIONES Y COMPETENCIAS DEL DEPARTAMENTO.
Corresponden al Departamento para las Infraestructuras Viarias las siguientes funciones y áreas de actuación:
- Planificación de la red de Carreteras.
- Construcción, conservación y explotación de la red viaria del Territorio.
- Las demás facultades que se le atribuyan por la normativa aplicable.
- Las relaciones con la sociedad pública foral Bidegi Gipuzkoako Azpiegituren Agentzia-Agencia Guipuzcoana de Infraestructuras, S.A.
volver a la estructura orgánica del Departamento
Funciones de la DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS:
Bajo la jefatura y responsabilidad de su titular, corresponde a la Dirección General de Carreteras, el ejercicio de las siguientes funciones:
- Las relativas a proyección, construcción y conservación de la red viaria del Territorio Histórico, en el marco competencial referido en el artículo 1 del presente Decreto Foral.
- Intervenir en la planificación general de la red de carreteras mediante la participación en la elaboración y seguimiento del Plan General de Carreteras del País Vasco.
- Intervenir en la elaboración y seguimiento del Plan Territorial de Carreteras de Gipuzkoa.
volver a la estructura orgánica del Departamento
Funciones de la Subdirección de Supervisión de Proyectos, Obras y Normativa Técnica:
Bajo la responsabilidad de su titular, corresponde a la Subdirección de Supervisión de Proyectos, Obras y Normativa Técnica, el ejercicio de las siguientes funciones:
- Desarrollo de la normativa técnica de las materias propias de la Dirección de Carreteras.
- Labores de supervisión de proyectos y obras.
- Asistencia al Director General de Carreteras.
- Redacción de proyectos y dirección y control de obras que le sean encomendadas por el órgano competente.
volver a la estructura orgánica del Departamento
Funciones del Servicio de Proyectos y Construcción de Carreteras A y B:
Bajo la responsabilidad del Jefe de Servicio, corresponden a los Servicios de Proyectos y Contraucción de Carreteras el ejercicio de las siguientes funciones:
- Redacción o dirección de los estudios previos, estudio informativos y proyectos para la construcción o mejora de las carrteras del Territorio.
- Dirección y control de las obras que le sean encomendadas por el órgano competente.
volver a la estructura orgánica del Departamento
Funciones del Servicio de Conservación:
Bajo la responsabilidad del Jefe de Servicio, corresponden al Servicio de Conservación el mantenimiento y la conservación de la red de carreteras de la Diputación Foral de Gipuzkoa mediante la redacción de planes y proyectos, y la ejecución de obras destinadas al mantenimiento de la infraestructura viaria en el debido estado de conservación y seguridad, incluidas la señalización y balizamiento y las instalaciones correspondientes.
volver a la estructura orgánica del Departamento
Funciones y competencias de la DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN Y PLANIFICACIÓN:
Bajo la jefatura y responsabilidad de su titular, corresponde a la Dirección General de Gestión y Planificación el ejercicio de las siguientes funciones.
- Dirigir y controlar las funciones de todas las unidades orgánicas de la Dirección General en orden a la consecución de los objetivos del Departamento en las materias propias de la Dirección.
- La planificación general de la red de carreteras mediante la participación en la elaboración y seguimiento del Plan General de Carreteras del País Vasco.
- La elaboración y seguimiento del Plan Territorial de Carreteras de Gipuzkoa.
- La programación de inversiones en infraestructuras viarias.
- La preparación y seguimiento de los asuntos relativos a la contratación y el seguimiento económico-financiero de los planes y programas presupuestarios.
volver a la estructura orgánica del Departamento
Funciones del Servicio de Contratación y Gestión Presupuestaria:
Bajo la responsabilidad inmediata del Jefe de Servicio, corresponde al Servicio de Contratación y Gestión Presupuestaria el ejercicio de las siguientes funciones:
- La programación de inversiones en infraestructuras, dentro del marco de la planificación establecida, y coordinación e impulso de la ejecución de las inversiones en infraestructuras competencia del Departamento, garantizando la eficacia de los correspondientes procedimientos de contratación y gestión.
