Diputación Foral de Gipuzkoa

Logotipo de la diputación Foral de Gipuzkoa y enlace a la página principal

Idiomas

Estructura orgánica y funcional del Gabinete del Diputado General

DECRETO FORAL 70/2004, de 20 de julio, sobre estructura orgánica y funcional del Gabinete del Diputado General y de las Direcciones Generales dependientes del Diputado General.


FUNCIONES Y COMPETENCIAS DEL DEPARTAMENTO

El área del Diputado General, a través del Gabinete del Diputado General y de las Direcciones Generales de Comunicación y Prospección, y de Cultura, ejercerá las funciones y competencias previstas en el artículo 4 del Decreto Foral 33/2003, de 30 de junio, de determinación de los Departamentos de la Diputación Foral de Gipuzkoa y de sus funciones y áreas de actuación.

Asimismo y de conformidad con las atribuciones del artículo 1.4 del Decreto Foral 85/2003, de 29 de julio, las relaciones con Euskaltzaindia-Real Academia de la Lengua Vasca, Eusko Ikaskuntza-Sociedad de Estudios Vascos, la Sociedad de Ciencias Aranzadi y la Real Sociedad Bascongada de Amigos del País, se asumen por el Diputado General con el apoyo de su Gabinete y de las Direcciones mencionadas.

volver a la estructura orgánica del Departamento

Funciones de la JEFATURA DEL GABINETE:

La Jefatura del Gabinete del Diputado General es el órgano directo de apoyo a la acción de gobierno, máxima representación institucional, promoción de los intereses generales del territorio y liderazgo ejercidos por el Diputado General.

Bajo la superior dirección del Diputado General asume la dirección y coordinación de las demás unidades del Gabinete. En particular y bajo la dependencia directa de su titular serán desempeñadas las funciones de Secretaría del Diputado General, de Secretaría del Jefe del Gabinete y de Secretaría General del Gabinete.

volver a la estructura orgánica del Departamento

Funciones de la Secretaría General del Gabinete:

La Secretaría General del Gabinete, como unidad de apoyo de la Jefatura del Gabinete, coordinará las funciones ejercidas por el Organo de Apoyo y Coordinación del Gabinete.

Además, serán funciones propias de la Secretaría General del Gabinete:

  1. Recabar y elaborar cuanta información política y técnica sea precisa para el ejercicio de las funciones propias del Diputado General, en lo relativo a los temas objeto de tratamiento por el Consejo de Diputados, relaciones con las Juntas Generales y relaciones sociales e institucionales del Diputado general.
  2. Establecer y mantener los adecuados procedimientos de información sobre los planes de actuación y actividades de los diversos Departamentos, al objeto de facilitar la coordinación de la acción de gobierno por parte del Diputado General.

— ÓRGANO DE APOYO Y COORDINACIÓN DEL GABINETE —

Integrado en la Secretaría General del Gabinete y bajo la dependencia de su titular, asume los distintos recursos que prestan el apoyo técnico y de gestión al Gabinete del Diputado General.

En particular ejercerá las siguientes funciones:

  1. Promover cuantos estudios, informes y acciones sean precisos como soporte de la gestión del Gabinete y de la acción de gobierno del Diputado General.
  2. Ayudar y colaborar técnicamente en actuaciones y proyectos extraordinarios.
  3. Ayudar y colaborar técnicamente para favorecer la adecuación de las políticas y dinámicas de los departamentos de la Diputación a las estrategias comunitarias europeas con el objetivo de intensificar la integración de Gipuzkoa en Europa.
  4. Coordinar los departamentos forales para la elaboración de la Memoria anual de la Diputación.
  5. Representar al Gabinete en proyectos transversales y políticas horizontales lideradas por el Diputado General y que afecten al conjunto de los Departamentos.
  6. Garantizar la adecuada organización y desarrollo de los actos oficiales en los que participe el Diputado General, así como la coordinación de aquéllos en los que participen otros miembros del Gobierno de la Diputación.
  7. Aplicar, con respecto al Diputado General y Diputados Forales el régimen de protocolo.
  8. Llevar a cabo las acciones precisas en el ámbito de las relaciones públicas del Diputado General.
  9. Promover los cauces de información y cooperación que aseguren una acción exterior de la Diputación coordinada e integrada.
  10. La gestión, tramitación y control contable de la actividad económica del Gabinete, en colaboración con la Oficina Técnica del Gabinete y de las Direcciones Generales dependientes del Diputado General.

volver a la estructura orgánica del Departamento

Funciones de la DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN Y PROSPECCIÓN:

— Con CARÁCTER GENERAL:

— Con CARÁCTER ESPECÍFICO:


volver a la estructura orgánica del Departamento

Funciones de la Secretaría de Comunicación y Prospección:

Integrada en la Dirección General de Comunicación y Prospección y bajo la depedencia directa de su titular, ejercerá las siguientes funciones:

  1. Ejecución y puesta en práctica de las políticas de comunicación e información determinadas por la Dirección de comunicación.
  2. Atención a los requerimientos informativos de los medios de comunicación para una mejor difusión de la gestión de la Diputación Foral y de sus Departamentos que redunde en una mejor información a los ciudadanos.
  3. Organización y supervisión de las ruedas de prensa semanales del Consejo de Diputados.
  4. Organización y supervisión de las diferentes actuaciones comunicativas de la Diputación y de sus Departamentos.
  5. Elaboración de dossieres de prensa, notas informativas, etc.
  6. Mantenimiento de la página web de la oficina de prensa de la Diputación.
  7. Elaboración de los contenidos comunicativos para el portal Gipuzkoa.net, en colaboración con los departamentos de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
  8. Elaboración del resumen de prensa diario así como la creación, desarrollo y puesta al día permanente de un Banco de Datos basado en informaciones recogidas por los medios de comunicación escrita.
  9. Elaboración de informes que evalúan cuantitativa y cualitativamente la presencia de la Diputación y sus Departamentos en prensa.

volver a la estructura orgánica del Departamento

Funciones de la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA:

— Con CARÁCTER GENERAL:

— Con CARÁCTER ESPECÍFICO:


volver a la estructura orgánica del Departamento

Funciones del Servicio de Biblioteca, Promoción y Difusión Cultural:

Bajo la responsabilidad del Jefe de Servicio, corresponden al Servicio de Biblioteca, Promoción y Difursión Cultural el ejercicio de las siguientes funciones:

  1. Generar e impulsar programas de reflexión y debate sobre los actuales retos culturales desde la plataforma que ofrece la infraestructura del Koldo Mitxelena Kulturunea.
  2. Organizar, gestionar y potenciar la Biblioteca de la Diputación Foral de Gipuzkoa, sus fondos bibliográficos y colecciones existentes y que se creen en un futuro en los distintos soportes en que se produzcan, en coordinación con las diferentes bibliotecas especializadas propiedad de la Diputación Foral de Gipuzkoa y demás del Territorio.
  3. Impulsar y potenciar el asociacionismo como forma de desarrollo cultural, así como las iniciativas de instituciones y entidades de carácter cultural, colaborando en la organización de festivales, certámenes y otros actos.
  4. Promocionar, difundir y apoyar actividades relacionadas con las artes plásticas, danza, teatro, música, expresión audiovisual, cultura tradicional, divulgación del libro y demás soportes bibliográficos que se desarrollen en el Territorio.
  5. Difundir la obra plástica y audiovisual contemporánea a través de exposiciones que permitan el acercamiento de los guipuzcoanos a dichas manifestaciones artísticas.
  6. Promocionar y asesorar en materia de equipamiento cultural en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.

volver a la estructura orgánica del Departamento

Funciones del Servicio de Patrimonio Histórico-Artístico, Archivos y Museos:

Bajo la responsabilidad del Jefe de Servicio, corresponden al Servicio de Patrimonio Histórico-Artístico, Archivos y Museos el ejercicio de las siguientes funciones:

  1. La defensa, protección, difusión y fomento del patrimonio cultural del pueblo vasco, velando por la integridad del mismo en los términos señalados por la Ley del Patrimonio Cultural Vasco y las disposiciones reglamentarias que la desarrollen.
  2. Mantenimiento, potenciación y difusión de los archivos históricos y museos de titularidad del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
  3. Elaboración y ejecución de los programas de restauraciones y rehabilitaciones de los bienes culturales del Territorio y excavación y consolidación de los yacimientos arqueológicos.
  4. Promocionar e impulsar la restauración, investigación, conocimiento y difusión del Patrimonio Histórico, Etnográfico, Arqueológico y Documental e impulsar los archivos de interés y promover la creación de nuevos museos y archivos así como la investigación en los ya existentes.
  5. Fomento, inspección y asesoramiento de las intervenciones y obras de conservación, mantenimiento, restauración y rehabilitación del patrimonio cultural vasco en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
  6. Rehabilitación del Patrimonio Histórico-Artístico Inmobiliario. Asesoramiento, apoyo y asistencia técnica en las adquisiciones, enajenaciones y obras de conservación, mantenimiento y rehabilitación de los edificios públicos integrantes del Patrimonio monumental de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
  7. Colaborar con el Departamento para la Calidad en la Administración Foral en la elaboración de las directrices y estructuras archivísticas de los Archivos Administrativos para la implantación del Sistema de Archivos de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
  8. Participar, junto al Departamento para la Calidad en la Administración Foral, en la determinación de la documentación a conservar, la normalización de tipologías documentales y diseño de los procedimientos de transferencia y comunicación de la información de la documentación administrativa.
  9. Participar en la Comisión Foral de Evaluación y Selección de Documentación.