- La propuesta de los programas y subprogramas en los que se concreta la actividad del Departamento, así como la propuesta de asignación o modificación de los correspondientes recursos presupuestarios.
- La gestión de los asuntos relativos a la contratación, preparación y seguimiento de los expedientes de contratación.
- El seguimiento económico-financiero de los planes y programas presupuestarios del Departamento.
volver a la estructura orgánica del Departamento
Funciones de la Unidad de Planificación y Explotación:
Bajo la supervisión inmediata del Jefe de la Unidad de Planificación y Explotación, corresponde a dicha unidad el ejercicio de las siguientes funciones:
- La planificación general de la red de carreteras mediante la participación en la elaboración y seguimiento del Plan General de Carreteras del País Vasco y la elaboración y seguimiento del Plan Territorial de Carreteras de Gipuzkoa.
- El asesoramiento y asistencia técnica al Departamento para la coordinación de la planificación y de los estudios y proyectos de carreteras con los planes de ordenación territorial y urbana y otros planes sectoriales.
- El ejercicio de las facultades de coordinación con los planes y otros instrumentos urbanísticos de carácter municipal que se derivan de la aplicación de la Norma Foral 17/1994, de 25 de noviembre, de Carreteras y Caminos de Gipuzkoa.
- El control del uso de las carreteras y sus zonas de defensa.
volver a la estructura orgánica del Departamento
SECRETARÍA TÉCNICA:
La Secretaría Técnica del Departamento dependerá jerárquicamente del Diputado y funcionalmente de los Directores y ejercerá las funciones previstas en el artículo 34 de la Norma Foral 3/1984, de 30 de mayo, sobre Gobierno y Administración del Territorio Histórico de Gipuzkoa[1].
En particular, en el marco de las competencias del Departamento, le corresponden las siguientes funciones:
- La coordinación del sistema informático del Departamento con los servicios y unidades, así como la implantación y desarrollo de los nuevos programas de interés común para el mismo.
- El control de la legalidad de todos los actos y resoluciones que se tramiten a los órganos que deban adoptarlos y de los expedientes sometidos a la Legislación de Contratos de las Administraciones Públicas.
- La dirección, impulso y supervisión relativos al estudio, elaboración y seguimiento de las disposiciones normativas competencia del Departamento.
- La elaboración, en materias competencia del Departamento y bajo las directrices del Diputado Foral o de los Directores Generales, de proyectos de disposiciones generales, y de convenios y/o protocolos de colaboración con otras Administraciones Públicas e Instituciones Públicas o Privadas.
- El asesoramiento jurídico al Diputado Foral y a los restantes órganos del Departamento, evacuando los informes y consultas que le sean requeridos.
- El Registro General del Departamento, Archivo y Fe Pública.
- La elaboración del anteproyecto del presupuesto del Departamento, coordinando a los diversos Servicios y Direcciones.
- La gestión, tramitación y control contable de la actividad económica del Departamento.
- En colaboración con el Departamento para la Calidad en la Administración Foral, la coordinación e impulso de la organización, mejora y racionalización de la gestión de personas y procedimientos: Formación, planes de recursos humanos, planes de calidad, prevención y salud laboral, productividad, sin perjuicio de las competencias propias del citado Departamento.
- Aquellas funciones que dentro de su ámbito de actuación le sean atribuidas o delegadas.
volver a la estructura orgánica del Departamento
Nota 1: La Norma Foral 3/1984 está derogada, su artículo 34 ha sido sustituido por el artículo 64.3 de la NORMA FORAL 6/2005, de 12 de julio, sobre Organización Institucional, Gobierno y Administración del Territorio Histórico de Gipuzkoa. (BOG nº 137, de 20 de julio de 2005).