volver a la estructura orgánica del Departamento

Funciones de Arteleku:

Corresponden a Arteleku las siguientes funciones:

  1. Estimular y propiciar el desarrollo del arte en su marco teórico-práctico.
  2. Posibilitar la incorporación de personas relacionadas con el mundo de las artes, cualquiera que sea su especificidad, generando con ello un desarrollo dinámico y creativo en el contexto cultural de Gipuzkoa.
  3. Racionalizar los medios, lugares y modos de creación artística.
  4. Realizar actividades de carácter formativo, mediante la programación de cursos monográficos, seminarios, conferencias, etc., así como cualquier otra actividad que pudiera interesar.
  5. Configurar Arteleku como un centro creativo de interés nacional e internacional promoviendo comunicaciones e intercambios entre los profesionales del mundo del arte, así como con otros centros e instituciones que tengan fines similares.

volver a la estructura orgánica del Departamento

Funciones de la OFICINA TÉCNICA DEL GABINETE Y DE LAS DIRECCIONES GENERALES DEPENDIENTES DEL DIPUTADO GENERAL:

La Oficina Técnica del Gabinete y de las Direcciones Generales dependientes del Diputado General, bajo la dependencia jerárquica del Diputado General y funcional del Jefe del Gabinete y de los Directores, ejercerá las funciones previstas en el artículo 34 de la Norma Foral 3/1984, de 30 de mayo, sobre Gobierno y Administración del Territorio Histórico de Gipuzkoa[1].

En particular, en el marco de las competencias del Diputado General, le corresponden las siguientes funciones:

  1. La coordinación del sistema informático del área del Diputado General con los servicios y unidades, así como la implantación y desarrollo de los nuevos programas de interés común para el mismo.
  2. El control de legalidad de todos los actos y resoluciones que se tramiten a los órganos que deban adoptarlos y de los expedientes sometidos a la Legislación de Contratos de las Administraciones Públicas.
  3. La dirección, impulso y supervisión relativos al estudio, elaboración y seguimiento de las disposiciones normativas competencia del área del Diputado General.
  4. La elaboración en materias competencia del área del Diputado General y bajo las directrices del Jefe del Gabinete o de los Directores Generales, de proyectos de disposiciones generales, y de convenios y/o protocolos de colaboración con otras Administraciones públicas e Instituciones Públicas o Privadas.
  5. El asesoramiento jurídico al Jefe del Gabinete y a los restantes órganos del área del Diputado General, evacuando los informes y consultas que le sean requeridos.
  6. El Registro General del Gabinete del Diputado General y de las Direcciones Generales, archivo y fe pública.
  7. La elaboración del anteproyecto del presupuesto del área del Diputado General, coordinando a los diversos Servicios y Direcciones.
  8. La gestión, tramitación y control contable de la actividad económica del área del Diputado General, en colaboración con el Organo de apoyo y coordinación.
  9. En colaboración con el Departamento para la Calidad en la Administración Foral, la coordinación e impulso de la organización, mejora y racionalización de la gestión de personas y procedimientos: Formación, planes de recursos humanos, planes de calidad, prevención y salud laboral, productividad, sin perjuicio de las competencias propias del citado Departamento.
  10. Aquellas funciones que dentro de su ámbito de actuación le sean atribuidas o delegadas.

volver a la estructura orgánica del Departamento


Nota 1: La Norma Foral 3/1984 está derogada, su artículo 34 ha sido sustituido por el artículo 64.3 de la NORMA FORAL 6/2005, de 12 de julio, sobre Organización Institucional, Gobierno y Administración del Territorio Histórico de Gipuzkoa. (BOG nº 137, de 20 de julio de 2005).

Información legal

Logotipo del Portal de Gipuzkoa y enlace a la página principal